Muy bien explicado ojalá esta sea la postura en todo el mundo es preferible que se escape algún culpable que un inocente sea condenado es increíble que esto que acaba de explicar el profe no se cumpla no respetar el principio de inocencia es una aberración ala justicia
Nuestro sistema de justicia es un circo y los abogados y jueces son los payasos del sistema, la ley no interesa, solo importa quien eres y a quienes conoces y cuanto dinero tienes para acusar o defenderte. Esa es la ley en el Perú.
La sufiencia de la actividad probatoria, no se refiere a la cantidad de prueba (quantum probatorio), sino a la calidad probatoria sobre el nucleo duro de imputacion que vincula al agente del delito (cualidad de la prueba). Se puede condena con una sola prueba de calidad.
Las reglas y leyes del codigo penal y procesal penal son claras,pero en la,práctica no lo son,esos sres del tren de aragua,atrapados con armas, drogas,etc ,con toda la evidencia, y luego son liberados por el fiscal
O que te condenan o tratan como culpable sin pruebas,sin evidencias ,solo por el acuerdo entre el demandante y el juez o el que tiene más plata siempre gana?
Curioso, en El Salvador existe la "presunción de inocencia"..... En el gobierno los policías y militares son los jueces.....SOS CULPABLE SI LES CAÍSTE MAL. EL PRESIDENTE TE ACUSA A TRAVÉS DE TWITTER....."CULPABLE".
O el caso Castillo ,ni una sola prueba de calidad y esta siendo tratado como el peor delincuente y preso por 36 meses ,la máxima pena, que no le dan ni al peor asesino ,ni violador, es un juicio politico
aquellos abogados, que sabiendo que sus clientes son corruptos o criminales. tambien deverian ir a la carcel por complies, solo ven el dinero y fama. dinero que sale del mismo pueblo para pagar a estos verdaderos Zanganos con corbata
¿ QUÉ IMPLÍCA *" SENTENCIA DEBIDA- MENTE MOTIVADA ? O SÉA ¿ CUÁNDO SE REPUTA **" DEBIDAMENTE MOTIVA- DA ? EH? GRACIAS ! 2 ) PROFÉSOR ; PERO A DECIR VERDAD , LA LÉY PROCESAL CONCERNIENTE A LAS EXIGENCIAS QUE DEBE SATISFACER LA PRUEBA ; LAS CUALES , EN SU GRAN MAYORÍA , SE.TRATAN DE VIOLACIONES DE FORMAS E IRRELEVANTES POR NÓ HABERSE AFECTADO PARA.NADA LA PRESUNCIÓN. Y/0 HABER VIOLADO DERECHO DE DEFENSA ALGUNA , SINO, SINO , QUE POR EL CONTRARIO , LA LEY SOBREPROTEGE TANTO AL PRSUNTO HIJOPT. QUE. SIN MÁS MI MÁS SE DISPARA LLAMÁNDOLAS " ILÍCITAS" EN VEZ DE, DEJAR QUE EL IMPUTADO PRUEBE , REPITO , DEMUESTRE QIE TAL O CUAL VIOLACIÓN DE.PURA FORMA..LE HAYA AFECTADO O COLCULCADO DERECHO DE DEFENSA O QUE LE HAYA DEJADO EN. ESTADO DE INDEFENSIÓN!
CARAY ; PARA ATERRIZAR EL PRINCIPIO LA MEJOR MANERA DE EXPLICARLO ES DE LA MANER SIGUIENTE : ¿ EN QUE CONSISTE EL COROLARIO PRACTI CO DE APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA ? RESP : CONSISTE EN QUE EL INCULPADO NO TIENE QUE PROBAR NADA DE NADA .SINO, SINO POR EL CONTRARIO , ES AL INCULPADO QUE HAY QUE PŔOBÁRSELO TODO , TODO , OK??
Excelente cátedra Dr. Benji Espinoza, muchas gracias por compartir sus conocimientos, siga subiendo más videos.
LÉÉME Y PONDERA MIS OPINIONES Y, Y, VERÁS QUE
VALE LA PENA //
Muy bien explicado ojalá esta sea la postura en todo el mundo es preferible que se escape algún culpable que un inocente sea condenado es increíble que esto que acaba de explicar el profe no se cumpla no respetar el principio de inocencia es una aberración ala justicia
Nuestro sistema de justicia es un circo y los abogados y jueces son los payasos del sistema, la ley no interesa, solo importa quien eres y a quienes conoces y cuanto dinero tienes para acusar o defenderte.
