Prisión preventiva y arraigo. Criterios de la Corte Interamericana

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  • Опубліковано 23 вер 2024
  • La Corte Interamericana emitió dos sentencias notificando a México eliminar la figura de prisión preventiva oficiosa y arraigo.
    En un programa especial del canal de Televisión del Poder Judicial de la Federación analizamos los criterios de la Corte Interamericana en sus sentencias en los Casos: Tzompaxtle Tecpile y otros vs. México; y García Rodríguez y otro vs. México.
    En estas sentencia se condenó a México por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, a las garantías judiciales, a la igualdad ante la ley y a la protección judicial.
    Bajo la conducción del jurista, el Dr. Miguel Carbonell conversa con:
    - Magistrada Lorena Pérez Romo, Magistrada de Circuito adscrita al 5TCC en materia penal del Primer Circuito.
    - Juez de Distrito, Eduardo Osorio Rosado.

КОМЕНТАРІ • 50

  • @ma.angelicahernandezsanche7218

    Magistrada excelente intervención, la discrepancia de criterios es importante y necesaria en un Estado de derecho.

  • @alejandrohernandez986
    @alejandrohernandez986 Рік тому +3

    Muchas gracias como siempre me han ayudado en mi tarea de complejo y argumentacion juriduca, y la juez es un amor, Carbonell siempre a la vanguardia del derecho, saludos desde la URC Plantel Coyoacán cuidad de Mexico,licenciatura Derecho y Criminología...

  • @bettyvalladolid8221
    @bettyvalladolid8221 Рік тому +4

    Gran visión del Juez. Por más jueces así, que privilegien los DDHH antes que la forma.

  • @blancamontes1417
    @blancamontes1417 6 місяців тому +3

    Excelente explicación

  • @Goz7Alma
    @Goz7Alma 5 місяців тому +2

    Los amo!!!
    Y cómo discrepan en sus criterios.
    Gracias, gracias!!
    Por enriquecer tanto mi espacio.

  • @BenjaminReséndiz-p2k
    @BenjaminReséndiz-p2k 9 місяців тому +3

    Xque ay tantas ay muchas personas privadas de su libertad simplemente x señalamientos los jueces abrían de pedir pruebas

  • @rahmsesjarquin2247
    @rahmsesjarquin2247 Рік тому +2

    La charla estuvo sumamente interesante, principalmente por la colocación de criterios en la aplicación de la cortada sentencia, me encantó que existiera diversidad de criterios, no como en otras ocasiones en dónde todos se dan la razón mutuamente y no existe contraste.
    Gracias por un aporte tan valioso a la comunidad jurídica.

  • @soniaramirez8689
    @soniaramirez8689 Місяць тому

    Sigan con este tema.

  • @HonorioCastañeda-f7s
    @HonorioCastañeda-f7s Рік тому +4

    Ami hijo lo detuvieron po una sospecha de robo no comprobado porque no etaba en el lgar de los hechos ni en la hora y tiene3 meses de pricion preventiba pedimos ayuda

  • @luiscruzmateo606
    @luiscruzmateo606 Рік тому +1

    Buena noche. Excelente

  • @jorgeromelvela6585
    @jorgeromelvela6585 Місяць тому

    Se me hace muy obtusa la visión de ésa Magistrada la verdad..bien por el criterio de aplicación del Juez..

  • @lourdessanchez4159
    @lourdessanchez4159 3 місяці тому +3

    *Unheard* unos parientes de mi Padre, planearon con premeditación, alevosía y ventaja, el homicidio de mi Padre, y andan libremente por la calle, pavoneandose!!!

  • @faustovarela6546
    @faustovarela6546 4 місяці тому

    muuyyy interesante gracias por el contenido

  • @ricsin3014
    @ricsin3014 Рік тому +1

    Excelente....

  • @Dra.ErikaFarfan
    @Dra.ErikaFarfan Рік тому +1

    sin duda alguno dos temas importante, ayudará mucho a los litigantes y operadores, coincido con el Juez no tienen porque esperar una interpretación o comunicado por parte de la SCJN.

  • @catalinamata
    @catalinamata Рік тому +1

    Buenazo programa !!!

  • @carleshgarcia
    @carleshgarcia 8 місяців тому +2

    No podemos esperar a que deseen modificar la constitución.

  • @felixjesuscabelloescobar8577
    @felixjesuscabelloescobar8577 4 місяці тому

    Brillantes!!@

  • @obedflores5951
    @obedflores5951 Рік тому +2

    Muy interesante las exposiciones ,pero esty de acuerdo con la interpretación del juez Osorio,es estudiar de oficio la prisión preventiva oficiosa ,derivada de estos nuevas sentencias de la Corte Interamericana ,se debe estudiar la imconvencionalidad de esta ppo ,sin necesidad q la Suprema Corte de Justicia de nuestro País se pronunció ,basado en el principio Pro persona y el Control difuso eso es lo w se establece en la última sentencia de la Corte Interamericana

  • @cureoseando10
    @cureoseando10 Рік тому +9

    Me quede incrédulo por lo que dice esa Magistrada :O No ha leído la sentencia de la CoIDH

  • @kibacamaru
    @kibacamaru Рік тому +1

    Excelente tema!

