Muchas gracias Paco, por tu tiempo y por machacar tanto. Yo hay respuestas que no sé ni por qué las sabía como la R3, pero estoy seguro de que es por alguno de tus anteriores vídeos. GRACIAS
En la pregunta 17, ¿por qué ha considerado que esa Comisión de Servicios tiene la misma cuantía que el puesto que tenía antes de incorporarse a ésta? En el momento que haya retribución diferente se paga por días, que es la opción a). Lo único que he encontrado es art.64.6 pero no indica nada de que se cobra igual que el puesto que deja, simplemente indica que cobrará sus retribuciones, y es de lógica que cobre las del puesto que desempeña en ese momento, el de la Comisión. “art64.6. A los funcionarios en comisión de servicios se les reservará el puesto de trabajo y percibirán la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos incluidos en los programas en que figuren dotados los puestos de trabajo que realmente desempeñan.” La respuesta d) dudo porque supuestamente en la nómina de mayo que cerró el 5 de mayo, el servicio de nóminas no sabía que la funcionaria iba a trabajar solo hasta el 21 mayo. Por tanto, esta cobrará el mes íntegro de las retribuciones de la Comisión de Servicios, pero en la nómina de junio le harán una incidencia porque solo estuvo hasta el 21. En la nómina de junio le ajustarían todo para que cuadrara y no cobrara ni de más ni menos. Aquí el tema, para no liar, es por qué se ha considerado, sin que en el ejemplo ponga nada que en esa Comisión de Servicio ha cobrado lo mismo que en su puesto habitual. Las cuantías no tienen por qué coincidir, y por tanto debe cobrar justo los días que ha trabajado en esa Comisión.
Gracias Paco, da gusto ver tus vídeos!!
Paco.. eres estupendo!!! Gracias... PEDAZO DE PROFESIONAL... Me super encanta escucharte!!
La dos de reserva la has explicado estupendamente!
Justo has añadido en la 13 la pregunta que yo me hacía, gracias!!!
y muchas gracias por todo lo que haces por nosotr@s.
Muchas gracias Paco!! explicaciones súper claras!!
Explicas cristalino. Por fin entendí los grados. Maquinón!
Muchas gracias Paco, por tu tiempo y por machacar tanto. Yo hay respuestas que no sé ni por qué las sabía como la R3, pero estoy seguro de que es por alguno de tus anteriores vídeos. GRACIAS
No me canso de darte las gracias, aprendo mucho contigo.
Gracias Paco, que bueno eres!!!
Muchísimas gracias Paco por tu tiempo ❤
Gracias Paco por tu ayuda
El supuesto ha sido largo pero muy interesante!!! Muchas gracias por tu dedicación!!!❤
muchas gracias don Paco!!👍👍👍
GRACIAS POR TODO
Hola Paco. Se tiene más días de permiso por enfermedad grave de un familiar de 2º grado que por el fallecimiento del cónyuge??
Hola... Te vemos
En la pregunta 17, ¿por qué ha considerado que esa Comisión de Servicios tiene la misma cuantía que el puesto que tenía antes de incorporarse a ésta? En el momento que haya retribución diferente se paga por días, que es la opción a). Lo único que he encontrado es art.64.6 pero no indica nada de que se cobra igual que el puesto que deja, simplemente indica que cobrará sus retribuciones, y es de lógica que cobre las del puesto que desempeña en ese momento, el de la Comisión.
“art64.6. A los funcionarios en comisión de servicios se les reservará el puesto de trabajo y percibirán la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos incluidos en los programas en que figuren dotados los puestos de trabajo que realmente desempeñan.”
La respuesta d) dudo porque supuestamente en la nómina de mayo que cerró el 5 de mayo, el servicio de nóminas no sabía que la funcionaria iba a trabajar solo hasta el 21 mayo. Por tanto, esta cobrará el mes íntegro de las retribuciones de la Comisión de Servicios, pero en la nómina de junio le harán una incidencia porque solo estuvo hasta el 21. En la nómina de junio le ajustarían todo para que cuadrara y no cobrara ni de más ni menos.
Aquí el tema, para no liar, es por qué se ha considerado, sin que en el ejemplo ponga nada que en esa Comisión de Servicio ha cobrado lo mismo que en su puesto habitual. Las cuantías no tienen por qué coincidir, y por tanto debe cobrar justo los días que ha trabajado en esa Comisión.