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Consejos de Economía para Inexpertos
Spain
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En "Consejos de Economía para Inexpertos", abordaré temas económicos y fiscales de interés para todos, con la intención de simplificar conceptos que a menudo pueden parecer abrumadores. La idea es que, al final de cada video, te sientas más capacitado y confiado para tomar decisiones informadas sobre tus asuntos económicos y fiscales.
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Consejos a Mutualistas antes de que finalice la Campaña de Renta 2024
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Відео
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Mutualistas: Solicitudes de devolución.
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Cómo actuar cuando te notifican que el Complementos de Maternidad está prescrito
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En la charla se analiza las situación que se está produciendo en los últimos meses, en la que el INSS está mandando Notificaciones a los Jubilados que presentaron reclamaciones, indicándoles que el Complemento de Maternidad está prescrito. También se analiza la situación de los jubilados que han presentado sus reclamaciones y que todavía no tienen respuesta.
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En esta charla voy analizar las diferencias que hay en hacer un préstamo a un hijo o hacerle una donación. Explicaré la manera de formalizar los documentos del préstamo y la donación e indicaré los trámites que hay que realizar para entregar en Hacienda los Documentos 600 y 651, requeridos para el pago de impuestos. Aunque la decisión de elegir entre préstamo o donación depende de las condicion...
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Hola! En este vídeo voy a detallar todo sobre la fiscalidad de los Fondos de Inversión. ¿Cómo tributan? ¿Qué características clave debes conocer? y también explico cómo se declararán en la Renta 2023 las ventas de Fondos de Inversión que se hayan realizado en ese ejercicio. Te lo explico de manera sencilla y práctica. Espero sea de tu interés!! Saludos,
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Muy buen video y muy bien explicado como siempre. Gracias. Pero que pasa si un año fiscal 2022 tienes una perdida patrimonial de 10.000€ y al siguiente año fiscal 2023 con unos fondos de inversión has tenido una ganancia de 1.000€ (y sabemos que el banco al pagar ya nos ha retenido el 19% y nos ha pagado 810€ (1000- 19%). En la declaración se puede compensar esas ganancias de 1000€ con las perdidas del anterior, pero que pasa con esos 190€ que te ha retenido el banco con antelación, hacienda los devuelve, hay que solicítalos, o lo refleja automáticamente?
Revisalo
Pero como sabemos cuánto es los que tenemos que cobrar si tenemos 9 años pagados en mutualidades
Buenas tardes yo soy, uno de tantos mutualista que e reclamado lo de mutualista, pero tengo una duda, yo no hago la declaración de hacienda porque estoy esento de hacerla por que cobro 922.-€, ¿ que es lo que debo cobrar más o menos cuando me hagan el ajuste hipotético si no hago la declaración? Esperando su respuesta, un cordial saludo.
He presentado el formulario en Marzo 2023 en nombre de mi padre, trabajador siderúrgico, tristemente fallecido unos mese antes. La Agencia Tributaria no me han respondido aún. Pero tengo dudas, y agradecería información. Mi padre hizo esas aportaciones entre dichos años, pero creo que su actual pensión era no contributiva, no me aclaro mucho con los años de prescripción y si le tendrían derecho a devolución.
He hecho la dec de renta, y me han devuelto algo mas de lo que yo esperaba, miro mis datos fiscales y en el apartado dice: por ajuste de mutualidades hay una reduccion de -7000 euros creo yo..¿¿¿¿que quiere decir eso de menos 7000???? He hecho la reclamacion en Julio de 2023, ha sido muy facil con certificado digital y espero que me paguen el resto de años que creo son 3 años, pero ¿¿¿¿que quiere decir eso de menos 7000 euros????? en mis datos fiscales. Gracias por vuestra ayuda.
La pregunta es,¿¿¿¿ cuando pagaran ????
