@@Cozumel_Reefs es de Justicia, hermano. Gracias a ti por tantísima información y esos nuevos enfoques, absolutamente DEFINITIVOS. Si el Papa viera estos vídeos, le habrías trazado una carta de navegación, con información que no siempre llega a las altas esferas, de cómo es esa gente realmente.
Conozco a varias numerarias y me da la impresion que les encanta la vida conventual laica. Les gusta la estructura de vivir en comunidad sin decidir nada, con horarios y actividades establecidas por otras. Con cursos anuales sin inconvenientes y programados en vez de vacaciones que tendrian que organizar y ver con quien ir. Y estan muy comodas y plenas en ese ambiente institucionalizado ordenado y sin sobresaltos. Se mueren en el caos que es la vida de soltera y/o familiar del cristiano corriente en medio del mundo ❤
Hay muchas personas que se encuentran muy cómodas con ese tipo de vida. Obvio. También hay otras personas que están cómodas con un tipo de vida radicalmente diferente. También hay lo contrario; de todo, como en botica. Y que cada caminante siga su camino.
Extraordinaria no. Brillante y excelente. No puedo agradecer más y mejor. Llevo 2 años escuchando y disculpad por no hablar en directo. A ver si pierdo mi vergüenza. Brillante y única exposición de todos vosotros. Un abrazo muy fuerte. Tengo pendiente solo mi presentación en imagen.
@Cozumel_Reefs Gracias Cozumel. Yo soy abogada jubilada y con una discapacidad del 69°\° y de las primeras que no dejo el Opus si no era con una pensión de por vida. Me la dieron. Yo se mucho pero en mi estado no puedo ayudar. Te doy las gracias por todo el estudio que haces. Al final Dios nos protege. Feliz Navidad
“La falsificación del marquesado de Peralta” es el título del capítulo del libro de Ricardo de la Cierva, “Los años mentidos”. El capítulo está en Opuslibros y se encuentra también buscando en Google.
Cozumel tiene razón, la obra tiene la obligación moral de sostener a todas las numerarias auxiliares y a todas las numerarias que han trabajado toda su vida en administraciones y trabajos internos.
La historia de lo del marquesado es que, como en muchas otras cosas, el fundador les pedía a sus “hijos” un modo de vida y unos requisitos que él mismo no contemplaba. El era siempre la excepción justificada. Y los demás se quedaban con una cara de gilipollas….
@@yomisma9114 El fundador era el único que no vivía de ninguna manera el supuesto espíritu de su obra sin necesidad de justificarse por ello. Ni se ajustaba a sus normas, ni a sus reglamentos y costumbres. Hacía lo que le venía en gana y cuando le venía en gana, y deshacía con la misma facilidad. “A golpe de visiones”, expresión creo que del brillante Gervasio. Se montó su particular abadía de las huelgas en la que reinar como un monarca absoluto, engrandecerse, enriquecerse y pasar a la historia como santo a la altura de los padres de la iglesia. Un perturbado, digno heredero de la picaresca española, del Lazarillo y del Buscón
@ es curioso que tú y yo lo vemos así, pero tanta otra gente, buena, inteligente, lo vea de otra manera… el pase que le dan me resulta confuso. Es verdad que puedo ser yo la que está equivocada. Y así todo en el opus. Confusión para confundir y controlar. Todo.
Ricardo pregunta por qué importaba el título: pues porque la unión de Opus y MaIta iba a tener y de hecho ha tenido muchísimo poder. Estudien la historia de Le CercIe que es eso, la unión de Opus y SMOMaIta. Mucho más poder que el poder político visible y aparente. Tienen poder real, poder en la sombra.
"artículo 808, pasando el actual cuarto párrafo a ocupar el tercer lugar, y se añaden a continuación dos nuevos párrafos, de forma que queda con la siguiente redacción: "CONSTITUYEN LA LEGÍTIMA DE LOS HIJOS Y DESCENDIENTES LAS DOS TERCERAS PARTES DEL HABER HEREDITARIO DE LOS PROGENITORES" Sin embargo, podrán estos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes. La tercera parte restante será de libre disposición.»"
La carta de petición de admisión no es un documento oficial, ni un contrato. Es solo una carta de un remitente pidiendo algo al destinatario, pero eso no implica que el destinatario otorgue esa petición. Con el Opus Dei no hay NUNCA NINGÚN CONTRATO ESCRITO. Legalmente no queda NINGÚN DOCUMENTO ESCRITO SOBRE LA PERTENENCIA, salvo que expresamente un responsable del Opus Dei (vicario) lo certifique en un caso concreto. Yo estoy convencido de que legalmente nunca he pertenecido al Opus Dei en los más de 44 años que "supuestamente" pertenecí.
