Nota de interés para los Mutualistas: Os adjunto una Noticia que ha publicado EL Economista (03/04/2024) relacionada con los Mutualista que tienen que presentar su Declaración de Renta 2023. Hacienda pide a los jubilados de las mutualidades que esperen al 20 de abril para hacer la Renta La Agencia Tributaria pide a los jubilados que hicieron en su día aportaciones a las antiguas mutualidades que esperen al 20 de abril para hacer la declaración de la Renta. La directora del Departamento de Gestión Tributaria, Rosa Prieto, ha señalado este miércoles en rueda de prensa que la Agencia Tributaria ha recibido "recientemente" por parte de la Seguridad Social la documentación de las aportaciones que realizaron en su día y aún tienen que hacer depuraciones de los datos para incorporarlos correctamente a la declaración de los contribuyentes. "Les aconsejamos que no presenten la declaración antes del 20 de abril. En algunos casos el ajuste aún no estará calculado, pero esperamos tenerlo antes del 20 de abril. En cualquier caso, cuando entren en sus datos fiscales, por si no lo ven, vamos a introducir un aviso para que esperen una o dos semanas, porque en quince días lo tendrán incorporado", apuntó Prieto. La Agencia Tributaria ha llegado al inicio de la campaña de la Renta sin poder revisar y depurar todos los datos de los antiguos mutualistas ante el escaso tiempo que han tenido desde que la Seguridad Social se los ha remitido. Para facilitar la solicitud a los pensionistas, se ha incluido en el apartado de Renta un bloque informativo específico sobre mutualidades que incluye preguntas frecuentes, una guía explicativa para la aplicación del ajuste en Renta Web y un documento con las distintas respuestas que puede dar la Agencia en el justificante de presentación del formulario. Recuperar años anteriores Además, para recuperar el IRPF pagado de más de 2019, 2020, 2021 y 2022 (periodos no prescritos), la Administración ha facilitado un formulario de solicitud en el que no tendrán que aportar ninguna documentación, solo el número de teléfono y la cuenta bancaria en la que quieren ingresar la devolución.
Os paso una aclaración: La tabla que ha usado la AEAT para los días necesarios para el 100% es: jubilación en 2012 o anterior..... 35 años ..... es decir 12.775 días del 2013 al 2019 ....................... 35 años y 6 meses o sea 12.957 días del 2020 al 2022 ....................... 36 años, es decir 13.140 días del 2023 al 2026 ....................... 36 años y 6 meses ... o lo que es lo mismo 13.322 días a partir del 2027 ....................... 37 años lo que equivale a 13.505 días
@Juandiaz Excelentes explicaciones he seguido las fórmulas de cálculo que explicas y me ha salido clavado la cantidad que hacienda ha asignado en los datos fiscales. Lo único que ocurre es que aunque yo estuve cotizando todo el periodo desde el 1/1/67 al 31/12/78 me sale 8,5% pero la cifra que me da hacienda es justo descontando 15 meses de mili que estuve entre el 15/1/1974 y 15/4/1975 soy jubilado desde 2015 Entonces mi pregunta es esos 15 meses no cuentan en estos cálculos? Muchas gracias juan
@@jchf6839 Hola! Yo estoy en la misma situación que tú. Tampoco han tenido en cuenta el periodo del servicio militar obligatorio. No tengo previsto reclamar porque tampoco estoy seguro que mi empresa cotizaba por mí en ese periodo. Me siento satisfecho con lo obtenido. Saludos
@@juandiaz_diazro Hola Juan muchas gracias yo en mi informe de vida laboral esos 15 meses la empresa que yo trabajaba no cotizo por mi me dieron de baja al irme a la mili y me volvieron a dar de alta cuando regrese de la mili Saludos
el tiempo que pase haciendo el servicio militar en los años 1965, 1966 se contavilizan para el computo de dias cotizados par el calculo delas mutualidades
Muchas gracias por tu charla, es que para mi todo esto es muy nuevo aunque siempre he hecho la declaración y nunca había tenido problemas, siempre veía el borrador y me parecía bien y lo confirmaba pero este año he visto eso de ajuste por mutualidades -dt2 LRPF y me descuentan unos 2900 euros del total de lo cobrado y no sabía donde salía ahora ya lo se por lo que tengo que larle las Gracias y sólo una pregunta, tendría que reclamar de los años anteriores Muchas gracias
