Operación Renta AT2023 Pyme - Lo que debes saber

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  • Опубліковано 11 січ 2023
  • Ya nos acercamos a un nuevo proceso de Operación Renta AT2023.
    Es por esto que queremos comenzar con las principales declaraciones que debes realizar en tu operación renta, en empresas acogidas a los regimenes tributarios Pro Pyme (General y Transparente). Espero les sea de ayuda, saludos

КОМЕНТАРІ • 22

  • @amadordelcarmenjarabustos2633
    @amadordelcarmenjarabustos2633 Рік тому +2

    Fantástico amigo Eduardo tu explicación, me dejaste clarito con respecto a la Dj 1837 en cuanto que es obligatoria para los contribuyentes que se encuentren en El régimen 14 D N* 8 tranparente. Un millón de gracias. Un abrazo.

  • @ximenaadrianarojaspinto8466
    @ximenaadrianarojaspinto8466 Рік тому +1

    muchas gracias

  • @boris3444
    @boris3444 Рік тому

    Estimado mi regimen tributario es la pro pyme general 14d,tengo la siguiente duda,que declaración tengo que llenar para poder presentar el formulario 22(rellene la declaración 1948 pero solo se guardaron los datos para el f22 ya que no hay retiros)
    Al intentar realizar el f22 me sale de forma parcial y me pide que me falta incorporar rentas de primera categoría (71) , tengo cero idea de cómo realizar esto ya que el año pasado solo tire 2 boletas en diciembre ya que estaba recién comenzando de ante manos muchas gracias espero su repuesta 😢

  • @seviithax
    @seviithax Рік тому +1

    Genial, consulta qué pasa en caso de que en pro pyme transparente 14d la declaración jurada dj1947 sale negativa, que sucede ahí o qué hay que hacer tengo esa duda si me puedes orientar porfis 🥺

    • @eduardohernandezbascur5460
      @eduardohernandezbascur5460  Рік тому

      Hola Sebastián que tal, para este caso si la base es negativa pero tienes PPM u otros créditos a asignar a los socios, debes igualmente presentarla. Si tienes base negativa y no tienes PPM, ahí no tienes obligación de hacerla. Saludos

  • @hectorarango5504
    @hectorarango5504 Рік тому +1

    Gracias Eduardo, al parecer las obligatorias para el rehimen pro pyme son pocas, me estaré informando más igualmente

    • @eduardohernandezbascur5460
      @eduardohernandezbascur5460  Рік тому

      Hola Héctor, espero te encuentres bien. Puede que dependa de la perspectiva de cada uno, algunos podrían decir que son muchas o pocas jaja. Pero lo importante es que si tienes una Pyme o estas asesorando una, cumplas con estas obligaciones y te asegures en presentarlas a tiempo y de forma adecuada. Saludos Héctor.

    • @Guyright
      @Guyright Рік тому +1

      hola tengo una duda amigazo me puede echar una mano en la declaración y juradas tengo entendido que se tiene que subir los gastos o comprobantes de pago de los servicios que utilizo y son del extranjero por ejemplo aplicaciones si ésta no se encuentran en el registro del servicio impuesto interno para el Ruth debo emitir una factura de compra pero mi pregunta es si estos comprobantes de pago son de el año pasado con qué fecha hago la factura de compra de estos gastos la misma pregunta también la tengo para comprobantes de pago de servicios nacionales como Internet estoy medio perdido en eso😅s

    • @eduardohernandezbascur5460
      @eduardohernandezbascur5460  Рік тому

      @@Guyright Hola que tal, cuando son pagos del exterior y son empresas que no se han registrado en la plataforma del SII, somos nosotros quienes debemos emitir la factura de compra, pero dentro del mismo mes del pago. Si por el contrario quieres respaldar gastos nacionales, como el pago de internet, estos deben estar a nombre de la empresa mediante factura. Otra vía de reconocer esos gastos es que estén pactados mediante un contrato. Usualmente en los contratos de arriendo se obliga al arrendador (que debería ser la empresa) a pagar los gastos comunes y ahi si se podrían utilizar para rebajar la base imponible, en la medida claro está que se encuentren pagados. Finalmente comentar que en ninguna declaración jurada se deben subir los comprobantes, solo que en algunas hay que presentar los cálculos de base imponible y luego el SII podría fiscalizarte, en donde deberás en esa instancia de fiscalización presentar los documentos correspondientes, espero haberte ayudado, saludos

