TREBEP - Modificación artículo 48 y 49. Junio 2023 - BOE Actualizado (03/07/2023)
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- Опубліковано 2 лип 2023
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
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Apreciado Paco, este es ya el último video que veo, y no porque no me guste el canal, que me encanta, sino porque he sacado el A1.1100 libre de la Junta de Andalucía! Tres ejercicios imposibles, que han dado como resultado que solo se hayan cubierto 215 de las 344 plazas convocadas..en fin, solo me queda agradecer tu ayuda y consejos, no me duelen prendas en reconocer que parte de mi éxito es tuyo mismo, sin tu ayuda me hubiera costado mucho más o, incluso podría no haberlo conseguido..mil gracias Paco!! Te deseo lo mejor, has sido un profe genial, te estaré agradecido siempre, mis hijos pequeños ya te conocen de tanto poner tus videos en ratillos libres, hasta siempre y salud!
Enhorabuena!! Ojalá pronto pueda escribir yo algo parecido jejej!! Disfruta mucho de tu porfin conseguida plaza
Felicidades tío, A1 joder menudo crack
VAMOSSSSSSSS!!!!!!
Enorme abrazo, agradecimiento y felicidades!!.
Disfruta mucho de ese tan merecido puesto de A1.
Ganado a pulso lo tienes. Bien lo sabes.
😊😊
Enhorabuena 👏
Enhorabuena🎉 yo aún así los seguiría viendo los vídeos de Paco por que son entretenidísimos😅
Muchas gracias Paco!!!! Yo te nombraba Secretario de Estado de Función Pública ,pero ya mismo
Lo van a acabar fichando de asesor y no me extraña!! ❤
Jajajajja, no me merezco tanto honor. 😘😘
Yo lo nombraba rey o algo así 😂, pero Secretario de Estado tp está mal
Este tío es el puto amo ❤
Es genial tener a alguien que se preocupa por explicarnos todo con tanto cariño y dedicación ¡¡¡¡ Muchísimas , muchísimas gracias!!!!!
Gracias Paco. No te puedes imaginar el bien que haces con tu trabajo. ❤
Lo explicas de maravilla. Te he descubierto un poco tarde, pero me ayudas muchísimo más que otras academias caras. Muchas gracias!!!
Se agradece mucho tu implicación con la comunidad, realmente eres el único que SIEMPRE está ahí de verdad, mil gracias !!!
Paco, vales un potosí.... Mil millones de gracias
Paco, eres GRANDE!! MIL GRACIAS. TE QUEREMOS❤️🤗. GRACIAS POR TU IMPLICACIÓN! BESOS!!!
Eres un amor!❤❤❤
buahhh estos te han visto, son tus seguidores por eso han cambiado tal cual dijiste. Gracias 1000 por todo. Eres el mejor
Ni el BOE recoge la modificación. Paco, eres el mejor!!
Mil millones de millonésimas gracias 🎉
Muchas gracias Paco al preparador que iba no sabia ni los cambios que se hacian...lo único que haciamos era.leer 4 articulos de aqui y de alla sin apenas explicaciones y 4 tests...despúes de 9 meses no hemos visto ni un caso práctico.
Pareciese que un corresponsal del Gobierno ha visto tus dos anteriores videos, incluido la clase de SP. Bravo¡¡
Respecto al video, muchas gracias¡¡¡ Se agradece tela¡¡
Muchas gracias Paco, eres una máquina. Paco for INAP ya!!!
Por fin me he enterado mil gracias Paco
Eres un Sol Paco!! adelantas lo adelantado. ;) abrazos desde Alicante.
Chas que alegría muchas felicidades, a los de la Age nos queda nada, pero pase lo que pase, gracias mil, mi hijo tb está suscrito a tu canal, te has convertido en una vo familiar en casa!!! Te oye más a ti que a mí. Gracias mil.
Perfecto Paco, lo han rectificado muy rápido y eso viene genial!!! Muchas gracias por tu trabajo como siempre, eres una máquina!!! 😁
Eres adivino 😮 lo dijiste y lo han hecho
Gracias Paco, de verdad que no sé de dónde sacas el tiempo, pero es brutal tu implicación, GRACIAS, GRACIAS Y MIL GRACIAS
Millones de gracias Paco!!!!!! :)
Madre mía! Eres rápido no, eres una machine!!!
Muchas gracias Paco!!!! Te recomiendo por todos lados de lo bueno que eres!
Mil gracias.
MUCHAS GRACIAS, PACO!!!! Son modificaciones muy importantes!!!!
Eres muy hábil y competente 👏👏👏
Muchísimas gracias Paco por estar siempre ahí!!
Muchas gracias Don Francisco!
Eres un máquina Paco ❤ Gracias!!
Esperando tu vídeo estaba, mil gracias, Paco.
Gracias Paco! Con tu ayuda siempre es más fácil todo
Pues yo me quedo (tengo mi plaza, pero me encanta como lo haces Paco), soy una fiel seguidora, aunque últimamente tengo problemas para que se cobre la mensualidad..y me "cierran" las puertas un tiempo..😐. No es lo mismo leer la ley o que te lo explique Paco 🤷. ❤
Como siempre genial, Paco. Gracias por este vídeo y el del viernes. Saludos.
