Hola, son buenos los temas de derecho laboral que desarrolla... propondría se desarrolle el tema de los practicantes pre-profesionales y profesionales. Sobre los derechos laborales como practicantes que estos tienen en una entidad; así como, los derechos de las practicantes embarazadas.
muy ilustrativo su ponencia. muchas gracias por su desprendimiento. Soy un CAS puro, con un año y tres meses de trabajo en una municipalidad del norte; podría darme un ejemplo de desnaturalización de contrato para mi caso. Nuevamente muchas gracias, Dr.
En primer lugar habría que evaluar el tipo de funciones que desarrollaba, ello en virtud a que conseguir la desnaturalización o invalidez de un contrato cas puro es más complicado. Saludos
Que tal tiene los mismos derechos que un servidor CAS que tenga un mes de labores, salvo que se haya producido algún supuesto de invalidez de su contrato, o se encuentre laborando en alguna de las instituciones en las que se aprobó el paso de sus servidores CAS al D.Leg. N° 728, previo cumplimiento de cierto requisito de antigüedad. Saludos
29' Si un trabajador del Regimen CAS continua trabajando despues del 31 diciembre su prorroga es automatica. Pero, si despues de vencida la prorroga automatica continua trabajando sin suscribir contrato o adenda, se entenderia como un supuesto de invalidez de contrato; por tanto, podria operar la desnaturalización por la posibilidad que la contratación por este regimen sea una simulación (fraude). Espero sus comentarios.
En efecto la prórroga automática es la ficción de ampliación de vigencia al contrato o adenda vencida; sin embargo, la norma no ha previsto la prórroga automática de la prórroga automática, ello en el entendido que no habría ningun contrato o adenda objeto de prórroga. En una entrevista que tuvimos hace poco desarrollamos ese tema, le dejamos el enlace del video. Saludos. ua-cam.com/video/cedf9u7K9sM/v-deo.html
La ley 24041 está referida únicamente a los trabajadores contratados para labores de naturaleza permanente. Tenga en cuenta este último concepto. No dice contratados por cualquier modalidad. Al mencionar expresamente a ese grupo de trabajadores entiende que estos han sido contratados conforme a ley, lo que significa, conforme al artículo 28 del Reglamento del DL 276, es decir, MEDIANTE CONCURSO. Desde esa premisa, lo que Ud. refiere es incorrecto. Si se aplica la lógica de que a cualquier contratado con un año o más de servicios le corresponde este beneficio entonces terminaríamos dando estabilidad a todos, tanto a aquellos contratados para labores temporales o incluso a personas sujetas a regímenes incompatibles con el servicio público, lo cual significa una completa tergiversación de la función pública.
En efecto conforme se señala en el video la contratación tiene que ser para servicios de naturaleza permanente; sin embargo, eso de que se tenga que ingresar por concurso para recibir el amparo de la Ley Nº 24041 es absolutamente equivocado, si aceptàramos lo que usted propone tendrìamos que desde la primera década de los años 90 en que se suspendieron los concurso pùblicos bajo el D.Leg. 276, y el Estado optó por una contratación irregular no recibiría ningun tipo de amparo lo cual por obvias razones en insostenible, existen numerosos pronunciamientos tanto de la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional que sostienen que no es necesario el concurso público para ser repuesto al amparo de la Ley Nº 24041 no guste o no el Estado asume su responsabilidad por la contratación irregular. Un dato adicional las personas que ingresaron por concurso público al Decreto Legislativo no sustentan su demanda de impugnación del despido bajo la Ley Nº 24041. Saludos.
GRACIAS POR LA AYUDA LABORAL
exitosa colega
Hola, son buenos los temas de derecho laboral que desarrolla... propondría se desarrolle el tema de los practicantes pre-profesionales y profesionales. Sobre los derechos laborales como practicantes que estos tienen en una entidad; así como, los derechos de las practicantes embarazadas.
muy ilustrativo su ponencia. muchas gracias por su desprendimiento.