Esa es la ley en el Perú.
si lo sabes, xq sigues aqui entonces.
Excelente Cátedra, muchas gracias.
Éxitos doctor!!
Gracias por la información
Gracias, Doctor.
La sufiencia de la actividad probatoria, no se refiere a la cantidad de prueba (quantum probatorio), sino a la calidad probatoria sobre el nucleo duro de imputacion que vincula al agente del delito (cualidad de la prueba). Se puede condena con una sola prueba de calidad.
Muchas gracias!!!
Difundan este vídeo a todos los PERIODISTA del Perú que se ALUCINAN Jueces con derecho condendar basandose en puros CHISMES.
Este canal es mexicano?? Alguien sabe
Las reglas y leyes del codigo penal y procesal penal son claras,pero en la,práctica no lo son,esos sres del tren de aragua,atrapados con armas, drogas,etc ,con toda la evidencia, y luego son liberados por el fiscal
O que te condenan o tratan como culpable sin pruebas,sin evidencias ,solo por el acuerdo entre el demandante y el juez o el que tiene más plata siempre gana?
Excelente!!! 🙏
Curioso, en El Salvador existe la "presunción de inocencia".....
En el gobierno los policías y militares
son los jueces.....SOS CULPABLE SI LES CAÍSTE MAL.
EL PRESIDENTE TE ACUSA A TRAVÉS DE
TWITTER....."CULPABLE".
O el caso Castillo ,ni una sola prueba de calidad y esta siendo tratado como el peor delincuente y preso por 36 meses ,la máxima pena, que no le dan ni al peor asesino ,ni violador, es un juicio politico
grande
aquellos abogados, que sabiendo que sus clientes son corruptos o criminales. tambien deverian ir a la carcel por complies, solo ven el dinero y fama. dinero que sale del mismo pueblo para pagar a estos verdaderos Zanganos con corbata
👏🏻👏🏻👏🏻🇵🇪🔥🔥🔥💓
💪📚
¿ QUÉ IMPLÍCA *" SENTENCIA DEBIDA-
MENTE MOTIVADA ? O SÉA ¿ CUÁNDO
SE REPUTA **" DEBIDAMENTE MOTIVA-
DA ? EH? GRACIAS !
2 ) PROFÉSOR ; PERO A DECIR VERDAD ,
LA LÉY PROCESAL CONCERNIENTE A
LAS EXIGENCIAS QUE DEBE SATISFACER
LA PRUEBA ; LAS CUALES , EN SU GRAN
MAYORÍA , SE.TRATAN DE VIOLACIONES
DE FORMAS E IRRELEVANTES POR NÓ HABERSE AFECTADO PARA.NADA LA
PRESUNCIÓN. Y/0 HABER VIOLADO DERECHO DE DEFENSA ALGUNA , SINO,
SINO , QUE POR EL CONTRARIO , LA LEY
SOBREPROTEGE TANTO AL PRSUNTO HIJOPT. QUE. SIN MÁS MI MÁS SE DISPARA LLAMÁNDOLAS " ILÍCITAS"
EN VEZ DE, DEJAR QUE EL IMPUTADO
PRUEBE , REPITO , DEMUESTRE QIE TAL O CUAL VIOLACIÓN DE.PURA FORMA..LE
HAYA AFECTADO O COLCULCADO DERECHO DE DEFENSA O QUE LE HAYA
DEJADO EN. ESTADO DE INDEFENSIÓN!
Clarísimo
Benji chuamela
Los libros no comen !
CARAY ; PARA ATERRIZAR EL PRINCIPIO LA MEJOR MANERA DE EXPLICARLO ES DE LA MANER SIGUIENTE : ¿ EN QUE CONSISTE EL COROLARIO PRACTI CO DE APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA ?
RESP : CONSISTE EN QUE EL INCULPADO NO TIENE QUE PROBAR NADA DE NADA .SINO,
SINO POR EL CONTRARIO , ES AL INCULPADO QUE HAY QUE PŔOBÁRSELO TODO , TODO , OK??