Mi esposa cotizó 4 Años entre el 67 y 73. En esa fecha , tuvimos el primer Hijo y DEJÓ DE TRABAJAR, EN MAYO del 73. Fuimos día 22/03/24 a Hacienda y cumplimentamos la reclamación de DEVOLUCIÓN y en la Segunda hoja , que le dan a mi Esposa , figura que no está JUBILADA. QUE REPRESENTA ESTO , ANTE SU RECLAMACIÓN. SIEMPRE HEMOS REALIZADO * DECLARACIÓN CONJUNTA* Saludos, mikel
Hola, mi nombre es Francisca. He hecho la solicitud del formulario que me ha ayudado mi hija, pero yo soy pensionista del Institut Catala de la Salut y claro, nos pudismos jubilar a los 60 con 35 años jubiliados y cuando doy al botón de validar me sale que no se me ha retenido nada. De hecho, yo siempre tengo que pagar por esa razón.: (lo mismo para año 20, 21 y 22)
Sobre las rentas que obtuvo en el ejercicio 2019 NO se realizaron retenciones Icono - Aviso - R201906 Con este formulario usted ha autorizado a presentar una solicitud de rectificación de la autoliquidación del IRPF 2019 Icono - Aviso - R201908 Consta como jubilado en el ejercicio 2019 Icono - Aviso - R201909 Consta que tiene otros pagadores de pensiones en el ejercicio 2019 diferentes de la Seguridad Social o Clases Pasivas Me da miedo seguir y dar al botón de firmar, la verdad. Me podría ayudar, por favor?
El Supremo en sentencia del 19 de Abril de 2024, aclara que las aportaciones hechas a Mutualidades antes del año 1967 no tributan en su totalidad. La Agencia tributaria se deberá adaptar a esta nueva sentencia del supremo, lo que supondría que los contribuyentes podrán pedir la devolución de lo tributado de más en las aportaciones anteriores al año 1967.
Buenas tardes, Una pregunta. Si estoy exento de hacer la declaración de renta y se que me tienen que devolver por mutualidades, cómo lo hago. Muchas gracias
Buenas, mi padre es jubilado de la guardia civil y presentamos la reclamación por mutualidades porque está dentro de los años, hemos recibido una carta de hacienda DENEGANDO la indemnización, no se que debo de poner para hacer una reclamación ya que tenemos un mes para presentarla en hacienda. Podría ayudarme, muchas gracias por toda la información.
Lo que esta prácticamente claro es la deducción del 25% en la base imponible, pero lo que se me escapa son los intereses generados de los años 2019 al 2023 y no los encuentro en ningún caso, quien me lo explica.
Hola, gracias por su video. Yo presenté la declaración el primer día con lo cual creo que no aparecía el ajuste por mutualidades. Al abrir de nuevo mi declaración veo que no cambia nada pero en la consulta de los datos fiscales si me aparece una cantidad por el ajuste. Como puedo saber si se aplicó en su dia o si tengo que corregirla? Gracias
Hola, veo que en mis Datos Fiscales, en la casilla de Ajustes por Mutualidades, me han puesto una cantidad menor, que según mis cálculos, me corresponde. ¿Cómo puedo reclamar a Hacienda que rectifiquen este importe? ¿puedo yo en mi declaración de Renta 2023 rectificar este importe, según mis cálculos (que son los que Hacienda me dijo en su carta, que en su día me envió) ? Gracias por las respuestas
Y si la jubilación es del 2020? El formulario debería especificarlo. O esperamos para hacerlo el año que viene, para abarcar los últimos 4 años 2020-2023
Hola. Creo que solo puedes reclamar los años no prescritos desde la fecha de su fallecimiento. En todo el proceso tendrá que identificarte como heredero legal y en el supuesto de que aceptaran tu reclamación, tendrás que aportar una serie de documentos acreditativos de conformidad de todos los herederos (certificado de defunción, testamento, etc). Insisto en que no tengo seguridad de lo indicado. Puedes llamar al 91-8898146.
En mi caso estoy afectado por el pago a mutualidades los años indicados pero no he presentado las declaraciones de renta de estos ultimos años por no llegar al minimo. Como debo proceder? Muchas gracias
Mi consejo es que presentes el formulario de Hacienda. Si aceptan tu Reclamación, Hacienda hará las rectificaciones de las Rentas del 2019, 2020, 2021 y 2022 y te abonará los atrasos que te correspondan, aunque no hayas presentado alguna Declaración de esos años. Esta información viene publicada en la página Web de Hacienda. Suerte en tus gestiones!