Hola... Me gustaria que me aclarese una cuestion de una casa heredada. en el momento de fallecer mi madre no estaba legalizado y aparecia como solar, con valor de 20.000 euros... Aunque estaba construido. No estaba actualizado en el catastro ni en el registro de la Propiedad. Mi madre fallece en 2010 y en 2012 se actualiza en el catastro y se paga plusvalia.... Pero en lo escritura de sucesion aparece por error con un valor de 118.000 euro el solar... No nos dimos cuenta y pagamos un impuesto de sucesión por ese valor...Ahora lo vamos a vender y aparece con un indice de referencia catastral de 73.000.. ¿Podemos acogernos a ese valor para no decir que no tenemos incremento patrimonial y así no pagar el incremento patrimonial en el IrPF? Gracias.
No se hacienda esta diciendo que tenemos que demostrarlo con papeles que es difícil que los tengamos, yo creo que ya buscará la excusa perfecta para no pagar
Una mutualidad es una entidad sin ánimo de lucro constituida bajo los principios de la solidaridad y la ayuda mutua en las que unas personas se unen voluntariamente para tener acceso a unos servicios basados en la confianza y la reciprocidad.
Hola, he vendido a un sobrino mi parte de vivienda heredada. El pago es a plazos en 7 años sin intereses, como se declara¿? Puedo incluir mi parte de gastos de sucesión y posteriormente de división¿? Gracias y saludos
hola, entonces con una minusvalía superior al 65, estaría exento de pagar irpf en el momento del rescate? por lo que a nivel fiscal sería mucho mejor hacer un plan de pensiones que invertir en fondos de inversión., verdad? gracias
Yo tengo compañeros de trabajo, que viven en las cercanias de Barcelona y ya han Cobrado lo del 19/22 , a razon de 2100€€/AÑO. MAS LO correspondiente a la declaracion del 23 y Suman aprox. 10.500 €€... UN DISGUSTO!!!
No os van a dar nada. Igual q a los damnificados por la palma, los incendios del edificio de valencia, el terremoto de hace años por murcia. No lo sé exactamente. Los políticos hay q tener claro q son terroristas contra el pueblo. Terroristas de estado. Así de sencillo. quién los vota vota corruptos,
Muchas gracias por el video ,me as quitado muchas dudas aunque aun tengo alguna. Yo me enteré de que podia hacer estas reclamaciones el 28 de agosto del 2024.la verdad fue facil,llevé el dni cogi cita ,y me dijo una chica muy amable:sino viene nadie le pasaré y se lo tramito.me hizo la reclamación, pero el 2019 no lo podia reclamarlo entiendo que seria por reclamar fuera de plazo?2020,2021,y 2022,si.en la declaración declaración del 2023 ,casi siempre me devuelve lo mismo,pero este año me devolución fue todavía mas favorable con unos 700€ mas a mi favor.tambien les digo que llevo unos años que la renta la hago telefónicamente. mi pregunta es:que me tendrían que pagar ,el 2020,21,y 22? Tambien me dijeron que en un plazo de 15 dias a un mes,recibiria una carta certificada con la resolución y que por parte de aquella señora que me atendio me dijo que tenia derecho en reclamar.muchas gracias por todo de❤ y un saludo de antemano.
Yo he sido funcionaria clases pasivas No se si entro, He presentado el formulario
Si tengo una incapacidad permanente absoluta, no tengo derecho a la devolución, aunque esté exenta del tributo, pagué de más en su día. Me han contestado que no, al no tener retenciones. Es así?
Muchas gracias por la información A mí me han concedido dicho complemento, desde mi retiro año 2016. Me han descontado el 15% del IRPF,de todos los atrasos hasta el año 2024. 1 como hago las complementarias, tengo que volver a pagar, por dichos atrasos? 2 como imputo el total de los atrasos y el IRPF descontado, en mi caso , el 15%? 3 si al sumar los atrasos, en cada complementaria. No llego al mínimo. Como recupero el IRPF descontado? De todas maneras gracias por la información Te agradecería me contestases , estoy hecho un lío Un saludo
Muchas gracias por información tan útil. D cara ya a la próxima campaña, si vendo un Fondo con ganancias, el banco me retendrá el % que proceda. Pero si vendo también unas acciones con pérdidas, ¿Me compensarán las ganancias del Fondo? ¿Me devolverán los impuestos cobrados por ésa ganancia?
