Gracias Bibiana. Lo has explicado muy bien para mi gusto de entender me pareció tan sencillo que lo daba por perdido. SIGUE SUBIENDO MAS Y ANIMO A TOD@S.
Gracias, por favor, continúa subiendo videos de estas materias tan tochas y q tu lo haces tan sencillo de comprender...ya me gustaría q explicaras alguna de las leyes de Galicia🙂. Felicidades x tus videos.
Mil gracias Bibiana, te descubrí ayer… ¿Puedo hacerte una pregunta?. En la “Excedencia por cuidado de familiares” ¿ no es requisito indispensable haber prestado durante un periodo concreto servicios efectivos en alguna Administración Pública?, como ocurría en el caso de la “Excedencia voluntaria por interés particular”. Muchas gracias por tu atención.
Fantástico, muy amena,
¡¡¡Qué maravilla de vídeo!!! Mil gracias
Bibiana, por favor haz un vídeo para artículos 48 y 49 del Trebep...son un suplicio!
😭😭😭
Por favor no dejes de subir videos, eres muy super buena explicando!
Gran descubrimiento, explicado de manera clara y con ejemplos. Gracias y enhorabuena por tu trabajo
Gracias Bibiana. Lo has explicado muy bien para mi gusto de entender me pareció tan sencillo que lo daba por perdido. SIGUE SUBIENDO MAS Y ANIMO A TOD@S.
Gracias
Muy claro, gracias. Bibiana continua subiendo vídeos. La verdad explicas muy bien.
Muchísimas gracias. Ojalá subas muchos más videos porque lo explicas como nadie y encima lo haces más ameno, que ya es de premio!!!
MUchas Gracias Bibiana, Genial muy clarito todo
Gracias por hacerlo tan sencillo. Escuchándote todo parece alcanzable.
Gracias a ti por ver los vídeos. Todo es alcanzable, es solo cuestión de esfuerzo y tiempo, ánimo!
muchísimas gracias! claramente explicado : )
Gracias, por favor, continúa subiendo videos de estas materias tan tochas y q tu lo haces tan sencillo de comprender...ya me gustaría q explicaras alguna de las leyes de Galicia🙂. Felicidades x tus videos.
Gracias
Gracias
Super bien explicado. Tienes un don para explicar. No todos, lo tienen recuerdas
Gracias me ha gustado y ayudado
Muy bien
Explicación perfecta 🙏😉
Gracias 😊
Muy bien explicado, muchas gracias!!
Gracias a ti
No lo entendía bien con mis apuntes y lo has explicado genial, muchas gracias
Gracias a ti
Muy buena explicación
genial
Gracias 👌
gracias por tu video! sencillo, claro, con buenos ejemplos y a lo importante, quiero muchos más! Acabo de descubrirte ya estoy suscrita ;-D
Gracias
Mil gracias Bibiana, te descubrí ayer…
¿Puedo hacerte una pregunta?.
En la “Excedencia por cuidado de familiares” ¿ no es requisito indispensable haber prestado durante un periodo concreto servicios efectivos en alguna Administración Pública?, como ocurría en el caso de la “Excedencia voluntaria por interés particular”. Muchas gracias por tu atención.
10:55 y la incentivada??
Muy bien explicado!! Más videos por favor!
Gracias
Me gusta este profesor. Gracias tío ! Firma: un alumnO.