Yo tengo la duda si me corresponde aunque trabaje del 1972 al 1978 pagando mutualidades pero llevo desde el año 1989 residente en francia que es donde declaro aunque no entiendo muy bien que tiene que ver declarar en un pais u otro para que devuelvan un dinero cobrado de mas . Crees que tengo derecho ?
En mi opinión, debes presentar tu solicitud en el formulario de Hacienda y si aceptan tu reclamación, están obligados hacer las rectificaciones de Renta de los 4 últimos años. Lógicamente, si no has tributado en España esos 4 años, no te pueden devolver nada. Si volvieras a tributar en España, si te correspondería que te aplicaran la reducción por Maternidad. Saludos
Perdón, acabo de ver la tabla que publicaste en este canal hace un mes con los días a considerar en función del año de jubilación de cada afectado. Disculpas Un saludo
Tienes razón. He puesto la cantidad que pone en sus cálculos Hacienda, diciendo que es el tiempo necesario de cotización para obtener la pensión máxima. Es muy próxima a 35 años. Saludos
Continúa… Los DATOS RECOMENDADOS POR HACIENDA Y QUE DAN UNA RESULTANTE TOTAL DE LOS ABONOS EN LA DEVOLUCIÓN A LA CITADA JUBILADA ES DE 6.300 €€ APROXIMADAMENTE. La aplicación de la fórmula definida por Hacienda, es aceptable, pero NO ha sido facilitada , HASTA EL DÍA20/04/24.
Muchas gracias por tu video, no sabia como reclamar las mutualidades y ya lo he tramitado, una explicación muy efectiva...
Nota de interés para los Mutualistas:
Os adjunto una Noticia que ha publicado EL Economista (03/04/2024) relacionada con los Mutualista que tienen que presentar su Declaración de Renta 2023.
Hacienda pide a los jubilados de las mutualidades que esperen al 20 de abril para hacer la Renta
La Agencia Tributaria pide a los jubilados que hicieron en su día aportaciones a las antiguas mutualidades que esperen al 20 de abril para hacer la declaración de la Renta.
La directora del Departamento de Gestión Tributaria, Rosa Prieto, ha señalado este miércoles en rueda de prensa que la Agencia Tributaria ha recibido "recientemente" por parte de la Seguridad Social la documentación de las aportaciones que realizaron en su día y aún tienen que hacer depuraciones de los datos para incorporarlos correctamente a la declaración de los contribuyentes. "Les aconsejamos que no presenten la declaración antes del 20 de abril. En algunos casos el ajuste aún no estará calculado, pero esperamos tenerlo antes del 20 de abril. En cualquier caso, cuando entren en sus datos fiscales, por si no lo ven, vamos a introducir un aviso para que esperen una o dos semanas, porque en quince días lo tendrán incorporado", apuntó Prieto.
La Agencia Tributaria ha llegado al inicio de la campaña de la Renta sin poder revisar y depurar todos los datos de los antiguos mutualistas ante el escaso tiempo que han tenido desde que la Seguridad Social se los ha remitido.
Para facilitar la solicitud a los pensionistas, se ha incluido en el apartado de Renta un bloque informativo específico sobre mutualidades que incluye preguntas frecuentes, una guía explicativa para la aplicación del ajuste en Renta Web y un documento con las distintas respuestas que puede dar la Agencia en el justificante de presentación del formulario.
Recuperar años anteriores
Además, para recuperar el IRPF pagado de más de 2019, 2020, 2021 y 2022 (periodos no prescritos), la Administración ha facilitado un formulario de solicitud en el que no tendrán que aportar ninguna documentación, solo el número de teléfono y la cuenta bancaria en la que quieren ingresar la devolución.
¿Pero la reclamación del video cuando es mejor hacerla, antes de hacer la renta ese 20 de abril o después de hacerla?
Os paso una aclaración:
La tabla que ha usado la AEAT para los días necesarios para el 100% es:
jubilación en 2012 o anterior..... 35 años ..... es decir 12.775 días
del 2013 al 2019 ....................... 35 años y 6 meses o sea 12.957 días
del 2020 al 2022 ....................... 36 años, es decir 13.140 días
del 2023 al 2026 ....................... 36 años y 6 meses ... o lo que es lo mismo 13.322 días
a partir del 2027 ....................... 37 años lo que equivale a 13.505 días
Muchas gracias Juan,
@Juandiaz Excelentes explicaciones he seguido las fórmulas de cálculo que explicas y me ha salido clavado la cantidad que hacienda ha asignado en los datos fiscales.