Buenos días Juan, gracias por el trabajo realizado exponiendo claramente todos los pasos. En mi caso, después de la solicitud previa (denegada por prescripción) la reclamación previa (denegada por prescripción) y la presentación de la demanda judicial, el INSS resolvió de oficio FAVORABLEMENTE mi solicitud, abonándome en cuenta el importe correspondiente a los atrasos desde mi jubilación (año 2017) y aumentando mi pensión. Hice las consultas pertinentes a Hacienda y las respuestas fueron las siguientes: Debo efectuar declaración complementaria para cada uno de los ejercicios NO PRESCRITOS (actualmente 2020,2021,2022 y 2023, antes del fin del plazo de la declaración del 2024 (antes del 1 de Julio del 2025). Debo aplicar a cada año las retenciones practicadas por la TGSS (15 % para los ejercicios anteriores) El complemento correspondiente al ejercicio actual, ya vendrá incorporado en los datos fiscales del corriente año. Puedo reducir los gastos de defensa jurídica, aplicados proporcionalmente a cada uno de los ejercicios (máximo 300 € anuales)
Este procedimiento es literalmente el mismo que me han dado a mi desde Hacienda
Un apunte, la bonificación del 40% aplica a todos los PP que tengas, por lo que si tienes que rescatar, hay que tener en cuenta que SOLO puedes hacerlo una vez. Por lo tanto, si tienes 2 PP con aportacioines anteriores a 2007, deberia rescatar de los 2 Planes el mismo año àra no perder la bonificación de uno de ellos
Gracias por el video. Yo he cobrado este año los atrasos desde 2017 y Hacienda me ha dicho que, como lo he obtenido sin sentencia judicial, se han de hacer declaraciones complementarias imputando a cada ejercicio la parte correspondiente indicada en la liquidación que remite la Seguridad Social. En caso de obtenerlo por sentencia judicial se ha de imputar de manera total el importe en la liquidación del ejercicio en que se cobra con la deducción del 30% por rendimiento irregular. En esencia coincide con lo escrito por JoseM-q80
Buenas tardes, yo presenté el formulario de solicitud de devolución por aportaciones a mutualidades el pasado mes de mayo, concretamente 01-05-2024, a las 13:39:43, y a día de hoy aún no tengo notificación de ninguna devolución, solamente la implícita en la declaración de 2023. Sabéis algo sobre esto, las están devolviendo ya, o aún no hay nada. Gracias. Muchas gracias Juan, por todo lo que nos has aportado sobre este tema, gracias.
Muy buen video nosotros tenemos un pequeño problema mi padre no debia hacer la renta le salía 0 y le pertenecen las mitualidades ya hemos hevho la reclamación del los años 2019 al 2022.peto que pasa con el 2023 Nos lo.podria indicar
Hola Juan, muchas gracias por la muy trabajada información. Yo, que acabo de recibir el reconocimiento por parte del INSS de este derecho, tenía previsto declararlo en 2025 como tu indicas y que me parece lo más lógico.Sin embargo, hice una consulta verbal a Hacienda y me han indicado lo siguiente: 1.- Hay que hacer una declaración complementaria de cada uno de los ejercicios de los que has recibido algún atraso, en mi caso desde 2016. Para los ejercicios ya cerrados hay que solicitar su apertura a Hacienda. 2.- En cada ejercicio se imputan los atrasos percibidos que corresponden a ese ejercicio y la retención correspondiente que te han practicado (ese detalle lo facilita la resolución del INSS) 3.- No puedes aplicarte la reducción del 30% prevista en el art. 18.2 del IRPF ya que se trata de un reconocimiento de un derecho. Solamente se aplicaría si ese derecho lo hubiera obtenido por sentencia judicial. 4.- Admiten como deducibles los gastos de abogados en que se hubiera incurrido. Habría que repartir proporcionalmente estos gastos entre cada uno de los ejercicios. 5.- Las declaraciones hay que hacerlas dentro del plazo de presentación (30 de junio) del ejercicio en que lo percibes, en mi caso antes del 30 de junio de 2025. Como sabemos que hacienda siempre "barre para casa" y como tengo tiempo voy a profundizar un poco mas y buscar alguna consulta vinculante sobre este tema. 😂😂😂😂😂
En el 2025 se pueden rescatar las participaciones de mas de 10 años de antigüedad. ¿Las participaciones anteriores al 2007 que rescatemos valiéndonos de esta opción mantienen la bonificación del 40%? Gracias
Hola le estoy siguiéndole y me gusta como expresa todo lo acontecido, con las mutualidades . Me gustaría poder ablar con usted y contarle mi situación si deja un tlf dirección ablariamos y me quedaría más satisfecha gracias.