Legalmente no lo es porque no pueden pertenecer, de facto y en fraude de ley lo es simulando ser ese el vinculo, pero eso no lo pueden reconocer porque como bien has dicho, jamás ningún laico ha pertenecido
@HansHolle58 Ni lo uno ni lo otro, triste pero es así. Por eso el nuevo delito de abuso religioso, espiritual etc, ya sea cometidos por laicos o por religiosos en nombre de la religión católica.
Quedé flasheando ( flipando) con lo de la descanonizacion...wow.. será posible eso? Pasó alguna vez en la historia de la Iglesia? Perdon mi ignorancia y gracias por este video tan ilustrativo y sanador.. muchas veces pensé que yo estaba loca ... Dios los bendiga! Antonio soy tu fan😂
Antonio, hablas de los "numerarios que piensan". Te aseguro que no superan el 5% de todos los numerarios de España. No sé cuántos numerarios habrá en España. Pero los que piensan son muy pocos. Y los pocos que piensan, no se atreven a hablar. Son cobardes.
Jesus ha venido a liberar al mundo no a esclavizarlo. Jesus te hace libre absolutamente. Si no es así no son discípulos de Jesus, será otra cosa, pero no seguidores de Jesus. Un abrazo Espíritu, y fuerza!!!
«TÍTULO XII Disposiciones comunes Artículo 300. "LAS RESOLUCIONES JUDICIALES Y LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS NOTARIALES SOBRE LOS CARGOS TUTELARES Y MEDIDAS DE APOYO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD HABRÁN DE INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO CIVIL"
Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica «TÍTULO XII Disposiciones comunes Artículo 300. Las resoluciones judiciales y los documentos públicos notariales sobre los cargos tutelares ( (OPUS DEI O RESIDENCIAS DEL OPUS DEI NOMBRADOS EN EL PODER NOTARIAL) y medidas de apoyo a personas con discapacidad habrán de inscribirse en el Registro Civil.»
En tiempos de genocidio en Gaza, violando todo el derecho internacional, no se puede decir que hemos superado la ley del garrotazo y existe el derecho.
Estos coloquios son en libertad y, gracias a Dios, nadie del Opus Dei lo puede evitar. Y son en libertad porque "la verdad nos hará libres". Podemos no estar de acuerdo en todo, pero nos hablamos y nos escuchamos, con libertad y con total sinceridad. Que tomen nota los del Opus Dei y que verdaderamente empiecen a actuar así. Que dejen de ser cobardes y que empiecen a decir la verdad.
Ni casi nadie trata por 'Don', sino de Señor..., que no es poco, y es de mayor respeto. Y, por otra parte, de humildad, por parte de cualquier supuesto "Don Juan". Señor/ Señora de su propia vida.
Si en la tierra se condena a un muerto, condenado quedará en el cielo así tal cual como en la tierra. De esto estoy segura pues es de sentido común. Lo mismo si la víctima le perdona, ya que es la que primero debe perdonar para que el verdadero Juez le perdone tambien al muerto lo que lleva en su conciencia inmortal.
@mlcarnelli No. La cosa es bien simple de comprender. Si Jesús de Nazaret nos dijo :《a quien perdonares los pecados les serán perdonados también en el cielo como en la tierra》. Es sabido que, si a un alma no se le perdona no descansará jamás. De hecho se habla mucho de almas en pena que no descanzan. Por delitos graves, claro. No por faltas de convivencia. Cualquier criminal tiene mucho desasosiego eterno y su víctima que perdone aquí en la tierra a una persona fallecida, le será perdonado de igual modo 《en el cielo como en la tierra》.Esto no lo digo yo. Es de sentido común. Si la víctima no perdona no hay descanso eterno para el otro. Su conciencia no descansa hasta que es perdonada. A no ser que sea inocente y Dios le perdonará, como también es de sentido común que lo haga. Primero es la víctima la que tiene que perdonarle. Se supone que Dios perdona siempre que estés arrepentido pero el perdón de la persona afectada, es imprescindible. Es de cajón. De sentido común. Y nada tiene a ver con el perdón de un sacerdote, sino con el perdón de la persona afectada o perjudicada por el que murió. Por mucho que el sacerdote le perdone, si la victima no perdona, tampoco Dios. Le diría: primero vete donde tu hermano a pedirle perdón. Como haríamos cualquier padre o madre sensato. De arrepentimiento verdadero sólo Dios sabe. No el sacerdote. La verdadera confesión se da en conexión con Dios, que conoce bien niestra conciencia inmortal, no un hombre por muy de sotana y cuello blanco que vaya. Primero hay que pedir perdón a la persona. Y ser perdonada por ella, por nadie más. Y ahí se logra el verdadero perdón de Dios Padre Madre. De que nos sirve perdonar a un hijo si el mal se lo tiene que perdonar el otro hijo que causó el mal al otro. Nuestro perdón por otro, no sirve para decipar la rabia del afectado y el odio entre ambos aumentara mientras no se reconcilie con él o le pida perdón. Como mucho, como padres, podemos pedirles que hagan las paces y ayudarlos a perdonarse. El perdonarse es entre dos, sin intermediarios. Solo después Dios hará de juez, que es el único que sabe lo que pasa en cada conciencia. Y por muy buena madre o buen padre que podamos ser, no podemos perdonar por ningún de nuestros hijos al otro. Es intransferible.