Lo único que ocurre es que aunque yo estuve cotizando todo el periodo desde el 1/1/67 al 31/12/78 me sale 8,5% pero la cifra que me da hacienda es justo descontando 15 meses de mili que estuve entre el 15/1/1974 y 15/4/1975 soy jubilado desde 2015
Entonces mi pregunta es esos 15 meses no cuentan en estos cálculos?
Muchas gracias juan
@@jchf6839 Hola! Yo estoy en la misma situación que tú. Tampoco han tenido en cuenta el periodo del servicio militar obligatorio. No tengo previsto reclamar porque tampoco estoy seguro que mi empresa cotizaba por mí en ese periodo. Me siento satisfecho con lo obtenido. Saludos
@@juandiaz_diazro Hola Juan muchas gracias yo en mi informe de vida laboral esos 15 meses la empresa que yo trabajaba no cotizo por mi me dieron de baja al irme a la mili y me volvieron a dar de alta cuando regrese de la mili
Saludos
el tiempo que pase haciendo el servicio militar en los años 1965, 1966 se contavilizan para el computo de dias cotizados par el calculo delas mutualidades
Y las persona que no haga la declaración de ascienda?
Muchas gracias por tu charla, es que para mi todo esto es muy nuevo aunque siempre he hecho la declaración y nunca había tenido problemas, siempre veía el borrador y me parecía bien y lo confirmaba pero este año he visto eso de ajuste por mutualidades -dt2 LRPF y me descuentan unos 2900 euros del total de lo cobrado y no sabía donde salía ahora ya lo se por lo que tengo que larle las Gracias y sólo una pregunta, tendría que reclamar de los años anteriores Muchas gracias
Mi esposa cotizó 4 Años entre el 67 y 73. En esa fecha , tuvimos el primer Hijo y DEJÓ DE TRABAJAR, EN MAYO del 73.
Fuimos día 22/03/24 a Hacienda y cumplimentamos la reclamación de DEVOLUCIÓN y en la Segunda hoja , que le dan a mi Esposa , figura que no está JUBILADA.
QUE REPRESENTA ESTO , ANTE SU RECLAMACIÓN. SIEMPRE HEMOS REALIZADO * DECLARACIÓN CONJUNTA*
Saludos, mikel
Hola, mi nombre es Francisca. He hecho la solicitud del formulario que me ha ayudado mi hija, pero yo soy pensionista del Institut Catala de la Salut y claro, nos pudismos jubilar a los 60 con 35 años jubiliados y cuando doy al botón de validar me sale que no se me ha retenido nada. De hecho, yo siempre tengo que pagar por esa razón.: (lo mismo para año 20, 21 y 22)
Sobre las rentas que obtuvo en el ejercicio 2019 NO se realizaron retenciones
Icono - Aviso
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R201906
Con este formulario usted ha autorizado a presentar una solicitud de rectificación de la autoliquidación del IRPF 2019
Icono - Aviso
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R201908
Consta como jubilado en el ejercicio 2019
Icono - Aviso
-
R201909
Consta que tiene otros pagadores de pensiones en el ejercicio 2019 diferentes de la Seguridad Social o Clases Pasivas
Me da miedo seguir y dar al botón de firmar, la verdad. Me podría ayudar, por favor?
El Supremo en sentencia del 19 de Abril de 2024, aclara que las aportaciones hechas a Mutualidades antes del año 1967 no tributan en su totalidad.
La Agencia tributaria se deberá adaptar a esta nueva sentencia del supremo, lo que supondría que los contribuyentes podrán pedir la devolución de lo tributado de más en las aportaciones anteriores al año 1967.
Buenas tardes,
Una pregunta. Si estoy exento de hacer la declaración de renta y se que me tienen que devolver por mutualidades, cómo lo hago.
Muchas gracias
Buenas, mi padre es jubilado de la guardia civil y presentamos la reclamación por mutualidades porque está dentro de los años, hemos recibido una carta de hacienda DENEGANDO la indemnización, no se que debo de poner para hacer una reclamación ya que tenemos un mes para presentarla en hacienda. Podría ayudarme, muchas gracias por toda la información.
Lo que esta prácticamente claro es la deducción del 25% en la base imponible, pero lo que se me escapa son los intereses generados de los años 2019 al 2023 y no los encuentro en ningún caso, quien me lo explica.