YO TRABAJE EN EL METAL TALLERES DE VEHICULOS AÑO 1970 COMO SABER SI LOS TALLERES AN DESAPARECIDO Y MUERTOS LOS JEFES ????
Alguien sabe si se está pagando las devoluciones correspondientes al ejercicio 2022, me consta que los ejercicios 2019, 2020, 2021 se están transfiriendo a los bancos.
Estuve en Hacienda con mi esposa haciendo la declaracion de renta año 2023, preguntamos por las cantidades de las mutualidades laborales que reclamamos con el modelo DT2, nos informaron que a mi esposa de momento no habia resolucion, y a mi me devolvian quinientos y pico euros, pero que yo no veria un centimo, porque habian efectuado una operacion aritmetica, a saber yo habia ganado 17.500 euros de pension, y sobre esta cantidad deberia hacer la declaracion, bueno pues hacienda con los 500 euros que me debia abonar, me los descontaba de los 17.500 y solo debia hacer declaracion po 17.000,le dije que no tenia obligacion por no llegar a la cantidad,y que esto era un timo, e respondio que reclamara que habia mas gente en esta circunstancias, alguien entiende esto.
Los comentarios sobre devolución a los mutualistas aluden a una cantidad máxima a recuperar en torno a los 4.000 euros. Esto es así o las cantidades a recuperar podrían ser muy superiores? Cotizantes de 1.962 a 1978. La cantidad recuperada por mi en 2023 no supera los 2.600 euros. Deuda de Hacienda liquidada totalmente? Porqué Hacienda no explica con el detalle necesario los cálculos para ésas devoluciones, tan complejo es?
Hola en la declaracion de la renta enque casilla se mira lo las motualidades, gracias
Gracias por tu video! Una pregunta yo se lo he hecho a mi madre solo presentando por la pagina web se Hacienda, q pone solucitud de reclamacion por mutualidades, ya en la renta le sale la regulación, falta algo mas??? O hay q hacer también la reclamación? Osea q si solo he hecho solicitar la reclmaacion esta bien?????
Gracias por los consejos, pero lo de bienvenidos y bienvenidas sobraba.
Amigo, el vídeo es para explicar que hacer si te lo niegan, no para volver a contarnos la batallita. El tiempo es oro!
Lo que es lamentable, que la propia hacienda publica, tus deberes te los requiere automáticamente y sin embargo tus derechos tienes que pelear para conseguirlos. Es como que. a un ciego se le cae un billete y como no te ha visto, te lo quedas. Eso es de ser un chorizo!
Que intereses corresponden por anualidad a los atrasos de Mutualidades y su aplicación en la minoración de la base imponible, de los periodos 2019/2022.
Muchas gracias por el video muy bien explicado y realizado! Una pregunta devuelven los atrasos del 2019 en adelante pero y si no se ha presentado renta por no estar obligado, q pasaria con ese año en concreto???
Hola Juan Yo estuve jubilada parcial el 75% seguridad social y el 25% en una empresa desde 1de septiembre 2020 al 20 de julio del 2022 Me pertenece devolución.En está declaración ya me viene el ajuste.
