Hola En este ejercicio tenemos algún ajuste? se ha realizado un cargo de 5.000 € en la cuenta de reservas voluntarias por unos servicios prestados en 2021 por un abogado que ha enviado la factura en septiembre de 2023
En este video se habla de los ajustes por periodificación que se aplican para gastos o ingresos que se contabilizan AHORA, pero en los que se da la situación de que parte de ellos no corresponden a este ejercicio económico sino a uno FUTURO. Tú planteas el caso contrario. Tienes que facturar AHORA, algo que se hizo en el PASADO. He estado leyendo para poder responderte y esta página de la que te envío el link es la que me ha parecido que te lo explica más claro. www.asesorae.com/blog/contabilizar-facturas-atrasadas#:~:text=En%20primer%20lugar%2C%20la%20factura,registrarlas%20como%20un%20nuevo%20gasto. Según esta página: La legislación permite hasta cuatro años para contabilizar facturas recibidas con retraso. Esto significa que, dentro de ese plazo, no hay ningún problema para regularizarlas, pero hay ciertos aspectos a considerar. En primer lugar, la factura recibida con retraso debe contabilizarse con fecha actual, ya que el IVA repercutido se declarará en el trimestre en curso y no en el correspondiente. Por lo tanto, para contabilizar estas facturas atrasadas, es necesario registrarlas como un nuevo gasto. Espero haberte ayudado Un saludo Victoria Peñalver
Hola!!! Tienes un ejemplo a partir del minuto 3:25 del vídeo. Si se ha pactado la factura en el momento de la contratación, ahí estás metiendo TODO el ingreso, tanto lo que vas a cubrir durante el año como lo que queda pendiente para el siguiente. Por eso, a 31/12 ya no hay que hacer nada con lo realizado y solo se contabiliza la periodificación de los meses restantes. Dime si así queda más claro. Un saludo Victoria
Muy buen vídeo, gracias.
Gracias!!! 💙
Gracias, me has hecho entender el cálculo
Me alegro, David!!! Un saludo
Hola
En este ejercicio tenemos algún ajuste?
se ha realizado un cargo de 5.000 € en la cuenta de reservas
voluntarias por unos servicios prestados en 2021 por un abogado que ha enviado
la factura en septiembre de 2023
En este video se habla de los ajustes por periodificación que se aplican para gastos o ingresos que se contabilizan AHORA, pero en los que se da la situación de que parte de ellos no corresponden a este ejercicio económico sino a uno FUTURO.
Tú planteas el caso contrario. Tienes que facturar AHORA, algo que se hizo en el PASADO.
He estado leyendo para poder responderte y esta página de la que te envío el link es la que me ha parecido que te lo explica más claro.
www.asesorae.com/blog/contabilizar-facturas-atrasadas#:~:text=En%20primer%20lugar%2C%20la%20factura,registrarlas%20como%20un%20nuevo%20gasto.
Según esta página: La legislación permite hasta cuatro años para contabilizar facturas recibidas con retraso. Esto significa que, dentro de ese plazo, no hay ningún problema para regularizarlas, pero hay ciertos aspectos a considerar.
En primer lugar, la factura recibida con retraso debe contabilizarse con fecha actual, ya que el IVA repercutido se declarará en el trimestre en curso y no en el correspondiente. Por lo tanto, para contabilizar estas facturas atrasadas, es necesario registrarlas como un nuevo gasto.
Espero haberte ayudado
Un saludo
Victoria Peñalver
Y como contabilizo los servicios que ya he realizado a 31 de diciembre, sin haber cubierto todos los servicios contratados???
Hola!!! Tienes un ejemplo a partir del minuto 3:25 del vídeo. Si se ha pactado la factura en el momento de la contratación, ahí estás metiendo TODO el ingreso, tanto lo que vas a cubrir durante el año como lo que queda pendiente para el siguiente.
Por eso, a 31/12 ya no hay que hacer nada con lo realizado y solo se contabiliza la periodificación de los meses restantes.
Dime si así queda más claro.
Un saludo
Victoria