  • @marcovargas3949
    @marcovargas3949 Рік тому +1

    Hola muy.buen video una consulta si tengo perdida el año.2021 puedo.ingresarla a la base imponible del año.2022?

  • @otaku000
    @otaku000 Рік тому

    Super, en este caso tengo una consulta
    Que pasa si no hice la declaración jurada en la fecha límite?

    • @eduardohernandezbascur5460
      @eduardohernandezbascur5460  9 місяців тому +1

      Hola que tal, te arriesgas que ante una fiscalización te la exijan y por presentarla fuera de plazo tengas que pagar una multa, saludos

  • @nicolasgomez6182
    @nicolasgomez6182 Місяць тому

    Hola Eduardo, Buenas tardes,
    En el caso de una empresa 14D3 debe informar la DJ 1926 sobre base imponible de primera categoría o solamente debe determinar RLI a través del F22. muchas gracias

    • @eduardohernandezbascur5460
      @eduardohernandezbascur5460  Місяць тому

      Hola Nicolás, esa DJ (1926) aplica solo para contribuyentes del semi integrado (art. 14 A), por lo que es correcto lo que señalas en cuanto a que la composición de la RLI se informa solo en el F22, en los casos de empresas 14D3, Saludos

  • @jocelynperezchavez9944
    @jocelynperezchavez9944 Рік тому +1

    Hola qué tal súper la
    Información sin embargo quisiera saber si no hubo trabajadores Para presentar dj 1887 igual se envía en cero ? O se elimina en la opción de dj sugeridas ? Y por último el capital propio tributario si una empresa cierra su giro debe pagar algún impuesto por dicho monto de capital total tributario ? Que puedo rebajar del capital propio ? Podría hacer algún video respecto al capital propio . Saludos y muchas gracias !

    • @eduardohernandezbascur5460
      @eduardohernandezbascur5460  Рік тому

      Hola Jocelyn gracias por comentar. Si la empresa no tuvo trabajadores en el año, no debe presentar esta DJ, ni siquiera en 0, por lo que podrías eliminarla si te aparece como sugerida en el SII. Respecto al segundo punto, la empresa que cierra sus actividades deberá realizar un cálculo de la variación del patrimonio, para ver si existen utilidades pendientes de tributación, para el caso de un semi integrado y pro pyme general. El cálculo puedes revisar en el art. 38 bis de la Ley de Renta. (desde ya te adelanto que es similar al cálculo del RAI). Ahora si con ello resulta impuesto a pagar, puedes evaluar disminuir el CPT distribuyendo antes utilidades a los propietario. Saludos

    • @jocelynperezchavez9944
      @jocelynperezchavez9944 Рік тому

      Mucha gracias por las aclaraciones. Muy agradecida

  • @mariocastillo2390
    @mariocastillo2390 4 місяці тому

    Excelente, necesito comunicarme contigo para solicitar tu ayuda técnica en varios temas contables y tributarios.

    • @eduardohernandezbascur5460
      @eduardohernandezbascur5460  4 місяці тому

      Hola Mario gracias por comentar, si gustas puedes enviarme un correo a eduardohb@hbcontadores.cl y conversamos con más detalle, saludos

  • @ldntransautomatic7352
    @ldntransautomatic7352 Рік тому

    Hola me puedes realizar mi declaracion

    • @eduardohernandezbascur5460
      @eduardohernandezbascur5460  Рік тому +1

      Hola LDN TransAutomatic, si claro. Puedes enviarme un correo que a aparece en la sección Información y conversamos más a detalle. Saludos