DEBIDO PROCESO #3 | ¿SI O NO A LAS FUNCIONES JURISDICCIONALES DE AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS?

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  • Опубліковано 9 січ 2025

КОМЕНТАРІ • 7

  • @alejandrobenavides-be8sc
    @alejandrobenavides-be8sc 4 місяці тому +2

    Desconoce el Doctor Robledo, que cada año que pasa aumentan las cantidades de procesos radicados e igualmente la celeridad se pierde por la contigencia con relacion a los procesos de las aerolineas y muchas de esas areas no cuentan con el Capital humano para suplir dicha demanda de procesos.

  • @alejandrobenavides-be8sc
    @alejandrobenavides-be8sc 4 місяці тому +2

    Que equivocada la Doctora si considera mas rapida la justicia ordinaria que el actuar de una Entidad con facultades jurisdiccionales, como se nota que no litiga

  • @fernandoalarconalarcon
    @fernandoalarconalarcon 4 місяці тому +1

    Qué decir de la Supersociedades con una sola instancia haciendo todo tipo de acrobacias.

  • @mariafranco2186
    @mariafranco2186 2 місяці тому

    Esa jurisdicción es malísima, solo mirar los procesos y sus tiempos.

  • @mariafranco2186
    @mariafranco2186 2 місяці тому

    Doctora más clarito.

  • @fernandoalarconalarcon
    @fernandoalarconalarcon 4 місяці тому +1

    Salvo los procesos verbales pero en insolvencia esa única instancia es pavorosa.