@@mariaalbinadefreitas4859que bueno saber que lo que pasa en el más allá sea de sentido común. Gracias por aclararlo...ahora si es fácil de entender y no hace falta estudios teológicos y dudar y preguntarse y acercarse un pelin a la Verdad. 🎉❤
Lo de que Franco no podía conceder títulos nobiliarios es más que absurdo. El que puede lo más puede lo menos. Si concedió el título de Príncipe de España a Juan Carlos (el único Príncipe de España de la historia) y sucesor en la Jefatura del Estado a título de Rey, sin tener derecho a ello, ¿no podía conceder un marquesado?
Desde 2021 cuando se reformó la ley ya no existe la Tutela y la incapacidad. Entiendo la buena voluntad del interviniente pero todo ha cambiado y no es ya como dice. Que se actualice.
ENTENDEMOS QUE VIENES A LA ORDEN DEL OPUS DEI A CONFUNDIR Y MENTIR COMO SIEMPRE es en esa secta. ES TODO IGUAL LO DENUNCIADO Y USO FRAUDULENTO DEL PODER NOTARIAL PARA SIMULAR CURATELA SIN CONTROL DE LA FAMILIA Y HEREDEROS LEGALES, CONTROL JUDICIAL, NI REGISTRO CIVIL, NI DE LA PROPIEDAD ETC, NI DE HEREDEROS NI FISCALIA. SOLO QUE CAMBIA EL NOMBRE POR "CUIDADOR" EN LUGAR DE "TUTOR" Y "CURATELA" EN LUGAR DE "TUTELA" CON DEBER DE: HACER INVENTARIO INICIAL, DE RENDICION DE CUENTAS ANUALES,DE DAR CUENTA AL JUEZ Y HEREDEROS Y CAUSAHABIENTES A QUIENES NO SE PUEDE DESHERADAR Y NO PUEDE RECIBIR EL DESIGNADO EN PODER NOTARIAL POR EL "CURADO O INCAPAZ LLAMADO ANTIGUAMENTE", YA SEA PERSONA O SOCIEDAD, EMPRESA O RESIDENCIA (ES DECIR EL OPUS DEI EN CUALQUIERA DE SUS MUTANTES FORMAS), NI TESTAMENTO, NI PAGOS, NI BIENES, NI TRANSMISIONES PATRIMONIALES DEL "CURADO" (LLAMADO ANTES TUTELADO"), Y TODOS LOS ACTOS QUE NO SEAN DEL DIA A DIA NECESITAN AUTORIZACIÓN JUDICIAL Y DOCUMENTO PUBLICO DE AUTO O SETENCIA QUE LO AUTORICE, INCLUIDO EL TESTAR. OPUSINO MENTIROSO O MENTIROSO OPUSINO Si existe la tutela de menores de edad bajo la figura de patria potestad con TUTOR LEGAL, curatela de incapacitados por REPRESENANTES BAJO CONTROL JUDICIAL el llamado "DEFENSOR JUDICIAL" PARA EVITAR DESPLUMAR A LOS HEREDEROS los que antes se llamaban TUTORES ¿a quien quiere engañar?. Ahora se llama curatela Y DEBEN HACER TODO CON CONTROL Y APROBACIÓN JUDICIAL, EL PATRIMONIO INICIAL, DISPOSICION Y EL TESTAMENTO. Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Artículo 250. Las medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas que lo precisen son, además de las de naturaleza voluntaria, la guarda de hecho, la curatela y el defensor judicial. "Para los que actualmente están incapacitados, la ley prevé un régimen de adaptación. Quienes están sometidos a tutela quedan automáticamente sometidos a curatela representativa. Y los curadores deberán regirse por los principios de la nueva norma. Esta curatela podrá ser ejercida por familiares, personas del entorno o fundaciones que trabajan con ellos" "Defensor judicial: es una persona designada judicialmente a la que se le da potestad para actuar en momentos concretos y puntuales, especialmente cuando se da un conflicto de intereses entre la persona curadora y la persona con discapacidad" EL patrimonio inicial de la curatela y la disposicion anual se deben presentar si o si a los herederos legales, la familia biologica. La familia Opus Dei nunca ha existido ni civil ni legalmente Los testamentos solo son validos a los herederos legales hasta en 2/3 con el DEFENSOR JUDICIAL, antiguamente llamado TUTOR y si no hay, el 100% a los herederos legales Otro opusino... incansables a la mentira y cambiar todo siempre a su favor
Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica "Artículo 251. Se prohíbe a quien desempeñe alguna medida de apoyo (OPUS DEI O RESIDENCIA DEL OPUS DEI NOMBRADOS EN EL PODER NOTARIAL): 1.º Recibir liberalidades de la persona que precisa el apoyo o de sus causahabientes, mientras que no se haya aprobado definitivamente su gestión, salvo que se trate de regalos de costumbre o bienes de escaso valor. 2.º Prestar medidas de apoyo cuando en el mismo acto intervenga en nombre propio o de un tercero y existiera conflicto de intereses. 3.º Adquirir por título oneroso bienes de la persona que precisa el apoyo o transmitirle por su parte bienes por igual título." Es decir el CURADOR o REPRESENTANTE JUDICIAL lo que antes se llamaba TUTOR JUDICIAL, no puede recibir ni sueldos, patrimonio, ni enseres, casas, coches del adulto sometido a curatela, además de que hay 2/3 del patrimonio que pertenecen a los causahabientes o herederos legales: la familia hasta en 4 grado de línea de relación SI EL "CURADOR" ENCIMA ES UN LAICO DEL OPUS DEI ESTA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO QUE ESA SOCIEDAD RECIBA NADA CONTRA EL DERECHO DE LOS HEREDEROS NI DEL PATRIMONIO DE ESTOS, SEA EL CURADOR LA SOCIEDAD OPUS DEI LA CUAL LEGALMENTE NO EXISTE O SEA UN LAICO DEL OPUS DEI EL CUAL ENCIMA TAMPOCO HA PERTENECIDO JAMAS AL OPUS DEI. ES LA FAMILIA BIOLOGICA LA HEREDERA Y SI HAY DONACIONES EN VIDA BAJO LA FORMA AHORA DE CURATELA, ES DELITO DE ESTAFA AGRAVADA Y APROPIACIÓN INDEBIDA POR EL RECEPTOR DE ESE PATRIMONIO FRENTE A LA FAMILIA BIOLOGICA, DUEÑA COMO MINIMO EN 2/3 DE LA MASA HEREDITARIA
Cozumel no te embales, la señora q le dicen q no la pueden cuidar..es que la vida moderna , como en tantas familias, no da para estar muy pendiente 24h de las mayores..puede hace ganchill9, estar en la adminisrración..
"DELITO DE ABANDONO DE FAMILIA. artículo 226 del Código Penal". Dinero tienen de sobra, en España y fuera. Ya he hablado con fiscalía y ellos harán los informes. No podía Ud faltar... "Este delito contra las relaciones familiares, por tanto, es un delito de omisión, ya que lo que se castiga es una actitud consistente en dejar de hacer, en este caso, dejar de cumplir con una obligación. También es un delito semipúblico, que solo se puede perseguir mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal (artículo 228)." Esta señora maltratada tiene mal carácter, el mencionado la semana pasada ex director de la Iglesia del OD Basílica Pontificia de San Miguel de Madrid, ingresado sin tutela ni orden judicial alguna en Laguna, también era culpa de él por tener mal carácter ¿Qué les hacen Uds. para que acaben en la vejez así? ¿Ha llamado a su hermana y la ha ayudado en algo? No me tutee, no nos conocemos
@@Cozumel_ReefsExcelente respuesta. Tienen dinero para eso y para un millón de personas más. Es triste que se les esté permitiendo, dándoles tiempo, que lleven a cabo lo que a buen seguro se podría probar algún día como un alzamiento de bienes masivo. Saben hace mucho lo que se les viene encima, como sabían ya a finales de los 80s el destrozo que estaban causando a tanta gente, y animaban a estudiantes de medicina numerarios a que se especializaran en psiquiatría y se “formaran” un tiempo en la CUN de Navarra
Las numerarias tienen tiempo libre, a diferencia de las familias con hijos. De hecho no cocinan..no lavan la ropa..no ponen la mesa ni la levantan ni lavan los platos ni planchan ni hacen las compras ...buen pueden cuidar a una hermana mayor...sino para que entregan su vida a Dios en celibato Y viviendo en comunidad..?
1 Soy conciente de la santidad de José María Escriba 2 seguramente cometió muchos errores 3 quienes fallaron fueron los q forzaron la existencia de una organización totalmente absurda en el siglo XX 4 absolutamente absurdo arrodillarse ante el.poder y el dinero y hacer de está estupidez un camino de santidad Orar si Mortificarse Si Misión Apostólica Si Poder político No Poder social No Abusos pecado
Eres consciente? De que manera? A ver, que esa afirmación es muy aventurada. Te fías del juicio De la Iglesia y ya. Pero ser consciente de la santidad de Josemaria EscriVa….?
El 24 se abre el año jubilar de la esperanza, dura un año. Dudo mucho que el papa Francisco intervenga o disuelva al opus dei en pleno año santo. Se irá al 2026 esto del opus.
