Nuevo parte de viajeros - Quedan solo unos días.

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  • Опубліковано 1 гру 2024

КОМЕНТАРІ • 34

  • @junkman4435
    @junkman4435 9 годин тому +1

    Hoy he estado hablando con un abogado y esta nueva ley incumple la ley de proteccion de datos y puede llevar a sanciones a quien recaba esos datos no a quien los recibe , por tanto si alguien denuncia al hotel por la ley de proteccion de datos quien esta inclumpliendo la ley es quien solicita los datos a los clientes en este caso el hotel y puede conllevar sanciones grandes , el bufete de abogados del hotel tiene que comunicar que se niega a recabar datos que inflingen la ley de proteccion de datos

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  8 годин тому

      En esto no te puedo ayudar. Nos consta que ya hay preparadas demandas para enviar a Europa. Y, efectivamente, los empresarios se encuentran en una encrucijada. Nosotros en la webinar y nuestros videos hemos indicado cuales son los datos mínimos (solo los obligatorios) que deben enviarse para que no den error los envíos, y nuestros propietarios serán los que efectivamente envíen hasta que todo se aclare. También es cierto que, según comentan fuentes de la CEOE, el gobierno se ha comprometido a reducir los datos exigidos en primera instancia, y por ello, se está esperando la publicación de un nuevo reglamento al respecto. Pero esto no será seguro hasta que no se produzca esa publicación. En fin, esperemos que todo esto se simplifique.

  • @xavilopez5790
    @xavilopez5790 2 місяці тому

    En el caso de huéspedes no españoles, será necesario recabar domicilio, email, codigo munucipio, codigo postal...? Muchas gracias y enhorabuena por el tutorial

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому

      Hola Xavi. De todos estos datos solo hay uno que no figura como obligatorio, el código del municipio, pero si deberá indicar el resto de datos.

  • @javierboodyn3909
    @javierboodyn3909 2 місяці тому

    Buenos dias, en primer lugar agradecer su webinar, nos ayuda a todos muchisimo. Dicho esto me salta una duda tras ver el video entero, a la hora de rellenar el parte de viajeros , según usted afirma es necesaria la firma de los huespedes mayores de 14 años, si bien echando un ojo a la web del Ministerio de Interior( donde se puede hacer manualmente el ingreso de los datos de los huespedes ), no figura ningún lugar para que quede registrada dicha firma de cada huesped. Podría deberse a que SOLAMENTE sea necesaria la ficha con firma para aquellos que ejerzan de manera PROFESIONAL todo este proceso(dado que estan obligados a guardarlos durante 3 años), y que los NO profesionales NO ESTEN OBLIGADOS a disponer de dichas firmas de los huéspedes??????(pues de lo contrario, no localizo ningún lugar donde ofrecer al Ministerio de Interior dichas firmas, y al no estar obligado a tener que archivarlas durante 3 años dichas fichas por ser NO PROFESIONAL , no entiendo de que serviría solicitarlas).
    Espero haberme expresado con claridad, muchas gracias por su atención.
    Saludos.

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому

      Hola Javier. Entiendo que puede resultar un poco confuso. Las obligaciones son dos totalmente diferenciada. El registro de los datos y la comunicación al ministerio. Por una parte, el propietario debe registrar a los huéspedes solicitando datos y firma (a los mayores de 14 años) y por otro el propietario tiene la obligación de comunicarlo al ministerio. En este último caso, basta indicar los datos de los viajeros, sin necesidad de adjuntar el registro (y por tanto, sin necesidad de adjuntar la firma). Los No profesionales tienen la obligación únicamente de comunicar estos datos al ministerio. Pero, en cambio, aquellos que sean profesionales deben además registrar a los viajeros con una hoja de registro (digital), con su firma correspondiente y almacenarlo durante tres años de forma digital. Disculpa el haberme extendido Javier, espero haberme explicado con claridad.

    • @javierboodyn3909
      @javierboodyn3909 2 місяці тому

      @@MisterPlanSistemasdeReservas madre mía, que rapidez, aclarado perfectamente. Me queda claro que al NO ser profesional NO tengo la necesidad de conseguir las firmas de los huéspedes ya que la ley no me obliga a registrar a los clientes ni a guardar dicho registro durante 3 años.

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому

      No obstante, no dejes de confirmar la consideración de profesional o no. Recuerda que no viene reflejado en la normativa (no definen quien es o no profesional) y solo tu comunidad autónoma puede aclarar este punto. Da un poco de rabia que no sean más concretos en estos puntos. Suerte.