Muchas gracias Paco!!!!
Gracias. Qué gran ayuda eres!
Muchas gracias Paco Barbié, eres genial, aclaras un montón, te lo agradezco mucho. Mar.
Paco muchísimas gracias!! He aprobado gracias a usted.
Muchas gracias por tu gran ayuda!
Muchas gracias por tu buen trabajo.
Muchísimas gracias por las aclaraciones Paco, eres una maquina!
MUCHÍIMAS GRACIAS, PACO
Gracias Paco. A penas empiezo a opositar...y no sé por dónde empezar...con tus explicaciones al menos, me entero
Muchas gracias de nuevo Paco! Nunca fallas 😁
Muchísimas gracias! 😊
Muchísimas gracias
Gracias Paco!!!
Gracias Paco
Hola Paco!!! gracias....
Gracias mil!!!
Muchas gracias 😊. Esperemos que no sigan haciendo modificaciones 🤞🏻
Gracias Paco ,
Muchas gracias por todo, justamente estaba estudiando este tema y van y me lo modifican 😅
Muchas gracias
Gracias Paco, eres un crack
No dejo de estar eternamente agradecida por tu inmensa ayuda Paco , no se si yo lo conseguire , pero tu nos facilitas que ese camino sea mas facil.
Que fuerte la OEP del 2023 sin salir¡!
muchas gracias, maestro!
Super bueno explicabdo Paco mejor imposible, un abrazo hijo 😘, haber si nos pudieras hacer la de protección de datos🙏
Muy buen video
Gracias😘
Gracias
Que bueno eres
Mil y mil gracias por ponernos al día con la Boe e información relevante de caras al examen. Eres el mejor
La actualización del 48 a del trebep también es aplicable para el personal laboral del IV convenio?
Muchísimas gracias Paco, ya nos dirás el resto de artículos que han cambiado de subvenciones, contencioso-admtva y Gobierno, si son importantes o no.
Hola Paco! Alucinante lo bien que explicas. Yo he llegado a tu canal tratando de averiguar si los profesores de secundaria (de la pública) tenemos o no derecho al permiso de 8 semanas, porque me llegan informaciones contradictorias. ¿Me lo podrías aclarar, por favor? Viendo tu vídeo, y siendo también funcionarios públicos, entiendo que sí.
La JCYL ha establecido unos criterios de aplicación el permiso parental Art 49 g) en el que dice que durante este permiso no se tendrá derecho a retribución, sin perjuicio de su cómputo a efectos de antigüedad, debiendo ser objeto de anotación en el Registro General de Personal al afectar a derechos económicos.
Un lujazo de video
Hola Paco, si me acuerdo y lo dijiste, seguro lo modificaría, mil gracias 😊
Gracias por todo Paco. Por favor cuando puedas súper resumen de Paco de LGPD ajjaja auxilio por favor jajaa
Buenos días Paco, De nuevo GRACIAS por el trabajazo que haces. Tengo una duda muy importante para mi sobre el tema de los 5 días de permiso por enfermedad... En el Trebep SI han especificado que son días hábiles, pero en el estatuto del trabajador siguen sin especificarlo, en el video comentas que en el caso de permisos si no se especifica serían naturales, pero me gustaría saber en qué norma aparece este dato, ya que si nos ceñimos a la ley 39/2015, en su artículo 30 dice que siempre que no se especifique por ley estos serán hábiles. Espero tu respuesta. Un saludo!!!!!
Paco, tengo una duda a respecto del minuto 3:01 apróx. del vídeo. Comentas que ¿cómo son estos 15 días del permiso por matrimonio? Y dices que como la redacción no especifica nada, se entienden naturales. Sin embargo, en el temario de la oposición se nos dice, en relación a la circunstancia en la que no se nos especifica la condición de plazos expresados en días: "Siempre que por Ley o en el Derecho de la UE no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que estos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos" Entonces se supone que en defecto de especificación se deben entender hábiles, no naturales. Si son naturales se debe expresar al efecto, ¿no?
Graciaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaassssssssssssssssssssssssssssssssssssssss
Según la ley 39 sin embargo los plazos son siempre en días hábiles sino pone lo contrario. Y mi duda es, en casos como la Constitución, ejemplos con constitución de las CG, aprobación de leyes etc, se entiendes hábiles o naturales? Que lío!
Trabajo en un dpto. De personal y esto es una absurdez. Tengo 5 días si hospitalizan a un compañero de piso y sólo tengo 3 días en caso de fallecimiento??? Respecto al paternal, se ha pedido a función pública que se pronuncie y nos han prohibido autorizarlo de momento.
Desde luego, es incoherente lo que han hecho, pero es lo que dice el Trebep. A ver qué dice Función pública sobre el permiso parental. Si no dice nada la ley, se entiende retribuido.