Legitimarios son los descendientes y en su defecto ascendientes , además de la legitima del conyuge viudo. El numerario , salvo que tenga ascendientes no tiene legitimarios. Tampoco herencia, porque dispone en favor del Opus en vida de su sueldo, y de lo que recibe por herencia.
Padres y en su defecto otros ascendientes sí son legitimarios. Ni hermanos ni otros parientes lo son. Sólo descendientes, ascendientes y cónyuge. Sí son sucesores abintestato los hermanos y los hijos de hermanos, ambos en defecto de descendientes y ascendientes. Pero eso es otra cosa. Hablamos del Código civil español
@@trecentoable artículo 744 del Código Civil y herederos forzosos, se ha de acudir al artículo 807 del Código Civil: JAMAS UN CIVIL LAICO ES HEREDERO DE OTRO CIVIL LAICO Los descendientes heredan primero. Si no existe un testamento, los hijos herederan a partes iguales. Además, si hay cónyuge, a este le corresponde 1/3 de la mejora en usufruto vitalicio. Los ascendientes son los siguientes en la línea de herencia. Primero están los padres, y luego los abuelos. Aún existiendo ascendientes a los que corresponda la herencia, si hay cónyuge, le toca 1/2 de los bienes en usufruto vitalicio. Si no existen descendientes ni ascendientes directos (nietos incluidos porque heredan lo que le corresponde al hijo), el cónyuge hereda. Cuando no hay hijos, nietos, ni padres o abuelos, ni tampoco hay cónyuge los hermanos y sobrinos tienen prioridad con la misma regla que aplica a descendientes directos. Si no existen ninguna de las figuras anteriormente citadas, heredan los familiares hasta cuarto grado de cosanguineidad. En caso contrario, es el Estado el que gestiona la herencia. Generalmente, reparte 1/3 a instituciones sin ánimo de lucro sociales del municipio, 1/3 a idénticas pero provinciales y el otro tercio se lo quedan en los Presupuestos del Estado
@@trecentoable jajaja ¿no es un hermano y sus descendientes herederos? Porque tu lo digas, majete. Herederos forzosos y legales en España: hasta el 4 grado ¿Cuál es el cuarto grado para heredar? Primer grado de consanguinidad: padres e hijos. Segundo grado de consanguinidad: hermanos, abuelos y nietos. Tercer grado de consanguinidad: bisabuelos, bisnietos, tíos y sobrinos. Cuarto grado de consanguinidad: primos, sobrinos nietos, tíos abuelos Código civil: Del parentesco Artículo 915 La proximidad del parentesco se determina por el número de generaciones. Cada generación forma un grado. Artículo 916 La serie de grados forma la línea, que puede ser directa o colateral. Se llama directa la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una de otra. Y colateral la constituida por la serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero que proceden de un tronco común. Artículo 917 Se distingue la línea recta en descendente y ascendente. La primera une al cabeza de familia con los que descienden de él. La segunda liga a una persona con aquellos de quienes desciende. Artículo 918 En las líneas se cuentan tantos grados como generaciones o como personas, descontando la del progenitor. En la recta se sube únicamente hasta el tronco. Así, el hijo dista del padre un grado, dos del abuelo y tres del bisabuelo. En la colateral se sube hasta el tronco común, y después se baja hasta la persona con quien se hace la computación. Por esto, el hermano dista dos grados del hermano, tres del tío, hermano de su padre o madre, cuatro del primo hermano, y así en adelante.
@@trecentoable Quien no es heredero es un civil sin relación alguna y sin ser familia con otro civil que jamás pertenecieron civilmente a esa sociedad civil. No se puede DESPOJAR DE LA LEGITIMA 1/3 Y DE LA MEJORA OTRO 1/3 JAMAS A LOS HEREDEROS LEGALES CON O SIN TESTAMENTO (FAMILIARES EN 4 GRADO Y TRAS ELLOS EL CONYUGE) Y SI NO HA TESTADO A FAVOR DE ELLOS ESTANDO VIVOS, ESE TESTAMENTO A UN LAICO AJENO A LA FAMILIA ES NULO Y SE DEBE DEJAR, HASTA EN 4 GRADOS A LOS HEREDEROS LEGALES (SIENDO HERMANOS, SOBRINOS, PRIMOS, NIETOS, SOBRINOS NIETOS Y ABUELOS), ESOS 2/3 AL NO HABER OTRO. NO INTOXIQUE, QUE YA SABEMOS QUE LE HAN MANDADO PARA ESO, CADA SEMANA UNO DISTINTO
@@Cozumel_ReefsLos hermanos y sobrinos no son herederos legitimarios o forzosos. Pueden llegar a heredar si no hay testamento , y no hay otros parientes en linea recta descendente o ascendente, o si el testador así lo ha dispuesto. Cuando no hay testamento es abintestato.