    • @javierboodyn3909
      @javierboodyn3909 2 місяці тому

      @@MisterPlanSistemasdeReservas El día que saqué la licencia VT hablé con la Seguridad Social entre otros y me comentaron que de NO cumplirse algunos requisitos (ofrecer servicio comida, recepción , prensa, etc...), no se trataba de una actividad profesional, sino de un alquiler como bien puede ser uno cualquiera de larga estancia y el cual tributa por Rendimiento inmobiliario y NO por actividades económicas ( que es por donde facturan los profesionales), eso creo que no habrá cambiado en absoluto en la nueva ley

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому

      Gracias por tu comentario Javier. No obstante, por eso mismo, en otras comunidades te obligan a darte de alta como autónomo. El que no esté unificada la legislación, en ocasiones, nos lo pone un poco difícil. Me guardaré tu comentario para la próxima consulta que haga. No obstante, no confío mucho en obtener una aclaración. Ya he mandado un montón al ministerio y no me han contestado ninguna. Persistiremos. Gracias de nuevo.

  • @alfonsomancera1268
    @alfonsomancera1268 Місяць тому

    Ante todo, muchas gracias por su tutorial. En mi caso, todavía lo estoy enviando por la webpolicia hotel y tengo que darme de alta en SES hospedajes. Me aconsejaron hacerlo a última hora con el plazo ampliado hasta el 2 de diciembre para no complicarme la vida. Me daré de alta en lo próximos días y mi gran duda es qué hago con las reservas que ya tengo confirmadas para el 2025 y no he mandado en el plazo de 24 horas, porque cuando vengan los huéspedes les tendré que adjuntar la referencia de una reserva que no ha sido enviada dentro del plazo porque estaba utilizando el medio anterior. ¿Alguien podría decirme qué hacer en estos casos? me imagino que no seré el único porque en el momento de pasar de un sistema a otro habrán quedado reservadas confirmadas sin enviar. Muchas gracias, perdón si me he extendido demasiado pero no sabia cómo resumirlo

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  Місяць тому +1

      Hola Alfonso. Te respondo fácil. Primero, date de alta ya, el hecho de darte de alta no significa que comiences a enviar información hasta el 2 de diciembre, pero ese trámite ya lo tienes hecho, Utiliza este video para darte de alga ua-cam.com/video/KC1UkwjWJ3k/v-deo.html . A la segunda cuestión, si, efectivamente, todos están el el mismo caso que tu hotel. Nadie va a realizar la comunicación de aquellas reservas que se hayan efectuado antes del 2 de diciembre (y, por lógica, no debe ser obligatorio. Nosotros, en nuestro software, pero solo por prudencia, hemos preguntado al ministerio esta cuestión y, de no recibir respuesta o de recibir una respuesta confusa, enviaremos de forma automática la comunicación de reservas justo antes de enviar el parte de viajeros. Pero, repito, no creo que esto sea obligatorio, no tendía sentido. Las que no se han enviado anterior al 2 de diciembre, no deberían tener que enviarse. Espero haber resuelto tus dudas, Alfonso. Recibe un cordial saludo.

  • @braindub9478
    @braindub9478 2 місяці тому

    Entiendo que una reserva se considera confirmada una vez la introduzcas en el programa, independientemente de si ha pagado algo o no.

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому +1

      Se puede configurar de las dos formas. O bien, para que se envíe automáticamente cuando se introduzca, o bien para que no se envíe cuando se introduzca sino cuando tu marque un botón indicando que ya está confirmada.

    • @braindub9478
      @braindub9478 2 місяці тому

      @@MisterPlanSistemasdeReservas ¡Muchas gracias por tu respuesta y por el vídeo!

  • @mariariera962
    @mariariera962 2 місяці тому

    una duda, tras ver vuestro video: mi hospedaje es en mi propia casa, alquilo dos habitaciones y yo vivo en ella, contemplado como alojamiento compartido. Me considero no profesional, no es mi actividad principal y solo se produce algún hospedaje muy de vez en cuando. Supongo que aun así estoy obligada a realizar estos registros así como venia haciendo con los registros en la guardia civil. Para tipificar el tipo de alojamiento se puede considerar la tipología que ofrecen de casa, casa particular?, pues el alojamiento compartido ya no se reconoce en turismo. puedes darme el mail para aclaraciones y dudas con el ministerio. Puedes responderme lo que sepas?

