Por ejemplo, "A puso en su testamento que B sólo heredará la casa si, al cabo de dos años, B entrega a D un documento guardado en la misma". ¿La condición que puso A es válida o se tiene por no puesta?
En realidad debería redactarse a la inversa B heredará pero si en el plazo de dos años no entrega ese documento a D perderá la condición de heredero ya que si no es heredero desde ya no podrá entrar en la casa para entregar el documento.
Por ejemplo, "A puso en su testamento que B sólo heredará la casa si, al cabo de dos años, B entrega a D un documento guardado en la misma". ¿La condición que puso A es válida o se tiene por no puesta?
En realidad debería redactarse a la inversa B heredará pero si en el plazo de dos años no entrega ese documento a D perderá la condición de heredero ya que si no es heredero desde ya no podrá entrar en la casa para entregar el documento.
@@NotariaOrdonoLeon Ohh, a ver si entendí… ¿entonces B no podría entrar en la casa, a menos que entregue el documento a D?