Entonces era por aparentar ya que en Roma entonces esraba lleno de aristócratas empezando por Pio xii de la nobleza negra...luego en la Obra sí se agregó gente de alcurnia..en fin
Magnífico coloquio!!! Mil gracias ❤❤❤❤
Extraordinaria reunión la de esta semana. Cozumel está, sencillamente, DESCOMUNAL.
Gracias
@@Cozumel_Reefs es de Justicia, hermano. Gracias a ti por tantísima información y esos nuevos enfoques, absolutamente DEFINITIVOS. Si el Papa viera estos vídeos, le habrías trazado una carta de navegación, con información que no siempre llega a las altas esferas, de cómo es esa gente realmente.
Marqués le llaman a aquel hidalgo que sirve a un rey o duque. No comprendo que se pueda vender ese título cuando ni siquiera se puede heredar.
Conozco a varias numerarias y me da la impresion que les encanta la vida conventual laica. Les gusta la estructura de vivir en comunidad sin decidir nada, con horarios y actividades establecidas por otras. Con cursos anuales sin inconvenientes y programados en vez de vacaciones que tendrian que organizar y ver con quien ir. Y estan muy comodas y plenas en ese ambiente institucionalizado ordenado y sin sobresaltos. Se mueren en el caos que es la vida de soltera y/o familiar del cristiano corriente en medio del mundo ❤
Hay muchas personas que se encuentran muy cómodas con ese tipo de vida. Obvio.
También hay otras personas que están cómodas con un tipo de vida radicalmente diferente.
También hay lo contrario; de todo, como en botica. Y que cada caminante siga su camino.
Extraordinaria no. Brillante y excelente. No puedo agradecer más y mejor. Llevo 2 años escuchando y disculpad por no hablar en directo. A ver si pierdo mi vergüenza. Brillante y única exposición de todos vosotros. Un abrazo muy fuerte. Tengo pendiente solo mi presentación en imagen.
Gracias, un saludo
Me ha hecho gracia lo del titulo nobiliario, lo del ansia de poder, y lo de buscar la riqueza. Lo opuesto a Jesus. Increible!! Saludos!
Feliz Navidad a todos y todas. Gracias por este coloquio y a cozumel. Hay que proteger a todo@ los mayores. ❤
Feliz Navidad ❤
@Cozumel_Reefs Gracias Cozumel. Yo soy abogada jubilada y con una discapacidad del 69°\° y de las primeras que no dejo el Opus si no era con una pensión de por vida. Me la dieron. Yo se mucho pero en mi estado no puedo ayudar. Te doy las gracias por todo el estudio que haces. Al final Dios nos protege. Feliz Navidad
“La falsificación del marquesado de Peralta” es el título del capítulo del libro de Ricardo de la Cierva, “Los años mentidos”. El capítulo está en Opuslibros y se encuentra también buscando en Google.
Cozumel tiene razón, la obra tiene la obligación moral de sostener a todas las numerarias auxiliares y a todas las numerarias que han trabajado toda su vida en administraciones y trabajos internos.
Y legal. feliz Navidad❤
@ feliz Navidad!🎄
Les felicito por lo de hoy, como siempre.
La captación de dinero, aprovechando cualquier asunto o motivo, es el primer objetivo que se les asigna a los numerarios y agregados.
La historia de lo del marquesado es que, como en muchas otras cosas, el fundador les pedía a sus “hijos” un modo de vida y unos requisitos que él mismo no contemplaba. El era siempre la excepción justificada. Y los demás se quedaban con una cara de gilipollas….
@@yomisma9114 El fundador era el único que no vivía de ninguna manera el supuesto espíritu de su obra sin necesidad de justificarse por ello. Ni se ajustaba a sus normas, ni a sus reglamentos y costumbres. Hacía lo que le venía en gana y cuando le venía en gana, y deshacía con la misma facilidad. “A golpe de visiones”, expresión creo que del brillante Gervasio. Se montó su particular abadía de las huelgas en la que reinar como un monarca absoluto, engrandecerse, enriquecerse y pasar a la historia como santo a la altura de los padres de la iglesia. Un perturbado, digno heredero de la picaresca española, del Lazarillo y del Buscón
@ es curioso que tú y yo lo vemos así, pero tanta otra gente, buena, inteligente, lo vea de otra manera… el pase que le dan me resulta confuso. Es verdad que puedo ser yo la que está equivocada.
Y así todo en el opus. Confusión para confundir y controlar. Todo.
@ y Feliz Navidad
@@yomisma9114 Feliz Navidad
Ricardo pregunta por qué importaba el título: pues porque la unión de Opus y MaIta iba a tener y de hecho ha tenido muchísimo poder. Estudien la historia de Le CercIe que es eso, la unión de Opus y SMOMaIta. Mucho más poder que el poder político visible y aparente. Tienen poder real, poder en la sombra.