PERDÓN FUERON 7 AÑOS DE COTIZACIÓN.
Hola, gracias por su video. Yo presenté la declaración el primer día con lo cual creo que no aparecía el ajuste por mutualidades. Al abrir de nuevo mi declaración veo que no cambia nada pero en la consulta de los datos fiscales si me aparece una cantidad por el ajuste. Como puedo saber si se aplicó en su dia o si tengo que corregirla? Gracias
Hola, veo que en mis Datos Fiscales, en la casilla de Ajustes por Mutualidades, me han puesto una cantidad menor, que según mis cálculos, me corresponde. ¿Cómo puedo reclamar a Hacienda que rectifiquen este importe? ¿puedo yo en mi declaración de Renta 2023 rectificar este importe, según mis cálculos (que son los que Hacienda me dijo en su carta, que en su día me envió) ?
Gracias por las respuestas
Y si la jubilación es del 2020?
El formulario debería especificarlo.
O esperamos para hacerlo el año que viene, para abarcar los últimos 4 años 2020-2023
Hola. Creo que si el pensionista ha fallecido pueden reclamarlo los herederos. ¿Es correcto? Gracias
Hola. Creo que solo puedes reclamar los años no prescritos desde la fecha de su fallecimiento. En todo el proceso tendrá que identificarte como heredero legal y en el supuesto de que aceptaran tu reclamación, tendrás que aportar una serie de documentos acreditativos de conformidad de todos los herederos (certificado de defunción, testamento, etc). Insisto en que no tengo seguridad de lo indicado. Puedes llamar al 91-8898146.
En mi caso estoy afectado por el pago a mutualidades los años indicados pero no he presentado las declaraciones de renta de estos ultimos años por no llegar al minimo.
Como debo proceder?
Muchas gracias
Mi consejo es que presentes el formulario de Hacienda. Si aceptan tu Reclamación, Hacienda hará las rectificaciones de las Rentas del 2019, 2020, 2021 y 2022 y te abonará los atrasos que te correspondan, aunque no hayas presentado alguna Declaración de esos años. Esta información viene publicada en la página Web de Hacienda. Suerte en tus gestiones!
A mi me han dicho en Hacienda que se basa en los datos que le ha envaido el INSS. Y hay gente que se lo han puesto y no habian cotizado a mutualidades
ha podido hacer la empresa la cotización?
Yo tengo la duda si me corresponde aunque trabaje del 1972 al 1978 pagando mutualidades pero llevo desde el año 1989 residente en francia que es donde declaro aunque no entiendo muy bien que tiene que ver declarar en un pais u otro para que devuelvan un dinero cobrado de mas .
Crees que tengo derecho ?
Procede vía , 😢Agencia Tributaria Española..
Suerte.
En mi opinión, debes presentar tu solicitud en el formulario de Hacienda y si aceptan tu reclamación, están obligados hacer las rectificaciones de Renta de los 4 últimos años. Lógicamente, si no has tributado en España esos 4 años, no te pueden devolver nada. Si volvieras a tributar en España, si te correspondería que te aplicaran la reducción por Maternidad. Saludos
Perdón, acabo de ver la tabla que publicaste en este canal hace un mes con los días a considerar en función del año de jubilación de cada afectado.
Disculpas
Un saludo
Pero la Sentencia del 2024; no la contempla; yo lo llevo por Sindicato y lo van a volver a Reclamar; estar atentos
Gracias Juan, una duda, ¿porque pones 12958 días?, en teoria 35 años por 365 días son 12775, ¿no?.
Tienes razón. He puesto la cantidad que pone en sus cálculos Hacienda, diciendo que es el tiempo necesario de cotización para obtener la pensión máxima. Es muy próxima a 35 años. Saludos
Hola, mira el último comentario que he puesto en el Canal. Aclara tu duda. Saludos
Continúa… Los DATOS RECOMENDADOS POR HACIENDA Y QUE DAN UNA RESULTANTE TOTAL DE LOS ABONOS EN LA DEVOLUCIÓN A LA CITADA JUBILADA ES DE 6.300 €€ APROXIMADAMENTE.
La aplicación de la fórmula definida por Hacienda, es aceptable, pero NO ha sido facilitada , HASTA EL DÍA20/04/24.
Si cobras una pension de España,,,. ERESPENSIONISTA, porlo tanto, RECLAMA. ES MICONSEJO . SUERTE...