hola buenas tardes, una vez que se demuestra el dominio ya no debería existir nuevos embargos por parte del receptor judicial? saludos, excelente canal!
Muchas gracias por el vídeo. Una consulta ¿Que se debe hacer en el caso que llegue una notificación de embargo a una dirección ajena a la del demandado y aún el receptor judicial no viene a anotar los bienes que se encuentran en la propiedad? ¿Dónde se debería dar aviso de la situación?
Debería esperar que ocurra el acto de embargo para hacer tercería, tal y como se señala en el video. Existe una forma preventiva de realizar esta tercería, pero hay tribunales que no la acogen porque no se han embargado aún los bienes. Saludos, y cualquier cosa mis datos en www.abogadomanriquez.cl
y no se supone que se debe ir a notificar primeramente a la casa? como se puede llegar a una instancia de embargo saltandose la notificacion ? porque aca vinieron a notificar una deuda de mi hermano que ya no vive , se le mencionó que ya hace dos años no esta acá y se fue, aun pueden venir hacer el embargo entonces? pregunto para reclamarle que se haga cargo o si vienen nuevamente mandarlos donde vive ahora jajaja
@@patricio5800 lamentablemente sí, aunque le digan al receptor que no vive ahí el deudor, a veces dejan la notificación igual. No es lo correcto pero así he visto en otras ocasiones. Es por eso que deben hacer la tercería. Y sí, dile a tu hermano. De hecho, tengo un video sobre "cómo revisar las causas en PJUD". Dile que lo vea y ahí va a aparecer.
Hola
Como se hace la terceria si no hay boletas o factura para respaldarlo?
Con testigos!
@@abogadomanriquez muchas gracias por responder.
siempre se recomienda por lo general ir por la tercería de posesión por se más fácil de probar.. saludos
Buen video, podrias hacer uno de las tercerias de prelacion y pago ?
hola buenas tardes, una vez que se demuestra el dominio ya no debería existir nuevos embargos por parte del receptor judicial? saludos, excelente canal!
Análisis de Tercera adhesiva laboral por favor, aprendo con tus videos y comprendo mejor con tu explicación gracias 😁.
Hola. Gracias! No entendí bien lo de tercera adhesiva
Excelente explicación
Gracias!
Genioooo jajaja yo rompiéndome la cabeza para explicar que es la terciaria a mi docente . que buena explicación
Jajaajaja vale amigo
Muchas gracias por el vídeo. Una consulta ¿Que se debe hacer en el caso que llegue una notificación de embargo a una dirección ajena a la del demandado y aún el receptor judicial no viene a anotar los bienes que se encuentran en la propiedad? ¿Dónde se debería dar aviso de la situación?
Debería esperar que ocurra el acto de embargo para hacer tercería, tal y como se señala en el video.
Existe una forma preventiva de realizar esta tercería, pero hay tribunales que no la acogen porque no se han embargado aún los bienes.
Saludos, y cualquier cosa mis datos en www.abogadomanriquez.cl
@@abogadomanriquez Entiendo, muchas gracias por la información y su pronta respuesta, saludos.
y no se supone que se debe ir a notificar primeramente a la casa? como se puede llegar a una instancia de embargo saltandose la notificacion ? porque aca vinieron a notificar una deuda de mi hermano que ya no vive , se le mencionó que ya hace dos años no esta acá y se fue, aun pueden venir hacer el embargo entonces? pregunto para reclamarle que se haga cargo o si vienen nuevamente mandarlos donde vive ahora jajaja
@@patricio5800 lamentablemente sí, aunque le digan al receptor que no vive ahí el deudor, a veces dejan la notificación igual. No es lo correcto pero así he visto en otras ocasiones. Es por eso que deben hacer la tercería. Y sí, dile a tu hermano. De hecho, tengo un video sobre "cómo revisar las causas en PJUD". Dile que lo vea y ahí va a aparecer.
Un adopción simple sin cambios de apellidos tiene derecho sobre mis bienes
Cuanto debe cobrarme un abogado por hacerme una tercería? gracias
Estimado, todo depende. Pero entre 300.000 a 800.000 me parece precio referencial