USUCAPION DE BUENA FE, FRENTE A GRAVÁMENES, COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO

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  • Опубліковано 28 сер 2024
  • EN ESTE VIDEO SE REFLEXIONA SOBRE LA PROBLEMÁTICA DE LA USUCAPION DE BUENA FE FRENTE A UN GRAVAMEN, MODALIDAD DE COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO Y OBLIGACIÓN REAL

КОМЕНТАРІ • 78

  • @guillermobobadilla3007
    @guillermobobadilla3007 Рік тому +6

    De los mejores jueces en materia civil del edomex!!!

  • @victoralfonsocastillo2571
    @victoralfonsocastillo2571 Рік тому +4

    Saludos y bendiciones maestro dios lo conserve lleno de salud.

  • @MARYLUBONILLA
    @MARYLUBONILLA Рік тому +3

    Eso de las rentas no me lo sabía

  • @adriannunez2375
    @adriannunez2375 3 місяці тому +1

    Gracias por ilustrarnos, es de gran ayuda para los que seguimos en el camino del aprendizaje.

  • @Revolucionmetalera
    @Revolucionmetalera Рік тому +2

    Excelente video, gracias maestro por compartir sus conocimientos.

  • @mtra.marthahaydeesalinasra4468

    Siempre es un privilegio escucharlo, espero mejore su salud

  • @MIGUELMARTINEZRODRIGUEZ-qq2xl
    @MIGUELMARTINEZRODRIGUEZ-qq2xl Рік тому +2

    Buena tarde Maestro...

  • @MARYLUBONILLA
    @MARYLUBONILLA Рік тому +2

    Muy interesante Maestro. Gracias por compartir Justo me consultaron sobre un tema muy parecido, me quedé con la duda de algo que comento que procede a los 10 años con la hipoteca

  • @aliciamanjarrezmorales717
    @aliciamanjarrezmorales717 11 місяців тому +1

    Felicidades maestro. Su alumna. Alicia Manjarrez de Culiacán. Excelente

  • @miriamivonnequinterocortes2677

    Que gusto escucharle Doctor.
    Como siempre, agradezco beneficiarme con sus aportaciones prácticas.
    Ojalá pueda revisar su correo para la invitación académica.
    Que siga mejorando.

  • @MARYLUBONILLA
    @MARYLUBONILLA 9 місяців тому +1

    Ojalá y muchos jueces fueran como usted con ese razonamiento humanista hoy Justo platicaba con una colega como el concubinato deja en desventaja patrimonial a las concubinas donde si bien no hay un régimen patrimonial hay un trato discriminatorio en comparación con los matrimonios sujetos a separación de bienes pues la ley hoy las beneficia patrimonialmente hasta con el 50% de los bienes ya no es cada quien lo suyo luego entonces si en el concubinato es un cada quién lo suyo no deberían beneficiarse de la misma forma que los matrimonios bajo el régimen de separación de bienes usted que opina yo veo una discriminación normativa que pone en desventaja a las concubinas

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  8 місяців тому +1

      No la debe de haber, empero el concubinato es como el matrimonio en régimen de separación de bienes y puede recibir hasta y no un 50%, con esto se pone al mismo nivel que el matrimonio, esto se da en estado de México, creo en la CDMX es distinto

    • @MARYLUBONILLA
      @MARYLUBONILLA 8 місяців тому

      @@IUSETjorge70 si maestro aquí el la CDMX es horrible el trato discriminatorio hacia las concubinas

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  8 місяців тому

      @@MARYLUBONILLA creo que valdría la pena hacer una buena argumentación jurídica desde la perspectiva de los derechos humanos

  • @user-vn8ld8sw8i
    @user-vn8ld8sw8i 5 місяців тому +1

    Un placer conocerle 👌🙏🙏🙏✌

  • @user-yo4yx7wy4q
    @user-yo4yx7wy4q Рік тому +1

    tendrá una capsula sobre camcelación de hipoteca ante el registro público de la propiedad

  • @MARYLUBONILLA
    @MARYLUBONILLA Рік тому +1

    Saludos Maestro

  • @dulcejohanavazquez8235
    @dulcejohanavazquez8235 4 місяці тому +1

    Excelente información su señoría, tendrá algún curso más completo sobre este tema?