El dinero y los bienes mal habidos TIENEN que ser encautados!!!!
Invitad a José Luis Mazón, abogado de Josefina Hurtado, para hablar de esto.
Los “votos” que hacen en el Opus, al no ser públicos, dudo que sean validos!!!!
"artículo 808, pasando el actual cuarto párrafo a ocupar el tercer lugar, y se añaden a continuación dos nuevos párrafos, de forma que queda con la siguiente redacción:
"CONSTITUYEN LA LEGÍTIMA DE LOS HIJOS Y DESCENDIENTES LAS DOS TERCERAS PARTES DEL HABER HEREDITARIO DE LOS PROGENITORES"
Sin embargo, podrán estos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes.
La tercera parte restante será de libre disposición.»"
La carta de petición de admisión no es un documento oficial, ni un contrato. Es solo una carta de un remitente pidiendo algo al destinatario, pero eso no implica que el destinatario otorgue esa petición. Con el Opus Dei no hay NUNCA NINGÚN CONTRATO ESCRITO. Legalmente no queda NINGÚN DOCUMENTO ESCRITO SOBRE LA PERTENENCIA, salvo que expresamente un responsable del Opus Dei (vicario) lo certifique en un caso concreto. Yo estoy convencido de que legalmente nunca he pertenecido al Opus Dei en los más de 44 años que "supuestamente" pertenecí.
Legalmente no lo es porque no pueden pertenecer, de facto y en fraude de ley lo es simulando ser ese el vinculo, pero eso no lo pueden reconocer porque como bien has dicho, jamás ningún laico ha pertenecido
Siempre quedan registros, huellas, migajas por dónde has estado....chequeaste los domicilios fiscales u electrónicos?
Y por eso insisten tanto en que son familia y en la obediencia, porque es la única manera de engañar a “sus” laicos para dejarse esquilmar y explotar
@HansHolle58 Ni lo uno ni lo otro, triste pero es así. Por eso el nuevo delito de abuso religioso, espiritual etc, ya sea cometidos por laicos o por religiosos en nombre de la religión católica.
Quedé flasheando ( flipando) con lo de la descanonizacion...wow.. será posible eso? Pasó alguna vez en la historia de la Iglesia? Perdon mi ignorancia y gracias por este video tan ilustrativo y sanador.. muchas veces pensé que yo estaba loca ... Dios los bendiga! Antonio soy tu fan😂
Antonio, hablas de los "numerarios que piensan". Te aseguro que no superan el 5% de todos los numerarios de España. No sé cuántos numerarios habrá en España. Pero los que piensan son muy pocos. Y los pocos que piensan, no se atreven a hablar. Son cobardes.
Jesus ha venido a liberar al mundo no a esclavizarlo. Jesus te hace libre absolutamente. Si no es así no son discípulos de Jesus, será otra cosa, pero no seguidores de Jesus. Un abrazo Espíritu, y fuerza!!!
«TÍTULO XII
Disposiciones comunes
Artículo 300.
"LAS RESOLUCIONES JUDICIALES Y LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS NOTARIALES SOBRE LOS CARGOS TUTELARES Y MEDIDAS DE APOYO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD HABRÁN DE INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO CIVIL"
Cozumel aporta. Bienvenido. Diego y Alber dan vueltas sin aportar nada nuevo. Por favor, valoren nuestro tiempo.
Como ya se ha dicho en otras ocasiones, el principal problema del opus dei (y tiene muchos problemas) es su calamitoso fundador.
Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica
«TÍTULO XII
Disposiciones comunes
Artículo 300.
Las resoluciones judiciales y los documentos públicos notariales sobre los cargos tutelares ( (OPUS DEI O RESIDENCIAS DEL OPUS DEI NOMBRADOS EN EL PODER NOTARIAL) y medidas de apoyo a personas con discapacidad habrán de inscribirse en el Registro Civil.»
No creo que nadie dentro del Opus Dei, con una edad cercana a los 27-28 años, sepa lo que es el Opus Dei. Así que, ¿Cómo van a poder gobernarlo?
De acuerdo al código civil, laboral, fiscal, tributario. Es fácil. Y no saltarse el código penal
Es la asociación americana de psiquiateia..
En tiempos de genocidio en Gaza, violando todo el derecho internacional, no se puede decir que hemos superado la ley del garrotazo y existe el derecho.
Estos coloquios son en libertad y, gracias a Dios, nadie del Opus Dei lo puede evitar. Y son en libertad porque "la verdad nos hará libres". Podemos no estar de acuerdo en todo, pero nos hablamos y nos escuchamos, con libertad y con total sinceridad. Que tomen nota los del Opus Dei y que verdaderamente empiecen a actuar así. Que dejen de ser cobardes y que empiecen a decir la verdad.
