Ley 47/2003 General Presupuestaria - 12a parte - repaso superficial IGAE
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- Опубліковано 22 лип 2024
- Ley 47/2003 General Presupuestaria - 12a parte - repaso superficial IGAE
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LISTAS DE VIDEOS ORDENADAS POR BLOQUES
ADMINISTRATIVO
- Ley 39/2015 - Procedimiento Administrativo
• Procedimiento Administ...
- Ley 9/2017 - Contratos del Sector Público
• Ley de Contratos 9/2017
PERSONAL
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• TREBEP 5/2015
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• Real Decreto 364/1995
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• Real Decreto 365/1995
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• IV Convenio Colectivo ...
- REAL DECRETO 33/1986 - Régimen disciplinario
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FINANCIERO
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• Ley 38/2003 Subvenciones
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• Ley Orgánica 2/2012
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• Orden de 30 de julio d...
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CONSEJOS DE ESTUDIO:
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MARCAS DE TIEMPO
0:00 Intro
0:28 Artículo 90 Tesoro Público.
0:44 Artículo 91 Funciones del Tesoro Público.
1:01 Artículo 92 Deuda del Estado.
1:30 Artículo 94 La creación de Deuda.
1:56 Artículo 125 La Intervención General de la Administración del Estado.
2:22 Artículo 130 Contenido de la Cuenta General del Estado
2:46 Artículo 131 Formación y remisión de la Cuenta General del Estado al Tribunal de Cuentas.
3:43 Artículo 132 Examen y comprobación de la Cuenta General del Estado.
4:11 Artículo 135 Información a remitir a las Cortes Generales.
4:46 Artículo 136 Información a publicar por las entidades del sector público estatal.
5:28 Artículo 140 Control de la gestión económico-financiera del sector público estatal.
6:03 Artículo 148 De la función interventora. Definición.
7:06 Artículo 150 Modalidades de ejercicio.
8:41 Artículo 151 No sujeción a fiscalización previa.
10:43 Artículo 154. Reparos.
11:26 Artículo 155. Discrepancias.
ERES EL MEJOR PROFESOR de derecho que he tenido. Contigo es ....mejor
Tengo la suerte de que Paco me da clase. Y es lo que veis: un libro abierto de sabiduría y bondad. Ojalá abra la posibilidad de dar clase a más personas vía online. Nos abre el Camino. Gracias, Paco. Me sumo al manantial de todos estos vídeos como uno más.
Muchísimas gracias, Javier. :):)
Poco más te van a durar mis clases. Este año apruebas.
Un saludo.
Que suerte!! Me encantaría q me pudiera dar clases
@@PacoBarbie Pues yo pienso seguir tus clases despues de aprobar para estar siempre al día de la AGE :))
Tiene Paco Barbie una academia???
Encantada estoy de INTERVENIR FORMAL Y MATERIALMENTE para decirte que...
en DEUDA estamos contigo por el TESORO que nos regalas,
y sin REPAROS ni DISCREPANCIAS quiero darte las GRACIAS,
cada 3, 6, 12, o los MESES que haga falta!! 🤗🤗
PD: Gran parte de mi plaza será gracias a TI! 😉💪🏽❤
Gracias por el regalo de tus versos, muy fan tanto del humor como de la rima opositora 😍
Ojalá hubiese descubierto antes a este hombre y el maravilloso trabajo que hace. Me hubiese ahorrado quebraderos de cabeza y mucho dinero con academias que tienen un montón de personal pero ninguna aptitud para la docencia.
Mil gracias por tu labor ❤
Este vídeo también es un Tesoro Público!🤭💯🪙
Jajajaja, gracias. :):)
Muchas gracias por estos 12 vídeos. Eternamente agradecida por tu tiempo y esfuerzo :)
¡No se puede ser más buena persona!!!!! y tanto talento para explicar!!
Eternamente agradecida , qué pena no haberte descubierto hace un año!!, pero bueno, hasta el rabo todo es toro y todavía quedan muuuuuchos días!!
Me sumo a todos los cumplidos que te hacen todos los oyentes. Además de un CONTENIDO claro, exacto y ajustado a las necesidades de los opositores, la FORMA de colgar los vídeos es también sublime: titulados ordenadamente y con el material y la información adicional precisa para su total comprensión. Vas directo al grano, sin rodeos innecesarios y sigues el guion perfecto. Un10 muy alto, vamos!!!
Gracias :):)
Es increíble que facilidad para comunicar y hacer entender el tema presupuestario, he visto los 12 videos y son oro puro, mil gracias de verdad!! Muy top Paco...