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  2 місяці тому

      Hola ya he dado varios búsqueme en Facebook donde publico mis cursos

  • @MARYLUBONILLA
    @MARYLUBONILLA Рік тому +1

    Compartido de mil amores

  • @user-gw6tn4ly3l
    @user-gw6tn4ly3l 7 місяців тому +1

    Buenas tardes maestro, muy interesante y clara su explicación, ahora bien en este caso muy particular, que ocurre si la parte conpradora con reserva de dominio vende a otra persona mediante un contrato privado de conpra y venta con la condición de que este cumpla con la clausula de reserva de dominio?
    Aqui el ahora propietario y poseedor cumplio con el ultimo pago que era obligacion del adquirente con reserva de dominio, es decir tiene el documento de pago en su poder, pero de acuerdo a su conocimiento y experiencia, es conveniente que promueva la prescripción y exhiba el pago o hay otro procedimiento jurídico?? Le agradecería su punto de vista esperando haya entendido el problema.

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  6 місяців тому

      Entre el adquirente y el vendedor celebraron un contrato o solo pagó el finiquito de la reserva de dominio

  • @MARYLUBONILLA
    @MARYLUBONILLA Рік тому +1

    Ya es famoso Maestro ❤❤❤
    Soy su fan

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому +1

      Porque dice eso

    • @MARYLUBONILLA
      @MARYLUBONILLA Рік тому +2

      @@IUSETjorge70 porque se ke quiere y se le reconoce en el
      Foro jurídico, yo siempre oigo cosas buenas de usted

  • @victorguzman4440
    @victorguzman4440 Рік тому +2

    Maestro, para poder usucapir un inmueble que está hipotecado, ¿se debe llamar a juicio al acreedor hipotecario y al titular Registral?. De antemano, gracias.

  • @herlindaespinosa3125
    @herlindaespinosa3125 Місяць тому

    Hola maestro podría tratar el tema de cuando por ejemplo son 10 herederos, declarados todos como herederos y 5 están en el inmueble y no se salen de el

  • @carmenavalos2147
    @carmenavalos2147 Рік тому +1

    Excelente tema!!!
    Mil gracias

  • @omarortega1901
    @omarortega1901 Рік тому +2

    Saludos Maestro un honor escucharlo y que dios me lo bendiga y cuide de su salud; si pudiera hablar de el divorcio sin expresión de causa pero muy en especial de la pensión compensatoria y resarcitoria, gracias

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому +1

      Ya he hecho video de ambos temas chequelos y si es necesario ahondar sobre algún punto hágamelo saber

    • @omarortega1901
      @omarortega1901 Рік тому

      @@IUSETjorge70 ok Maestro lo checo, excelente día y gracias

    • @dancor856
      @dancor856 Рік тому

      ​@@IUSETjorge70 MAESTRO, UNA PREGUNTA ❓ CUÁL SERÍA EL CAMINO IDÓNEO PARA INTERPRETAR EL AMPARO 4646, CON LA FINALIDAD DE GENERAR UN PRECEDENTE EN LA INTEGRACIÓN DE LA NORMA, EN PRO DE DERECHOS HUMANOS DE SUJETOS DENTRO DE UN PROCEDIMIENTO.
      SI LO PUDIESE ANALIZAR Y HACER UN VÍDEO, ES UN TEMA INTERESANTE... INCLUSO PARA UNA COMO MÍNIMO UNA TÉSIS DE POSGRADO....
      GRACIAS, SALUDOS.

  • @PrinceZazhul
    @PrinceZazhul 6 днів тому

    Gentil Maestro, espero pueda orientarnos, un terreno de 4 hectareas escriturado en él estado de Morelos fue fraccionado y vendido a diversos comoradores hace mas de 10 años, se hizo promesa de compraventa pero tiene el precio fijo y especifica que se da en posesión al concluir el 70% del precio, algunos escrituraron pero la gran mayoria dejamos pasar el tiempo y fallecio el vendedor en la pandemia, el poder notarial de la inmobiliaria que hacía los trámites caducó por lo que el notario se niega a que los que eran apoderados sigan tramitando escrituras, los herederos no quieren firmar nada, no sabemos del estado susesorio o las condiciones testamentarias, queremos iniciar usucapion... En su opinion qué comentarios o recomendaciones le merece nuestro caso para que proceda la usucapion a buen término, es posible demandar todos los propietarios en un mismo juicio o es arriesgado??