Menos mal que han rectificado!🎉 😅
Eres el mejor paco, TE QUERO ajajaj
Por fallecimiento de un familiar de primer grado, si yo vivo en la misma localidad que el fallecido pero trabajo en diferente provincia, que me corresponde 5 ó 3 días.
Buenas Paco. Lo primero de todo, agradecerte lo muchísimo que haces por nosotros. Vales oro.
Lo segundo, me surge una duda respecto al artículo 49.g. El permiso de 8 semanas para el cuidado por hijo, es al año o cómo? 🤔
¡Muchas gracias Paco por todo lo que haces y lo fácil que nos lo das! A raíz de la modificación del artículo 48 a) del TREBEP me surge una duda:
En el caso de que me encuentre conviviendo con mi hermana y esta deba ser intervenida, ¿de cuántos días dispongo de permiso? ¿de 5 días hábiles o de 4? Porque, por una lado, es conviviente y, por el otro, familiar dentro del segundo grado consanguinidad. Deduzco que primaría la convivencia por encima del grado o ¿estoy equivocada?
Muchas gracias y un saludo.
Respecto al art. 48,entiendo que el permiso es para la persona que conviva con el funcionario,pero no incluye por ejemplo la madre o el padre de esa persona.
Muchas gracias por tus explicaciones! Cuando dices que faltaría desarrollo normativo, por el artículo 49g (si no me equivoco) el que habla sobre el permiso de 8 semanas cuidado hijo menor 8 años...hay un tiempo máximo para que lo desarrollen o? Por el tema de que confirmen o n9, si es permiso retribuido. Gracias!!!
Buenas tardes Paco, lo primero gracias por tus videos, pero me surge una duda.
Hasta ahora siempre se entendió que los días son hábiles si no especifica y aquí estás comentando lo contrario. Quería saber si esto sólo aplica a permisos. Gracias de nuevo
Buenas tardes, me gustaría preguntar si existe algún artículo tanto en el EBEP, como en la legislación andaluza de función pública, q posibilite la adaptación de jornada tal y como viene recogida en el artículo 38.4 del estatuto de los trabajadores.
Gracias por tu contenido.!!
Gran video!! tu explicacion es muy buena!! sigue asi!! una pregunta subiras un video del rd 6/2023 que afecta al trebep? tengo examen el 4 de febrero.muchas gracias
Hola Paco, muchas gracias. ¿Son 8 semanas por año? ¿U 8 semanas a contar desde que el niño ha cumplido 1 año hasta los 8 años?
Paco, ¿se sabe algo de que sea un permiso progresivo? Es decir, que este año sea de 6 semanas hasta 8 en 2024... ¡Gracias!
Mil gracias por la explicación Paco! Se entiende perfectamente, pero me surge una duda, en el artículo 48.a incorpora a parientes¿ Quienes puedes ser éstos últimos?
Por ejemplo, si convivo con una persona hace 20 años ( ya tendria permiso en caso de intervención , etc etc) , si su padre está hospitalizado¿Me corresponden dias por pariente?
Comentario a parte, muy fuerte me parece que tengas permiso ante una intervención y hospitalización de tu conviviente y no lo tengas por su fallecimiento. Esperemos que vaya mejorando esta ley poco a poco.
1000 besos!
Hola , entra el sabado como dia habil para los 2 primeros permisos ? Gracias x tu trabajo ❤😊.
Paco, comparando la redacción del punto i) con los apuntes antiguos (antes de la última modificación), no observo diferencia. Está todo igual. ¿Se me escapa algo?
Los sindicatos están diciendo que el 49 g es sin retribución
Puede ser perfectamente, pero que nos digan dónde lo tiene acordado.
Muchas gracias. En mi servicio, el sindicato nos ha dicho que No son retribuidos
Me lo creo. Pero que te digan dónde lo tienen acordado.
Cuando sepa algo más, ya te comento. Muchas gracias x todo.
5:32 Ojo porque en el estatuto de los trabajadores está puesto a continuación de las suspensiones de contrato. Con esa intepretación sistemática, debería ser no retribuido.
Contigo que hagan las modificaciones que quieran.... Nos las comemos con papas! Y..... Croquetas (guiño, guiño)
Gracias, "jomío"
😂😂
Buenos días. Si no he entendido mal.Si convives con alguien con el que tengas o no una relación (es tu pareja sentimental pero ni estás casado ni eres pareja de hecho o es simplemente tu compi de piso)te corresponden días por hospitalizacion, pero si esa persona a fallece. No te corresponde nada?
Sabes si Han cambiado eso también en el estatuto de los trabajadores?
Muchas gracias eres un supercrack. Me encanta escucharte
Un sindicato mando circular diciendo que para funcionarios si es retribuido. No se.
Habrá que esperar a que escriban y acuerden un poco más sobre este asunto.
❤❤❤❤
🙌🙌🙌🙌🙌
Hola, esto afectaría al personal laboral? Si es que sí, si nos preguntan por el IV convenio debemos seguir contestando 5-3 días para 1er Grado y 4-2 días para 2ndo grado?