Artículos 39 y 135 constitucionales y el artículo 61 de la Ley de Amparo fracción primera. Por favor leanlos. No se requiere tanta materia gris para concluir que la SCJN no tiene porque haber dado entrada a recursos legales 🆚 una ley constitucional ya APROBADA.
Entienden lo que no entienden, ya se les explicó con peras 🍐 y manzanas 🍎 y siguen ladrando
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Artículos 39 y 135 constitucionales y el artículo 61 de la Ley de Amparo fracción primera. Por favor leanlos. No se requiere tanta materia gris para concluir que la SCJN no tiene porque haber dado entrada a recursos legales 🆚 una ley constitucional ya APROBADA.