Yo no estudie Derecho por la forma tan enredada en la que me explicaron durante algún primer semestre de la prepa ahora que escucho a Miguel y sus invitados me es fácil entender 👏🏻👏🏻👏🏻
POR SIMPLE LÓGICA, SENTIDO COMÚN Y BUENA FÉ!!!...QUE SON LOS PRINCIPIOS BÁSICOS CON LOS QUE SE ELABORAN LAS LEYES DE UNA CONSTITUCION!!!!....TODA PERSONA SE CONSIDERA INOCENTE, HASTA QUE SE LE DEMUESTRE LO CONTRARIO!!!!....SIN EMBARGO, "DEBIDO A LA DICTADURA DEL CRIMEN ORGANIZADO QUE VIVIMOS EN EL PERÚ"!!!!!....QUIENES SON "DUEÑOS DE TODOS LOS PODERES Y AUTORIDADES PERUANOS"!!!....ÉSTOS DECIDEN "DECLARAR COMO INOCENTES A DELINCUENTES CONVICTOS Y CONFESOS QUE PERTENECEN A SU MAFIA"!!!...ASÍ COMO "DECLARAR CULPABLES A LOS PERSONAJES QUE SE OPONEN A SU MAFIA"!!!...SIN NI SIQUIERA SEGUIR EL JUSTO PROCESO!!!..COMO OCURRIÓ CON VIZCARRA!!!...ESTÁ CLARO??..OJITO, OJITO!!!
En algunos estados cuando se agarraban a personas como chivos expiatorios y encaminaban todos los medios de prueba para culparlo, que delito cometen esas autoridades o no está tipificado.?
Si o no se abla de presunción de inocencia artículo 20 constitucional no torturas torturas a alguien le quitas su inocencia y lo haces culpáble de un delito que no cometió si o no quiere decir qué Heres falso culpable y si no lo reconoces es corrupción o que no
Antes de la Constitución de 1917 y antes de la Constitución de 1857 ya existía este derecho pero por conveniencia del estado y su sistema penal inquisitivo no lo incluía por manipulación de la doctrina, del ejercicio del derecho y el propio poder judicial, ejecutivo en la ONU ya existía este derecho humano, como Norma suprema y es por una tesis jurisprudencial que aborda este derecho a un derecho polidretico, porque acepta tres fases en la práctica
Pero en el sistema mal llamado inquisitivo no se incluía para todos los casos lo cual generaba una coherencia de sistema jurídico l, con la intromisión poco coherente y poco racional del sistema de derecho anglosajón la presunción de inocencia se utiliza a conveniencia para ciertos casos y deja afuera otros, de hecho es la manipulación doctrinaria de los tratadistas y académicos anglosajones incrustadas en políticas del derecho internacional apreciadas por la ONU que la presunción de inocencia se transforma en la presunción dinámica de inocencia en dónde a través de la ficción de "grupos vulnerables" como mujeres o niños se invierte dicha presunción, qué significa que por ejemplo si una mujer acusa de un crimen a su pareja se ha de presumir por verdadero su testimonio y quién ha de probar su inocencia es el acusado, ahí estriba el mayor peligro del sistema doctrinario anglosajón qué es bastante irracional y muy poco coherente, en realidad en esos sistemas no se busca la verdad sino al mejor defensor, por eso es que prima tanto el relativismo jurídico en esos países y de hecho ni siquiera se requiere que se fundamente la decisión judicial, por qué prima el convencimiento subjetivo lo cual lo hace bastante peligroso ya que carece de una auténtica garantía jurídica.
Es un poco erróneo los comentarios, el principio de presunción de inocencia ya se encontraba en nuestro esquema jurídico, a la luz del artículo 14 párrafo segundo de la Constitución, el debido proceso, también conocido como The Due Process of Law. Además el artículo 135 contempla como parte del derecho mexicano los tratados internacionales, y éstos ya contemplaban el principio de presunción de inocencia antes de la reforma constitucional en México del 2008 y la del 2011.