¡¡Paco!! ¡¡qué maravilla!! acabo de descubrirte y eres una mina. Muchas gracias por tus videos. Son de gran ayuda.
Joder menudo curro te has pegado!
Muchas gracias por todo tu esfuerzo
Buenas tardes Juanchu. Gracias por el comentario. :):)
Y si, tengo que reconocer que algo de trabajo si que me ha llevado explicar esta norma.
Un saludo.
Paco genial, lo explicas muy bien!!!
Gracioso !!! gracias por todos los Videos eres el mejor que lo ha sabido explicar de todo Internet👏👏👏
Muchas gracias Fran. Me sonrojas. :):)
Seguiremos adelante con la faena.
Un saludo.
Gracias por las clases nos facilitas el estudio!
Recién te he descubierto y vaya qué manera de aportar luz a todo esto, qué bien lo explicas, cómo sabes llegar. Mil gracias por tu tiempo y tu dedicación. Por favor no elimines los videos para la siguiente convocatoria, sigue acompañándonos. Abrazo enorme
¡Qué bien lo explicas! Me estoy preparando para las oposiciones de un Ayuntamiento y estos vídeos me resultan igualmente útiles. Gracias.
Buenos días Andreu.
Muchas gracias. :):)
Un placer tenerte por el canal y suerte con tu oposición.
Muchas gracias por tus vídeos!
Gracias a ti por verlos, Estefania :):)
Creo que es un gran trabajo de manera desinteresada para que podamos conseguir nuestro objetivo, GRACIAS, cuando tenga la plaza iré a conocerte
No hay de que, Roberto.
Cuando apruebas y tengas plaza, estaré encantado de conocerte. :):)
Un saludo.
Muy buenos vídeos explicativos. Gracias miles!!
Gracias Xoce,
Me alegra que te sirvan de ayuda. :):)
Buenísima explicación
Gracias, gracias, gracias 🙏
Muchas gracias ☺️
Que buen resumen!! Muchísimas gracias por el trabajazo de los videos.
Gracias a tí por ver los videos. :):)
Un saludo.
Un millón de gracias!! Facilitas un montón este duro proceso!!
Gracias a ti Maria. Ojala estos videos sirvan para que entiendas mejor la materia y para aprobar tu examen de oposición. :):)
@@PacoBarbie Ten la certeza de que está siendo de gran ayuda. Después de leer muchas veces estás leyes escucho tus videos de 20 minutos y consigo colocar todas las piezas del puzzle, hasta las que pensaban que venían de sobra ;)
Qué suerte Javier de tener un profesor como Paco!! me he visto todos sus vídeos y me han encantado todos, no creo que se me haya pasado ningún me gusta ❤. Paco, se nota que te gusta enseñar por tu dedicación y la pasión que muestras. Mil gracias!!
Muchísimas gracias, Azucena. :):)
Por gente como tú, esto merece la pena.
Muchísimas gracias Paco por tus palabras!!. Y por una persona que enseña tan bien y con tanto amor por lo que hace, merece la pena esforzarse al máximo!!! 😘😘
Gracias! Un vídeo realmente didáctico. Me ha sido muy útil.
Muchas gracias Isabel. :):)
Me alegro que te haya servido.
Un saludo.
Gracias por tus vídeos. No te haces una idea de los que me has ayudado a preparar esta ley. Un abrazo enorme y encantada seguiré viendo todos los vídeos de las diferentes leyes. Graciasssss
Muchas gracias Miryam.
Seguro que todo esto se refleja en las preguntas del examen. :):)
Un saludo.
Que mákina madre mía!!!! Estoy aprendiendo super rápido cosas que llevo meses intentándome meter en la cabeza y no me acababan de entrar.
Se entiende super bien con ejemplos y además al final ese pequeño resumen que hace de lo que ha explicado y qué preguntas te pueden hacer me ayuda mucho. Ojalá lo hubiera encontrado antes, pero bueno hasta el 12 de febrero que es el examen aún le puedo sacar mucho partido. MILES DE GRACIAS PACOOOOOO!!! Además el tono de hablar tranquilo y estructurado ayuda mucho a la hora de que los vídeos no se hagan pesados, porque hay profes con los que cuesta aguantar una clase entera. 😀🙂
Muchísimas gracias Carolina. :):)
No sabes lo que ayudan este tipo de comentarios para seguir adelante.
Un saludo y mucha fuerza para el 12.
gracias!
He visto los 12 videos de esta Ley y por fin sé por donde atacar el tema de Presupuestos. Muchísimas gracias. Si apruebo, sin duda te lo haré saber.