Soy un CAS puro, con un año y tres meses de trabajo en una municipalidad del norte; podría darme un ejemplo de desnaturalización de contrato para mi caso. Nuevamente muchas gracias, Dr.
En primer lugar habría que evaluar el tipo de funciones que desarrollaba, ello en virtud a que conseguir la desnaturalización o invalidez de un contrato cas puro es más complicado. Saludos
estamos contento con esta ley ya era hora q termine con esta abuso aotoridad
BUENAS TARDES DOCTOR SI UN TRABAJADOR CAS TIENE 3 AÑOS DE TRABAJO ININTERRUMPIDOS TIENE ALGUN DERECHO GANADO.
Que tal tiene los mismos derechos que un servidor CAS que tenga un mes de labores, salvo que se haya producido algún supuesto de invalidez de su contrato, o se encuentre laborando en alguna de las instituciones en las que se aprobó el paso de sus servidores CAS al D.Leg. N° 728, previo cumplimiento de cierto requisito de antigüedad. Saludos
en toda municipalidades cometen ese abuso aotoridad q los jefe inmediato se creian los rreyes ....... por fin se terminara con este abuso
Doctor buenas noches, cuál es su correo para hacer una consulta, gracias
Buenas noches jose_luis_421@hotmail.com
Una consulta se le puede aumentar de sueldo a un trabajador CAS designado en un cargo de confianza de jefatura?
Si es posible y legal hacer eso.
29' Si un trabajador del Regimen CAS continua trabajando despues del 31 diciembre su prorroga es automatica. Pero, si despues de vencida la prorroga automatica continua trabajando sin suscribir contrato o adenda, se entenderia como un supuesto de invalidez de contrato; por tanto, podria operar la desnaturalización por la posibilidad que la contratación por este regimen sea una simulación (fraude). Espero sus comentarios.
En efecto la prórroga automática es la ficción de ampliación de vigencia al contrato o adenda vencida; sin embargo, la norma no ha previsto la prórroga automática de la prórroga automática, ello en el entendido que no habría ningun contrato o adenda objeto de prórroga.
En una entrevista que tuvimos hace poco desarrollamos ese tema, le dejamos el enlace del video. Saludos.
ua-cam.com/video/cedf9u7K9sM/v-deo.html
La ley 24041 está referida únicamente a los trabajadores contratados para labores de naturaleza permanente. Tenga en cuenta este último concepto. No dice contratados por cualquier modalidad. Al mencionar expresamente a ese grupo de trabajadores entiende que estos han sido contratados conforme a ley, lo que significa, conforme al artículo 28 del Reglamento del DL 276, es decir, MEDIANTE CONCURSO. Desde esa premisa, lo que Ud. refiere es incorrecto. Si se aplica la lógica de que a cualquier contratado con un año o más de servicios le corresponde este beneficio entonces terminaríamos dando estabilidad a todos, tanto a aquellos contratados para labores temporales o incluso a personas sujetas a regímenes incompatibles con el servicio público, lo cual significa una completa tergiversación de la función pública.
En efecto conforme se señala en el video la contratación tiene que ser para servicios de naturaleza permanente; sin embargo, eso de que se tenga que ingresar por concurso para recibir el amparo de la Ley Nº 24041 es absolutamente equivocado, si aceptàramos lo que usted propone tendrìamos que desde la primera década de los años 90 en que se suspendieron los concurso pùblicos bajo el D.Leg. 276, y el Estado optó por una contratación irregular no recibiría ningun tipo de amparo lo cual por obvias razones en insostenible, existen numerosos pronunciamientos tanto de la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional que sostienen que no es necesario el concurso público para ser repuesto al amparo de la Ley Nº 24041 no guste o no el Estado asume su responsabilidad por la contratación irregular.
Un dato adicional las personas que ingresaron por concurso público al Decreto Legislativo no sustentan su demanda de impugnación del despido bajo la Ley Nº 24041.
Saludos.
DOCTOR Y EL CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS POR 8 AÑOS SE DESNATURALISA EN UN OBRERO
Bienvenido al canal, segun lo que me comentas aparentemente si, no obstante debe evaluarse los detalles del caso. Saludos