Lucía, una pregunta, cuando una expareja se queda con el coche que está a mi nombre y no hace nada por arreglar ese asunto, llegando multas y pagos de impuestos de circulación al titular. Que es esto? Que se puede hacer?
Lucia , podrías hablar sobre la usurpación y la estafa. Me gusta tu programa y lo sigo, aunque todos los que necesito no los has publicado aun. Gracias por tus clases
Hola María José, gracias por tu comentario. Tomo nota, últimamente no estoy subiendo vídeos, me está costando sacar tiempo, pero me gustaría volver a hacerlo..gracias por las sugerencias. Un saludo!
Buenas Lucía Video super interesante . Quisiera hacer un apunte en referencia a las apropiaciones indebidas, te has dejado las apropiaciones por "cosa encontrada" por la extensión de la pena a pesar de la diferencia de pena se trata de un delito leve , exceptuando cosas de valor artístico etc... Un saludo
Hola Marcos, Gracias por el comentario. Te refieres al artículo 254, no? Sí, no lo incluí para que no se hiciera tan largo, quería sobre todo centrarme en los tipos básicos y las diferencias entre el hurto, robo y apropiación indebida, pero bien visto! Un saludo y hasta otra!
Hola Lucía, estoy en una encrucijada. Resulta que cómpre un artículo por internet, lo pago y recibo la factura, luego el pedido llega a mí casa. Hasta ahí todo correcto, pero resulta que la dependienta me hace un bizum devolviéndome el dinero y ahora dice que se lo debo devolver porque es un error suyo. El problema es que en principio se lo iba a devolver, pero me llamó y de forma muy maleducada y atacandome me dice que estoy cometiendo apropiación indebida y que debo devolverle el dinero. Pero como en vez de disculparse por las molestas que me está causando, se pone a acusarme de apropiación, pues ahora me pregunto si realmente eso es apropiación. Y me lo pregunto, porque leo el código penal y no veo la apropiación, pero el artículo 254 del Código penal me dá lugar a confusión. ¿Es apropiación indebida, o la devolución del dinero sería voluntaria por mí parte? Gracias.
Hola Lucía! Dándose alguna de las circunstancias del 235, tanto si el hurto excede de 400 euros, como si no, se castigaría con la pena de 1 a 3 años (235.1) o de 6 a 18 meses (234.1)?
Hola Javier! Cuando concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 235 del Código Penal la pena será de 1 a 3 años de prisión (art.235.1). Un saludo!
Hola Lucia, me apropie de un dinero que no era mío por una empresa en la que estuve trabajando porque me siguió pagando una nómina de 300 euros cada mes durante 5 meses. Me han reclamado el dinero y no tengo cómo pagar, estoy muy preocupado, crees que iré a la cárcel?
A la cárcel no vas a ir porque ni supera los 400€ por lo que, en todo caso, sería un delito leve. En todo caso, tendrías que pagar una multa. Intenta negociar con la empresa una devolución en diferido o que se lo vas a devolver poco a poco, o eso haría yo. Porque si ya tienes claro que es apropiación, mucho más no puedes hacer que devolverlo.
Gracias Lucia ❤️
me encanta como explicas, se me hace mas sencillo aprender.
Muchas gracias Sheila.. Me alegro de que te sirvan los vídeos. Que vayan muy bien los estudios. Un saludo!
Lucía, una pregunta, cuando una expareja se queda con el coche que está a mi nombre y no hace nada por arreglar ese asunto, llegando multas y pagos de impuestos de circulación al titular. Que es esto? Que se puede hacer?
Lucia eres una crack, muy buen contenido
Muchas gracias Javi!
sube mas videos!! muy buena explicacion
Muchas gracias Marina! Tengo intención de hacerlo. Un saludo!
Lucia , podrías hablar sobre la usurpación y la estafa.
Me gusta tu programa y lo sigo, aunque todos los que necesito no los has publicado aun.
Gracias por tus clases
Hola María José, gracias por tu comentario. Tomo nota, últimamente no estoy subiendo vídeos, me está costando sacar tiempo, pero me gustaría volver a hacerlo..gracias por las sugerencias. Un saludo!
Muy bueno el vídeo, perfecto, aunque habría que añadir ciertos matices.saludos.
Buen video amiga, saludos desde Colima México ✌🏿🌴
Gracias! Qué ilusión recibir saludos desde Mexico! Te mando otros desde Madrid.
Veo que también tienes un canal de UA-cam, con contenido interesante.. Mucha suerte con él!
Y cual seria la multa que nombras de 1 a 3 meses de que importe?
Buenas Lucía
Video super interesante .
Quisiera hacer un apunte en referencia a las apropiaciones indebidas, te has dejado las apropiaciones por "cosa encontrada" por la extensión de la pena a pesar de la diferencia de pena se trata de un delito leve , exceptuando cosas de valor artístico etc...
Un saludo
Hola Marcos,
Gracias por el comentario. Te refieres al artículo 254, no? Sí, no lo incluí para que no se hiciera tan largo, quería sobre todo centrarme en los tipos básicos y las diferencias entre el hurto, robo y apropiación indebida, pero bien visto!
Un saludo y hasta otra!
Gracias!!
Hola Lucía, estoy en una encrucijada. Resulta que cómpre un artículo por internet, lo pago y recibo la factura, luego el pedido llega a mí casa. Hasta ahí todo correcto, pero resulta que la dependienta me hace un bizum devolviéndome el dinero y ahora dice que se lo debo devolver porque es un error suyo. El problema es que en principio se lo iba a devolver, pero me llamó y de forma muy maleducada y atacandome me dice que estoy cometiendo apropiación indebida y que debo devolverle el dinero. Pero como en vez de disculparse por las molestas que me está causando, se pone a acusarme de apropiación, pues ahora me pregunto si realmente eso es apropiación. Y me lo pregunto, porque leo el código penal y no veo la apropiación, pero el artículo 254 del Código penal me dá lugar a confusión. ¿Es apropiación indebida, o la devolución del dinero sería voluntaria por mí parte? Gracias.
Hola Lucía! Dándose alguna de las circunstancias del 235, tanto si el hurto excede de 400 euros, como si no, se castigaría con la pena de 1 a 3 años (235.1) o de 6 a 18 meses (234.1)?
Hola Javier!
Cuando concurra alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 235 del Código Penal la pena será de 1 a 3 años de prisión (art.235.1).
Un saludo!
Hola Lucia, me apropie de un dinero que no era mío por una empresa en la que estuve trabajando porque me siguió pagando una nómina de 300 euros cada mes durante 5 meses. Me han reclamado el dinero y no tengo cómo pagar, estoy muy preocupado, crees que iré a la cárcel?
A la cárcel no vas a ir porque ni supera los 400€ por lo que, en todo caso, sería un delito leve. En todo caso, tendrías que pagar una multa. Intenta negociar con la empresa una devolución en diferido o que se lo vas a devolver poco a poco, o eso haría yo. Porque si ya tienes claro que es apropiación, mucho más no puedes hacer que devolverlo.
Sra: letrada y el robo de un Animal? Como se llama
deberías aclarar en que país y estado se basa la explicación
Si es la 1vez de hurto y es mayor de 400,sin violencia ni nada
Me han pillado hurtando...
Q disparate