@@gonzalojaviermolina2503 de la Universidad de La Matanza de Buenos Aires, Profesor lo rendi ayer gracias a usted y prometi ir personalmente a agradecerle, si usted me permite.
@@gonzalojaviermolina2503 prometo ir cuando baje un poco el calor,cuando le parece que vaya? Dígame usted cuando y donde porfavor. El próximo cuatri me anoto en Derecho Procesal.muchas gracias.espero su respuesta.
holaa, disculpe tengo una duda, ¿todos estos delitos serían de tipo doloso? incluyendo la usurpación por extensión, cuando el funcionario público ejerce funciones distintas a su cargo.
@@gonzalojaviermolina2503 muchas gracias! me podría decir la razón por la que son dolosos de una manera general? es que me cuesta un poco explicar la razón del porqué son delitos dolosos y no culposos
@@nadiachg949 Nuestro código penal sigue el sistema de "Numerus clausus" en materia de delitos culposos. Eso significa que sólo son punibles las conductas culposas que estén previstas expresamente en la parte especial. El resto de los delitos previstos, son dolosos.
Interesantisimo Quisiera preguntarle sobre un articulo que tiene el CP chileno que es muy controvertido El que figuiere autoridad publica o ser titular de una profesion para la que se requiera titulo pertinente y realizare funciones tipicas de las mismas " El articulo cobro polemica por lo ambivalente tras un juicio de una persona que asistia como alumno oyente a la Facultad de medicina, y con razon podia aducir ser estudiante La corte interpreto lo siguiente: Los elementos objetivos del tipo senalan " profesion para la que se requiera titulo pertinente " ningun estudiante tiene titulo o no es estudiante , al margen que el tipo penal exige tambien que no basta solo con los dos primeros elementos sino que tambien tienen que haber actividades tipicas de dicha profesion " En conclusion como este joven solo senalo que era estudisnte de medicina, lo cual no es una profesion y no ejercia funciones de medico ( diagnostico ni terapeuticas ) se declaro inadmisible el proceso por atipicidad Con vuesta experiencia Que le parece ese caso ? Muy didacticas sus clases se aprende mucho mas que de los " profesores de penal que tengo "
Víctor: me parece correcta la resolución. La figura penal exige fingir ser titular de una Profesión. El hecho de ser estudiante o fingir ser estudiante no encuadra en el caso previsto por la ley. Por respeto al principio de legalidad no debería considerarse delito.
Impecable video, muchas gracias!, te ganaste un fiel suscriptor, ya recomendé a varios tu canal, estaría bueno algún video sobre delitos de discrimiinaicon
Si. Es delito cada vez que alguien se presenta como Doctor sin serlo. Es un ejemplo de la selectividad del sistema penal: esos casos no elige para procesar. Posiblemente porque muchos de los que realizan esa conducta son los operadores judiciales.
Aplicaría ,para alguien que dice ser escribana tener matrícula pero solo estudio cinco o seis meses y ya está asiendo trámites de personería jurídica de un movimiento soy de Argentina Mendoza departamento San Martin
Gran profesor, no se dá una idea de lo que me ha ayudado con la facultad, dando explicaciones claras y resumidas, saludoss, siga así.
Muchas gracias profesor, estoy por rendir el final de Penal 2 y ni se imagina como aprendo con sus videos. ❤
Éxitos Liliana!!
De qué Universidad?
@@gonzalojaviermolina2503 de la Universidad de La Matanza de Buenos Aires, Profesor lo rendi ayer gracias a usted y prometi ir personalmente a agradecerle, si usted me permite.
@@lilianagonzalez4511 claro
Con mucho gusto!
@@gonzalojaviermolina2503 prometo ir cuando baje un poco el calor,cuando le parece que vaya? Dígame usted cuando y donde porfavor. El próximo cuatri me anoto en Derecho Procesal.muchas gracias.espero su respuesta.
Le aseguró que si rindo el final, me voy a Chaco a agradecerle
Hola buenas, una pregunta, dan cursos con respecto a las leyes militares ?
No Sebastian
@@gonzalojaviermolina2503 bueno Dr. Tenía más interés de sus temas que plantea, donde puedo informarme más?
@@sebastianmartinez-pr9vg sobre qué tema puntualmente?
@@sebastianmartinez-pr9vg no conozco si hay cursos sobre ese tema
@@sebastianmartinez-pr9vg soy Defensor Oficial en Resistencia.
holaa, disculpe tengo una duda, ¿todos estos delitos serían de tipo doloso? incluyendo la usurpación por extensión, cuando el funcionario público ejerce funciones distintas a su cargo.
Nadia: sí, son dolosos
@@gonzalojaviermolina2503 muchas gracias! me podría decir la razón por la que son dolosos de una manera general? es que me cuesta un poco explicar la razón del porqué son delitos dolosos y no culposos
@@nadiachg949 Nuestro código penal sigue el sistema de "Numerus clausus" en materia de delitos culposos. Eso significa que sólo son punibles las conductas culposas que estén previstas expresamente en la parte especial. El resto de los delitos previstos, son dolosos.
Interesantisimo
Quisiera preguntarle sobre un articulo que tiene el CP chileno que es muy controvertido
El que figuiere autoridad publica o ser titular de una profesion para la que se requiera titulo pertinente y realizare funciones tipicas de las mismas "
El articulo cobro polemica por lo ambivalente tras un juicio de una persona que asistia como alumno oyente a la Facultad de medicina, y con razon podia aducir ser estudiante
La corte interpreto lo siguiente:
Los elementos objetivos del tipo senalan " profesion para la que se requiera titulo pertinente " ningun estudiante tiene titulo o no es estudiante , al margen que el tipo penal exige tambien que no basta solo con los dos primeros elementos sino que tambien tienen que haber actividades tipicas de dicha profesion "
En conclusion como este joven solo senalo que era estudisnte de medicina, lo cual no es una profesion y no ejercia funciones de medico ( diagnostico ni terapeuticas ) se declaro inadmisible el proceso por atipicidad
Con vuesta experiencia Que le parece ese caso ?
Muy didacticas sus clases se aprende mucho mas que de los " profesores de penal que tengo "
Víctor: me parece correcta la resolución. La figura penal exige fingir ser titular de una Profesión. El hecho de ser estudiante o fingir ser estudiante no encuadra en el caso previsto por la ley.
Por respeto al principio de legalidad no debería considerarse delito.
Impecable video, muchas gracias!, te ganaste un fiel suscriptor, ya recomendé a varios tu canal, estaría bueno algún video sobre delitos de discrimiinaicon
Gracias por el comentario!
Si un abogado sin doctorado pusiere en su casa una placa como DR. sería delito?
Si.
Es delito cada vez que alguien se presenta como Doctor sin serlo.
Es un ejemplo de la selectividad del sistema penal: esos casos no elige para procesar. Posiblemente porque muchos de los que realizan esa conducta son los operadores judiciales.
Aplicaría ,para alguien que dice ser escribana tener matrícula pero solo estudio cinco o seis meses y ya está asiendo trámites de personería jurídica de un movimiento soy de Argentina Mendoza departamento San Martin
Si se presenta como escribana, sería usurpación de títulos.
muy plausible sus explicaciones.!!
Gracias Leonardo!