Yo no estudie Derecho por la forma tan enredada en la que me explicaron durante algún primer semestre de la prepa ahora que escucho a Miguel y sus invitados me es fácil entender 👏🏻👏🏻👏🏻
POR SIMPLE LÓGICA, SENTIDO COMÚN Y BUENA FÉ!!!...QUE SON LOS PRINCIPIOS BÁSICOS CON LOS QUE SE ELABORAN LAS LEYES DE UNA CONSTITUCION!!!!....TODA PERSONA SE CONSIDERA INOCENTE, HASTA QUE SE LE DEMUESTRE LO CONTRARIO!!!!....SIN EMBARGO, "DEBIDO A LA DICTADURA DEL CRIMEN ORGANIZADO QUE VIVIMOS EN EL PERÚ"!!!!!....QUIENES SON "DUEÑOS DE TODOS LOS PODERES Y AUTORIDADES PERUANOS"!!!....ÉSTOS DECIDEN "DECLARAR COMO INOCENTES A DELINCUENTES CONVICTOS Y CONFESOS QUE PERTENECEN A SU MAFIA"!!!...ASÍ COMO "DECLARAR CULPABLES A LOS PERSONAJES QUE SE OPONEN A SU MAFIA"!!!...SIN NI SIQUIERA SEGUIR EL JUSTO PROCESO!!!..COMO OCURRIÓ CON VIZCARRA!!!...ESTÁ CLARO??..OJITO, OJITO!!!
mucho texto
En algunos estados cuando se agarraban a personas como chivos expiatorios y encaminaban todos los medios de prueba para culparlo, que delito cometen esas autoridades o no está tipificado.?
Si, ahora salen todos los delincuentes aunque los agarren infraganti.
Saludos Dr Carbonell
Gracias Gracias
Si o no se abla de presunción de inocencia artículo 20 constitucional no torturas torturas a alguien le quitas su inocencia y lo haces culpáble de un delito que no cometió si o no quiere decir qué Heres falso culpable y si no lo reconoces es corrupción o que no
Antes de la Constitución de 1917 y antes de la Constitución de 1857 ya existía este derecho pero por conveniencia del estado y su sistema penal inquisitivo no lo incluía por manipulación de la doctrina, del ejercicio del derecho y el propio poder judicial, ejecutivo en la ONU ya existía este derecho humano, como Norma suprema y es por una tesis jurisprudencial que aborda este derecho a un derecho polidretico, porque acepta tres fases en la práctica
Pero en el sistema mal llamado inquisitivo no se incluía para todos los casos lo cual generaba una coherencia de sistema jurídico l, con la intromisión poco coherente y poco racional del sistema de derecho anglosajón la presunción de inocencia se utiliza a conveniencia para ciertos casos y deja afuera otros, de hecho es la manipulación doctrinaria de los tratadistas y académicos anglosajones incrustadas en políticas del derecho internacional apreciadas por la ONU que la presunción de inocencia se transforma en la presunción dinámica de inocencia en dónde a través de la ficción de "grupos vulnerables" como mujeres o niños se invierte dicha presunción, qué significa que por ejemplo si una mujer acusa de un crimen a su pareja se ha de presumir por verdadero su testimonio y quién ha de probar su inocencia es el acusado, ahí estriba el mayor peligro del sistema doctrinario anglosajón qué es bastante irracional y muy poco coherente, en realidad en esos sistemas no se busca la verdad sino al mejor defensor, por eso es que prima tanto el relativismo jurídico en esos países y de hecho ni siquiera se requiere que se fundamente la decisión judicial, por qué prima el convencimiento subjetivo lo cual lo hace bastante peligroso ya que carece de una auténtica garantía jurídica.
Es un poco erróneo los comentarios, el principio de presunción de inocencia ya se encontraba en nuestro esquema jurídico, a la luz del artículo 14 párrafo segundo de la Constitución, el debido proceso, también conocido como The Due Process of Law. Además el artículo 135 contempla como parte del derecho mexicano los tratados internacionales, y éstos ya contemplaban el principio de presunción de inocencia antes de la reforma constitucional en México del 2008 y la del 2011.
Una vez mas decepcionante el Abogado Miguel Carbonell, la presunción de inocencia se debe respetar
Realmente no me gusta este nuevo sistema.
Que dijo? Andas cantinfleando abogado.
CANTINFLIARON Y NO DIJERON NADA..............TOTAL