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  22 години тому

      hola gracias por la confianza, es un tramite individual y si conocen el expediente donde se tramita la sucesión pueden pedir que se les informe si ya existe nombramiento de albacea y con el poder emplazar, esto por medio del juez que conozca la sucesión, en caso de que no exista albacea se tendrá que nombrar un interventor, asimismo si no saben si ya se inicio la sucesión la tendrá que iniciar cualquiera y nombrar un interventor, empero, en el supuesto caso que ya se haya iniciado los informes del archivo general de notarias establecerá en que juzgado esta iniciada, espero haberme explicado

  • @franciscojavierpadronestra6326
    @franciscojavierpadronestra6326 7 місяців тому +1

    Excelente cápsula licenciado, solo una pregunta una vez que una persona se subroge en la hipoteca, podrá seguir pagando el crédito

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  7 місяців тому

      Sí claro y estar legitimado por la sentencia en exigir la cancelación de esta aunque no podrá pedirlo directamente en su caso lo podrá hacer ejerciendo la acción negatoroa

  • @smgss5334
    @smgss5334 Місяць тому

    Cuanto cobra la asesoria?

  • @erikvillalba-om3br
    @erikvillalba-om3br 4 місяці тому

    Excelente maestro.
    Muchas gracias por compartir su conocimiento.
    Como propuesta, creo que dentro de las problemáticas de la usucapión también deberían de considerarse los casos en los que el inmueble ya se enajenó en diversas ocasiones ya sea por el mismo titular registral, o de manera sucesiva entre el que le compro al titular registral y este a su vez le vendió a otro y este otro a otro, me parece que seria interesante.

  • @user-tn1wt2jl4z
    @user-tn1wt2jl4z Рік тому +1

    Su señoria, excelente contenido, ¿Donde puedo localizarlo para una consultoria?

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  2 місяці тому

      Hola perdón por la tardanza en la respuesta, puede ver mi página de Facebook o bien al correo jsandovalr7029@gmail.com

  • @1446672
    @1446672 Рік тому +1

    Su señoría, disculpe tendra alguna cápsula jurídica que hable de inmatriculacion y de usucapión por consumación

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому

      Tengo una cápsula de inmatriculacion, pero si no abarca lo que ud desea hágalo saber para ampliar la información

  • @LuisNovelo-v8z
    @LuisNovelo-v8z 22 дні тому +1

    Maestro tengo una situación particular sobre un inmueble.
    Se adquirió un inmueble mediante contrato de promesa de compraventa, el importe pactado en el contrato se pago en tiempo y forma, sin embargo, no se escrituro hasta el día de hoy.
    Desafortunadamente la Constructora y fiduciario se declararon en quiebra y no hay a quien recurrir, resolver el problema.
    La posesión de dicho inmueble cumple con los términos para usucapir de buena fe, pero al existir el "gravamen", ¿es posible usucapir?
    De antemano muchas gracias.

  • @Carlosm881
    @Carlosm881 7 місяців тому

    Sr. Juez tengo una duda y pregunta a la vez, rente la casa en 2017, perdí el contrato y en 2018 me oferto el arrendador por la casa y le dije que lo pensaria, dure 3 años sin ir a la casa y en 2021 se la pedi a lo que me respondio que teniamos un trato por decir que lo pensaria sobre la venta, mi casa esta hipotecada por medio de fovissste y el contrato que redacto el inquilino no me parece la oferta. La pregunta es ¿puedo reivindicar y me pueden usucapir?

  • @vanessahuerta7915
    @vanessahuerta7915 Рік тому

    IUS ET@
    Maestro quiero una consultoria....a que numero me counico....

  • @MARYLUBONILLA
    @MARYLUBONILLA Рік тому +1

    Tengo una duda puede prescribir la obligación de otorgar firma y escritura si no se liquidó el precio del bien inmueble

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому +2

      No confundir, una cosa es la obligación de pago y otra la formalidad del acto, la primera si prescribe es decir la exigibilidad del pago y la formalidad no, espero haberme explicado

    • @MARYLUBONILLA
      @MARYLUBONILLA Рік тому

      @@IUSETjorge70 si maestro, muchas gracias

  • @victorguzman4440
    @victorguzman4440 Рік тому

    Maestro, muchas gracias por compartir. Una pregunta, ¿se puede adjudicar un inmueble que tiene hipoteca?, de ser afirmativo, ¿se debe llamar al acreedor hipotecario al juicio sucesorio? O ¿qué se tendría que hacer?. De antemano, gracias.

  • @ricardojimenez3233
    @ricardojimenez3233 2 місяці тому +1

    Buenas noches Su Señoría, la posesión que se adquiere por virtud de un contrato de compraventa donde el vendedor es el heredero universal, y se compromete a escriturar en favor del comprador una vez que sea tirada la escritura de adjudicación, es de buena o de mala fe? Es un título viciado?

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  2 місяці тому

      No entiendo la pregunta es para promover una uducapion o bien una accionnproforma

    • @ricardojimenez3233
      @ricardojimenez3233 2 місяці тому

      Para promover la usucapión porque el vendedor después de 6 años dice que no ha podido lograr la escritura pública de adjudicación. La pregunta es, el que compró tiene posesión de buena o mala fe?
      Conoce el vicio de que quien le vendió es heredero y no propietario.