Yo estuve jubilada parcial 75% s.s y 25% por la empresa del1 de Septiembre del 2020 al 20 julio del 2022.En está última declaración ya me viene aplicado el ajuste. Me pertenece devolución o por estar jubilada parcial no me pertenece.
Hola Juan por la explicación. Tengo una duda que me gustaría consultarte. Si tengo un plan de empresa en el que aportamos empresa y trabajador, como puedo llegar al limite de los 8500€? Sino he entendido mal yo tengo que poner en la misma cuantía que la empresa, por ejemplo la empresa pone 2000 y yo pongo 2000 y despues puedo poner en ese mismo plan 1500 mas de la cantidad general que te puedes desgravar en un plan de pensiones? Es correcto este ejemplo? Muchas gracias
Una vez cumplimentado el formulario y recientemente recibo los abonos correspondientes a los ejercicios 2019, 2020 y 2021, lo que no recibo son los atrasos del 2022. ¿Alguien esta en el mismo caso? Algún comentario a lo expuesto.
Hola Juan,primero muchas gracias por tu explicación y video, me han ido genial porque no tenía ni idea de este tema. Yo he recibido los datos fiscales y el borrador de la declaración del 2023 con el importe del Ajuste por Mutualidades - DT2ª LIRPF. Es el primer año que me lo han puesto. No así en el 2021 ni tampoco en el 2022. Llevo 3 años jubilada. Eso quiere decir que puedo hacer la reclamación por estos 2 años y que me este concepto me lo aplicarán en los sucesivos ejercicios fiscales? Gracias de nuevo.
Tema muy actual y bien explicado. Muchas gracias.
Lo que esta prácticamente claro es la deducción del 25% en la base imponible, pero lo que se me escapa son los intereses generados de los años 2019 al 2023 y no los encuentro en ningún caso, quien me lo explica.
Cuando Hacienda te paga los atrasos de los años solicitados: 2019, 2020, 2021 y 2022, la cantidad a pagar, es el resultado de hacer una Rectificación de las Declaraciones que hiciste en cada uno de esos años (aplicando la reducción por Mutualidades) y a dichas cantidades se les aplica un tasa de interés del 4,06% y por el tiempo que transcurra hasta la fecha del ingreso en tu cuenta. Saludos,
Gracias, espero que estén contemplados en las devoluciones.
Lo único que ocurre esque descuentan ese dinero de los rendimientos de trabajo de este año y lo mismo os quedáis igual y no os dan nada.La trampa está como hagáis declaraciones anteriores sin tener que hacerlas y os salgan positivas vais a pagar en lugar de cobrar. Casi todos los ju bilados no tienen que hacer declaración.Farsa
Hola, Soy viuda y cobro una pension de viudedad. Sólo trabajé 5 años en los años 70. El resto lo he dedicado al cuidado de mis hijos. Ahora, podría recuperar lo pagado de mas en esos años. Muchas gracias.
Hola! Lamento decirte que la pensión de viudedad, no tiene reducción por Mutualidades. En cuanto a los 5 años en los que estuviste trabajando, no te dan derecho a percibir una pensión contributiva y por tanto, tampoco puedes reclamar por Mutualidades. Siento no poder darte buenas noticias! Saludos!
@@juandiaz_diazro muchas gracias Juan.
Hola, soy viuda desde hace 4 años yo trabaje 4 años en en lis años 70 ahora cobro una pensión de mi difunto marido. Tengo derecho a reclamar lo pagado de más pie mutualidades. Muchas gracias a todo@s
Lo que esta prácticamente claro es la deducción del 25% en la base imponible, pero lo que se me escapa son los intereses generados de los años 2019 al 2023 y no los encuentro en ningún caso, quien me lo explica.
Lo que esta prácticamente claro es la deducción del 25% en la base imponible, pero lo que se me escapa son los intereses generados de los años 2019 al 2023 y no los encuentro en ningún caso, quien me lo explica.