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому +1

      Hola María. Si, en tu caso es pertinente hacer una consulta. No obstante, ármate de paciencia, no suelen contestar rápido. Ahí va el mail. ses.hospedajes@interior.es

    • @mariariera962
      @mariariera962 2 місяці тому

      Acabo de leer que hay un nuevo aplazamiento hasta el 2 de diciembre 🙏

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому +1

      Si, efectivamente. Aunque las asociaciones siguen presionando para que se elimine o se cambie la normativa para que sea un poco más llevadera. Vamos a ver como evoluciona todo.

  • @manuelperezelias4412
    @manuelperezelias4412 2 місяці тому +2

    Magnífico webinar. Tengo 2 hoteles y me gustaria trabajar con ustedes. Forma de contacto y si tramitáis la subvención del kit digital. Muchas gracias.

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому

      Hola Manuel. Gracias por tus comentarios. Escribe a nuestro correo de información en misterplan.es y nos ponemos en contacto y te informamos de todo.

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому

      Si, Manuel, somos agentes digitalizadores. Envía tu solicitud a través de info@misterplan.es. Nos pondremos en contacto y te informamos de todo lo que necesites. Gracias por tu interés.

  • @lorenzoballester3845
    @lorenzoballester3845 2 місяці тому

    Perdón por la insistencia; me pueden confirmar entonces que cuando interviene una OTA (nosotros trabajamos con Airbnb), sólo es necesario hacer el parte de viajeros, es decir la segunda comunicación, en lugar de las dos?

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому

      Acaba de aplazarse nuevamente. Creo Lorenzo, que ahora sería un buen momento, dado que tenemos hasta el 2 de diciembre, para hacer la consulta al Ministerio. Yo interpreto que en el caso que comentas solo tienes que hacer el envío del registro de viajeros. Pero, visto lo visto, no me atrevería a ser categórico. Me ofrece muy poca confianza esta administración.

    • @lorenzoballester3845
      @lorenzoballester3845 2 місяці тому +1

      @@MisterPlanSistemasdeReservas Ok, gracias.

  • @oficinamunicipaldeturismod5547
    @oficinamunicipaldeturismod5547 2 місяці тому

    Cuando se habla de hoteles o pensiones, en esta categoría están los albergues, no hay que mencionarlos, a igual que otras modalidades de alojamientos. Si alquilas tu vivienda o establecimiento de forma consecutiva y sucesiva en el tiempo en periodos cortos, es hospedaje, por lo que tienes la obligatoriedad de regularizar tu vivienda o establecimiento para uso turístico, según normativa de cada comunidad autonómica y cumplir además esta normativa.

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому

      Muchas gracias por la aclaración. Espero que sea de utilidad para aquellos que visualizan los videos.

  • @Teresa-tq5dk
    @Teresa-tq5dk 2 місяці тому

    ¿El cliente se puede negar a dar datos que considere que violan su intimidad? Por ejemplo: Relación con la persona o personas que le acompañan.

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому

      Por supuesto. Esta normativa nos obliga a los "hoteleros", no a los clientes. En este caso, deberíamos poner lo que consideremos más apropiado, por ejemplo "tutor" (lo podemos utilizar como comodín).

    • @nachocanopineda6376
      @nachocanopineda6376 2 місяці тому

      Buenas, tengo la siguiente duda: si el huésped es extranjero, basta con que nos facilite nombre, apellidos, tipo de documento y número de documento?
      Así es como lo he entendido según lo explicas en el minuto 1h 04 min del vídeo. Gracias de antemano

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому

      En el caso de un extranjero, no es necesario ni el segundo apellido ni el número de soporte de documento. Se simplifica notablemente, efectivamente.

    • @Teresa-tq5dk
      @Teresa-tq5dk 2 місяці тому

      @@MisterPlanSistemasdeReservas Entiendo que un huésped no está obligado a dar sus datos y que, no estando obligado, lo podemos alojar si se niega a darlos. Gracias.

    • @MisterPlanSistemasdeReservas
      @MisterPlanSistemasdeReservas  2 місяці тому +1

      Hola de nuevo Teresa, este punto es muy polémico. Porque no tengo confirmación al respecto. Yo, en tu caso, para resolver esta cuestión, emitiría una consulta al ministerio preguntando justo eso "¿Puedo alojar a un huésped que se niege a facilitarme los datos?". Utiliza este correo: ses.hospedajes@interior.es. No obstante, otra pregunta pertinente que debemos hacernos a nosotros mismos como propietarios es si yo alojaría en mi hotel a alguien que se niega a identificarse.