  • @letyroochapa6934
    @letyroochapa6934 Рік тому +1

    Gracias por, ponernos al tanto de los criterios jurídicos que están en análisis....gracias.

  • @gladyslopez9018
    @gladyslopez9018 7 місяців тому +1

    Se llama inquisición, el arraigo es un instrumento político.

  • @jesusgonzalez-rm3kr
    @jesusgonzalez-rm3kr 2 місяці тому

    Este situación permite al juzgador utilizar su libre albedrio

  • @JesusReyes-kl5tx
    @JesusReyes-kl5tx Рік тому +2

    Es un poco ignorante la magistrada. Debería vender memelas, menos ser ser operadora de justicia.

  • @lourdessanchez4159
    @lourdessanchez4159 3 місяці тому +2

    Dr. Carbonell si Lee usted los comentarios?

  • @nobu3497
    @nobu3497 Рік тому +2

    Me parece que el tiempo y la práctica jurídica determinarán las pautas bajo las cuales los jueces de las diversas competencias, habrán de regir en sus resoluciones relativas a la imposición de la prisión preventiva, en especial si es de carácter oficioso, por que la magistrada Pérez Romo tiene razón en decir que el legislativo tendrá que reformar la constitución en ese aspecto, pero por otro lado, cierto es también que, en atención a lo que establece el artículo 133 constitucional, hasta en tanto no se establezca expresamente la aplicación de la prisión preventiva como medida cautelar excepcional y/o justificada, no oficiosa, queda a criterio del juzgador atender a lo que establece el segundo párrafo del artículo 19 constitucional, observando así también lo establecido en la sentencia de la CIDH y a lo que en cada caso en concreto se analice

  • @gerardomendezmartinez
    @gerardomendezmartinez Рік тому +1

    Llama la atención el criterio de la Magistrada, tan fácil y tan sencillo es entenderlo que cuando se trata de un derecho humano tan importante como lo es la libertad personal, el sistema jurídico mexicano a raíz de la reforma en materia de DH de 2011 adoptó el principio pro persona, y ahora con éstas sentencias de la CIDH viene a recalcar que los Juzgadores en México deben de ponderar aún más que norma favorece más a aquellos privados de su libertad oficiosamente. Qué le hacemos Magistrada, vivimos en un país garantista. 🤷🏻‍♂️

  • @CARLOS-oc3jj
    @CARLOS-oc3jj Рік тому +4

    2:43 La magistrada, para definir la prision preventiva oficiosa, menciona que es una medida cautelar dictada por “juzgadores competentes” y de manera “temporal”. Como si esas fueran características de que distinguieran a esa prisión de otras. 😒

    • @pauloeduardoalfaromoreno1417
      @pauloeduardoalfaromoreno1417 4 місяці тому

      Es irrisorio por parte de los jueces el decir no me adelantó a decir que con esta medida UD sea culpable del delito pero lo pongo en prision por un año y nos quedamos pasmados al oírlo de una persona que administra justicia decir tales palabras

    • @pauloeduardoalfaromoreno1417
      @pauloeduardoalfaromoreno1417 3 місяці тому

      Oficiosa o justificada es masacrar los derechos del imputado sin saber aún su culpabilidad

    • @pauloeduardoalfaromoreno1417
      @pauloeduardoalfaromoreno1417 3 місяці тому

      No entiendo la inteligencia de estos que se dicen jueces magistrados te impongo prisión preventiva pero no es prision si eres culpable se te descontará el tiempo de detención y si eres inocente te soltamos ?y la vida dztruida de la persona como la reponen estos super inteligentes seres humanos

  • @serafinasolisolvera3747
    @serafinasolisolvera3747 Рік тому +1

    🙏🙏

  • @fatimahernandez8178
    @fatimahernandez8178 Рік тому +1

    Me parece interesante lo que menciona la magistrada. ¿ dónde quedan las víctimas ?

  • @valeriaixchel
    @valeriaixchel Рік тому +1

    👏🏽👏🏽👏🏽

  • @gladyslopez9018
    @gladyslopez9018 7 місяців тому +1

    En realidad la medida cautelar es una pena, digan lo que digan.

    • @pauloeduardoalfaromoreno1417
      @pauloeduardoalfaromoreno1417 4 місяці тому

      Cómo la quieran disfrazar te meten preso sin saber si eres culpable deplorable la constitución que nos rige

  • @CARLOS-oc3jj
    @CARLOS-oc3jj Рік тому +1

    12:56 “cometisteS” un delito

  • @pauloeduardoalfaromoreno1417
    @pauloeduardoalfaromoreno1417 4 місяці тому

    Cuando te cconceden amoaro contra ppj y dictan poner otra medida te pueden poner la ppo

  • @alejandrobledt874
    @alejandrobledt874 5 місяців тому +1

    Pero nunca salir de gente gacha

  • @CarlosPerez-zl2cf
    @CarlosPerez-zl2cf 4 місяці тому

    Da la impresión que la magistrada no está de acuerdo en la inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa, postura nada progresista.