54.-COMUNICACIÓN EDICTAL

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  • Опубліковано 21 сер 2024
  • En esta clase explico el acto de comunicación realizado por edictos y las distintas formas de dar publicidad de esos edictos,ante el ignorado paradero del litigante.

КОМЕНТАРІ • 14

  • @elenabatista9376
    @elenabatista9376 4 роки тому +4

    Muchas gracias por tus vídeos que me ayudan a entender mas fácilmente los temas. En este especialmente mencionas la ley de protección de datos 15/1999; y permíteme corregir lo que puede traer confusión a los que te seguimos, ya que actualmente es la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Un saludo.

  • @carmennavarroblazquez5324
    @carmennavarroblazquez5324 5 років тому +3

    Querida Belén, he hecho bastantes test referidos a temas de comunicación, diligencias, etc y no sabes lo bien que me han venido tus clases con tus "Preguntas de examen". Sigue así, eres una excelente maestra. Ojalá las academias que dicen disponer de expertos tomasen buena nota de tus clases. Gracias. Un cordial saludo. M. Carmen

    • @belenoposicionesjusticia2528
      @belenoposicionesjusticia2528  5 років тому +1

      Cuánto me alegra tu comentario. No decaigas en tu estudio ,y no renuncies a tu sueño.Hay un refrán que a mí me ha ido bien en la vida, que dice así... Haz de tu vida un sueño y de tu sueño una realidad. ánimo

  • @majoseruiz328
    @majoseruiz328 7 років тому +1

    Muchas gracias por compartir tus conocimientos!! Saludos desde Valencia

  • @FerFer-01
    @FerFer-01 6 років тому +1

    Hola Belén, gacias por tu labor docente, es de agradecer lo bien que lo explicas. Me surge una duda respecto al requerimiento en el procedimiento monitorio y es si en el mismo no cabe la entrega a las personas que se hallen en la vivienda. Lo dicho, muchas gracias por tu esfuerzo.

    • @belenoposicionesjusticia2528
      @belenoposicionesjusticia2528  6 років тому +1

      Hola,la pregunta que me planteas te la explicaré con detalle cuando cuelgue la clase del monitorio, pero te adelanto,que se tiene que realizar personalmente, excepto enl los de comunidad de propietarios , que permite por edictos,. Tienes que prestar atención a las preguntas de examen. Que te pueden plantear, por ejemplo , como se hará el requerimiento en el monitorio? Debes contestar como primera opción, que el requerimiento se notificará en la forma prevista en el artículo, 161, .admitiéndose el requerimiento solamente por edictos en los de propiedad horizontal.

  • @veronicasanchez9422
    @veronicasanchez9422 2 роки тому

    Muy buena explicación

  • @sergioperez3699
    @sergioperez3699 2 місяці тому

    Una vez que mandas la notificación se devuelve el recibo de correos luego la mandas personal no la coje y al final por edictos , cuento tiempo transcurre de tiempo en días o meses para que se publique en edictos ( es una notificación de desahucio )

  • @delpinoheras
    @delpinoheras 7 років тому +2

    Hola! podrias recomendar alguna editorial para preparar la oposición de gestión? o bien eres mas partidaria de estudiar directamente de la ley?
    muchas gracias por tus vídeos, explicas muy bien y son muy entretenidos.

    • @belenoposicionesjusticia2528
      @belenoposicionesjusticia2528  7 років тому +2

      Hola, me alegro de que mi esfuerzo sirva para algo.Soy partidaria de estudiar con la Ley, aunque los que os acabáis de empezar esta aventura cualquier editorial es buena, para orientaros ,aunque tengo mis favoritas, no quiero dar publicidad . Ánimo y suerte.

    • @belenoposicionesjusticia2528
      @belenoposicionesjusticia2528  6 років тому +1

      Hola, soy partidaria de estudiar con la ley, y ademas la ley consolidada, de unas oposiciones a otras, cambian muchas cosas, y es peligroso. Es cierto que tengo alguna preferencia por alguna editorial , pero no me atrevo a aconsejar, es bueno tener un temario orientativo pero es con la ley como se aprueba una oposición. Gracias por tu buen comentario .

  • @ivangod7351
    @ivangod7351 Рік тому

    Hola qué tal ,una pregunta le puedes mandar la sentencia osea comunicar por edicto por medio de WhatsApp?