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  2 місяці тому

      @@ricardojimenez3233 el que compro tiene posesión de mala fe pues compro a sabiendas que el heredero todavía no era propietario,
      En el caso tendrá que demandar a quien le vende y la sucesión

    • @ricardojimenez3233
      @ricardojimenez3233 2 місяці тому

      Muchas gracias Su Señoría por su gran conocimiento. Reciba un fuerte abrazo.

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  2 місяці тому

      @@ricardojimenez3233 un detalle, importante que se me pasó fue que si ese bien fue adjudicado al heredero quien le vendió, ya no es necesario demandar a la sucesión porque hubo una confusión de derechos, no obstante como no ha escriturado no podría hacerlo porque el De cujus aparece como titular registral, entonces tendría que hacerlo como primero le dije

  • @karen.e.e.q2491
    @karen.e.e.q2491 Рік тому

    Hola licenciado una pregunta para saber si procede una suspencion desalojo
    Es conforme si se le viola el derecho de garantias y derechos humanos verdas
    Y por ejemplo si la parte actora cierra la puerta con candado, aquí si procede la suspencion verdad ya se que se le esta afectando
    Y otro ejemplo seria si introduce a una familia de inmediato aqui no seria una suspencion por que no se les está violentando sus derechos ni garantias por que ya hay un tramite verdad
    Sólo quisiera saber si estoy correcta de cuando procede o no la suspencion en estos supuestos, por que la verdad no los logró comprender del todo 😢

    • @karen.e.e.q2491
      @karen.e.e.q2491 Рік тому

      es que tengo dos supuestos de desalojo
      Una. Donde la parte actora cierra la puerta con candado
      Segunda. Cuando se introduce una familia de inmediato
      Y la pregunta es en cual de los dos procede la suspensión o en ninguna procede?
      A lo que entendí en la UNO SI procede y en la SEGUNDA no procede la suspensión , pero a lo concreto no se si este bien la respuesta

  • @012345galy
    @012345galy Місяць тому

    ¿Es posible la usucapion a un bien inmueble embargado? y se actualiza la litisconsorcio pasivo necesario con el que gravo el inmueble?

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  19 днів тому

      Estamos en presencia de dos derechos diversos el embargo deriva de un derecho personal y quien pretende uducapir de un derecho real, no puede actualizarse el lotisconsorcio dado que quien embarga y remata será el dueño mientras quien pretende usucapirlos estando vigente el embargo se subroga en los derechos del deudor, espero haberme explicado

  • @samaramiyamoto576
    @samaramiyamoto576 Рік тому

    Maestro, puedo hacerle una pregunta por inbox o un medio mas privado. Gracias

  • @marhuertach8164
    @marhuertach8164 4 місяці тому

    Y si quien vendió está en juicio de usucapion ? Pero se ignoraba cuando se compró ?

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  2 місяці тому

      Me podría explicar su pregunta, no la entiendo muy bien

  • @victoralfonsocastillo2571
    @victoralfonsocastillo2571 Рік тому +2

    Maestro, buenas noches en cuestión de l reserva de dominio por parte de corett hoy insus es esencial demandar a este instituto para la cancelación o bien se puede demandar y dentro de las pretensiones se puede oponer la caducidad de la reserva de dominio y otra pregunta es si la reserva de dominio la puede cancelar ante el registro público por el paso del tiempo y por la caducidad de la de ejercer la acción

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому +1

      Recuerde la reserva de dominio no es un gravamen al proceder la usucapion la reserva de dominio desaparece, espero haberme explicado

    • @vanessahuerta7915
      @vanessahuerta7915 Рік тому

      ​@@IUSETjorge70Maestro a que numero me comunico ocupo una consultoria...

  • @anarubiom4155
    @anarubiom4155 11 місяців тому

    Y si esta hipotecada por infonavit?

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  11 місяців тому

      Se puede por usucapir, es la pregunta, respuesta es si, si esa es, la pregunta, pero si me habla del acreditado e Infonavit no cobra es una prescripción negativa

  • @MARYLUBONILLA
    @MARYLUBONILLA Рік тому +1

    Tómese su tiempo primero la salud

  • @haroldloreto170
    @haroldloreto170 6 місяців тому

    La publicidad engañosa de la migración a EU es tremendamente fastidiosa y larga. Favor de retirarla

  • @estherrocionogalescorrales518
    @estherrocionogalescorrales518 3 місяці тому +1

    Porque no identifican pais, si saben que YOTUVE es mundial