Buenas tardes Carolina,
no sabes que lo feliz que me harías si me haces llegar esa noticia. :):)
Es un placer poder ayudar en tu oposición.
Un saludo.
Muchísimas gracias Paco, por tus vídeos. Estoy en una academia pero hasta que no he dado con tus vídeos no entendía nada de esta ley. Gracias de nuevo.
Muchas gracias Rocio. :):)
Mil gracias por tu dedicación!! Ojalá subas algún vídeo de contratos antes de noviembre...
Muchas gracias Maribel, :):)
Intentaré que Contratos esté antes del examen.
Un saludo.
Como siempre genial tus explicaciones, Paco, una maravilla. Una pregunta, ¿Puede haber una errata en la ley? ¿La disposición adicional novena a la que se refiere el artículo 151 en su apartado d) no debería ser la disposición adicional sexta?
Maravillosos tus videos me están ayudando michísimo pero ójala pudieras subir algún video del Plan general de contabilidad pública. Muchas gracias por tus videos que no sabes lo que me estan ayudando.
Buenas noches Maria Isabel.
Si, a ver si cuando acabemos con todo el temario previsto me pongo con vuestras peticiones.
Poco a poco. :):)
Un saludo.
Hola Paco, me encantan tus videos y estoy súper contenta porque estoy aprendiendo muchísimo pero podrías subir algún video con las nuevas actualizaciones de 2021?? Algo breve con ejemplos por si nos ponen algo en el examen. Muchas gracias de verdad
Buenas noches Miriam,
Lo haré pero no sé si a tiempo. Antes tengo pendiente bastante normativa por publicar.
Un saludo. :):)
hola paco que diferencia hay en documentos a justificar el ok y si no es a justificar tb es ok, es que en a junta de andalucia es o solo y si es justificar e oj, aqui no hay difenencias
Gracias por los videos. Por lo que veo de la ley 47 para administrativo bastaría con el Título II, no?
Hola Paco, mil gracias por tus videos, son de mucha ayuda, una pregunta en este video indicas que los artículos están en el resumen que dejas pero no los veo, en el resumen está hasta el artículo 68, gracias de nuevo
Me podrías explicar las diferencias entre "control externo" y "control interno" en el Artículo 140? Muchas gracias.
Muy buena explicación como siempre, me gustaría que te plantearas la explicación de la Ley 39/2015 o 40/2015
Buenos dias JP, está en la lista de tareas. Voy primero a quitarme la espinita del TREBEP y luego me paso a la 39/2015 y parte de la 40/2015.
Un saludo.
Muchas gracias por el video, de gran ayuda .
Harás vídeos del tema de contratos???
Muchas gracias Bea. Tengo intención de hacer videos de contratos pero todavía no sé cuándo.
Un saludo.
Buenos días Paco, desde que he descubierto tus videos, la preparación a la opo ha mejorado muchísimo. Estoy encantada. Me gustaría saber si preparas oposiciones. Muchas gracias.
Buenos días Mara, muchas gracias por el comentario y por ver los videos.
Con respecto a la preparación de oposiciones, de momento no estoy preparando. Ayudo a unos compis de trabajo con su promoción interna de C2 a C1 a de la AGE y los videos que voy publicando. :)
Un saludo.
@@PacoBarbie Muchas gracias por tus aportes, así da gusto estudiar y aprender. Eres muy grande!
Una cosita, ¿tus videos los enfocas solo al temario de C1 promoción interna o C1 por libre?
Muchas gracias!
Un saludo,
Cristina
@@cristinadodu4713 Buenos dias Cristina.
Principalmente están enfocados a la promoción interna pero el temario el completamente coincidencia con libre en C2, C1 y en parte con el A2, por lo que te vale para todo. :)
Un saludo.
@@PacoBarbie Muchísimas gracias!
Hola Paco. Excelente video, como de costumbre!.😄
Quería consultarte que en un test que he estado haciendo dice:
El control externo del gasto público lo realiza:
a) La Intervención General del Estado.
b) El Tribunal de Cuentas.
c) Las Cortes Generales.
d) Las respuestas b) y c) son correctas.
Yo hubiera contestado la B, pero dice que es la D, es decir, que incluye también a las Cortes Generales. Se entiende que el Tribunal de Cuentas tiene la potestad de control externo por delegación de las Cortes Generales (art. 136 de la CE), ya que de ellas emana su creación y composición, pero de ahí a considerar que las Cortes ostenten de manera efectiva esa función de control externo una vez delegada esa función en el Tribunal de Cuentas.... no sé, me chirría. El control parlamentario al gobierno es evidente que sí, pero el control externo de las cuentas del Estado...
¿Qué opinas? ¿Habría que considerar también las Cortes Generales?
Gracias de antemano.
Finalmente, cuál era la respuesta correcta? La d?
Paco, de cuánta ayuda me estás siendo para mi oposición!!! Cuando dices que ves una pregunta posible en las excepciones de fiscalización de caja fija o pagos a justificar menor a 5000 eur, en el extranjero en el caso de los últimos... qué ejemplo se te ocurre? alguna trampa que puedan poner?
Trampa no, tener claro en que momento se utiliza cada cosa.
En un supuesto práctico te pueden poner, entre muchas otras cosas, un gasto de combustible de 6.000€ y preguntarte cuál podría ser su forma de pago.
ha sido gnial!
Hola Paco, muchas gracias por tus vídeos!! Tendrías pensado hacer vídeos sobre la LGT 58/2003, la LRJ 40/15, la 33/2003 y/o el RD 2/2015?? Eres de mucha ayuda!!
De alguna si que tengo idea de hacer video, pero tengo otras delante en la lista de espera. Poco a poco lo iremos viendo todo.
Un saludo. :):)
Hola querido Paco! De éste vídeo no hay resumen en Patreon? Gracias! ❤
muchas gracias. Bastante claro. Pero no veo del todo claro la diferencia entre función interventora y control financiero permanente
Buenos dias,
Porque realmente no hay mucha.
La intervención hace un control financiero permanente y, por reducirlo, dentro de ese control permanente tiene las funciones de intervención formal y material.
Un saludo.
@@PacoBarbie GRACIAS.
Paco, qué nos estudiamos del Plan General de Contabilidad para administrativo AGE?
No mucho, sobretodo los principios.
@@PacoBarbie mil gracias Paco!!! Eres un sol
Tengo una duda. Como sabrás en lo relativo a la fiscalización e intervención previa, está la modalidad general u ordinaria por un lado y la limitada o en requisitos básicos por el otro. El caso es que el otro día en un caso práctico resuelto relativo a un contrato de obras, ponía que había que aplicar la de requisitos básicos y nose porque. Hay una resolución donde se estipulen los contratos en los que tenga que aplicarse? se aplica a todos? Nose, te agradecería mucho la respuesta, he buscado por mi cuenta y he encontrado los extremos a los que se tiene que aplicar cuando se hace así, pero el cuando se tiene que hacer así nada. Gracias.
Pásame el supuesto por mail que le de un vistazo.
Un saludo.
0:28 Artículo 90 Tesoro Público.
0:44 Artículo 91 Funciones del Tesoro Público.
1:01 Artículo 92 Deuda del Estado.
1:30 Artículo 94 La creación de Deuda.
1:56 Artículo 125 La Intervención General de la Administración del Estado.
2:22 Artículo 130 Contenido de la Cuenta General del Estado
2:46 Artículo 131 Formación y remisión de la Cuenta General del Estado al Tribunal de Cuentas.
3:43 Artículo 132 Examen y comprobación de la Cuenta General del Estado.
4:11 Artículo 135 Información a remitir a las Cortes Generales.
4:46 Artículo 136 Información a publicar por las entidades del sector público estatal.
5:28 Artículo 140 Control de la gestión económico-financiera del sector público estatal.
6:03 Artículo 148 De la función interventora. Definición.
7:06 Artículo 150 Modalidades de ejercicio.
8:41 Artículo 151 No sujeción a fiscalización previa.
10:43 Artículo 154. Reparos.
11:26 Artículo 155. Discrepancias.
Gracias por facilitarme el estudio resumiendo los artículos más importantes, es genial, voy a opositar para C2 = )
Muchas gracias. Agrego las marcas de tiempo al video. :):)
Paco, una consulta porque en algún temario:" la Cuenta General del Estado se forma el 31 de agosto", y se remite antes del 31 de octubre.
Muchísimas gracias por todo.
Hola Lu_Lu. Eso es porque de acuerdo a la Ley 7/1988, de 5 de abril, del Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, en su artículo 33.1 dice que "La Cuenta General del Estado que forma la Intervención General se ultimará antes del día 31 de agosto del año siguiente al que se refiera y se remitirá al Tribunal dentro de los dos meses siguientes a su conclusión". Es decir, que antes del 31 de octubre debe estar ya en manos del Tribunal de cuentas, por lo que enlaza con lo que dice el art.131.1 de la Ley General Presupuestaria.
Un saludo!
@@jorsepas muchísimas gracias.