Yo los voy a extrañar😢❤🎉
Ni casi nadie trata por 'Don', sino de Señor..., que no es poco, y es de mayor respeto. Y, por otra parte, de humildad, por parte de cualquier supuesto "Don Juan".
Señor/ Señora de su propia vida.
oh Santa y Divina Providencia perdona a todos los q permitieron la creación de un mundo de absurdos
Feliz Navidad
❤ pobre el Papa Francisco que chicharrón el q dejo Navarro Vals
Si en la tierra se condena a un muerto, condenado quedará en el cielo así tal cual como en la tierra. De esto estoy segura pues es de sentido común. Lo mismo si la víctima le perdona, ya que es la que primero debe perdonar para que el verdadero Juez le perdone tambien al muerto lo que lleva en su conciencia inmortal.
No entendí nada. Así que a Dios se lo maneja desde el planeta tierra?
@mlcarnelli No. La cosa es bien simple de comprender. Si Jesús de Nazaret nos dijo :《a quien perdonares los pecados les serán perdonados también en el cielo como en la tierra》. Es sabido que, si a un alma no se le perdona no descansará jamás. De hecho se habla mucho de almas en pena que no descanzan. Por delitos graves, claro. No por faltas de convivencia. Cualquier criminal tiene mucho desasosiego eterno y su víctima que perdone aquí en la tierra a una persona fallecida, le será perdonado de igual modo 《en el cielo como en la tierra》.Esto no lo digo yo. Es de sentido común. Si la víctima no perdona no hay descanso eterno para el otro. Su conciencia no descansa hasta que es perdonada. A no ser que sea inocente y Dios le perdonará, como también es de sentido común que lo haga. Primero es la víctima la que tiene que perdonarle. Se supone que Dios perdona siempre que estés arrepentido pero el perdón de la persona afectada, es imprescindible. Es de cajón. De sentido común. Y nada tiene a ver con el perdón de un sacerdote, sino con el perdón de la persona afectada o perjudicada por el que murió. Por mucho que el sacerdote le perdone, si la victima no perdona, tampoco Dios. Le diría: primero vete donde tu hermano a pedirle perdón. Como haríamos cualquier padre o madre sensato. De arrepentimiento verdadero sólo Dios sabe. No el sacerdote. La verdadera confesión se da en conexión con Dios, que conoce bien niestra conciencia inmortal, no un hombre por muy de sotana y cuello blanco que vaya. Primero hay que pedir perdón a la persona. Y ser perdonada por ella, por nadie más. Y ahí se logra el verdadero perdón de Dios Padre Madre. De que nos sirve perdonar a un hijo si el mal se lo tiene que perdonar el otro hijo que causó el mal al otro. Nuestro perdón por otro, no sirve para decipar la rabia del afectado y el odio entre ambos aumentara mientras no se reconcilie con él o le pida perdón. Como mucho, como padres, podemos pedirles que hagan las paces y ayudarlos a perdonarse. El perdonarse es entre dos, sin intermediarios. Solo después Dios hará de juez, que es el único que sabe lo que pasa en cada conciencia. Y por muy buena madre o buen padre que podamos ser, no podemos perdonar por ningún de nuestros hijos al otro. Es intransferible.
@@mariaalbinadefreitas4859que bueno saber que lo que pasa en el más allá sea de sentido común. Gracias por aclararlo...ahora si es fácil de entender y no hace falta estudios teológicos y dudar y preguntarse y acercarse un pelin a la Verdad. 🎉❤
Lo de que Franco no podía conceder títulos nobiliarios es más que absurdo.
El que puede lo más puede lo menos.
Si concedió el título de Príncipe de España a Juan Carlos (el único Príncipe de España de la historia) y sucesor en la Jefatura del Estado a título de Rey, sin tener derecho a ello, ¿no podía conceder un marquesado?
Desde 2021 cuando se reformó la ley ya no existe la Tutela y la incapacidad. Entiendo la buena voluntad del interviniente pero todo ha cambiado y no es ya como dice. Que se actualice.
ENTENDEMOS QUE VIENES A LA ORDEN DEL OPUS DEI A CONFUNDIR Y MENTIR COMO SIEMPRE es en esa secta. ES TODO IGUAL LO DENUNCIADO Y USO FRAUDULENTO DEL PODER NOTARIAL PARA SIMULAR CURATELA SIN CONTROL DE LA FAMILIA Y HEREDEROS LEGALES, CONTROL JUDICIAL, NI REGISTRO CIVIL, NI DE LA PROPIEDAD ETC, NI DE HEREDEROS NI FISCALIA. SOLO QUE CAMBIA EL NOMBRE POR "CUIDADOR" EN LUGAR DE "TUTOR" Y "CURATELA" EN LUGAR DE "TUTELA"
CON DEBER DE: HACER INVENTARIO INICIAL, DE RENDICION DE CUENTAS ANUALES,DE DAR CUENTA AL JUEZ Y HEREDEROS Y CAUSAHABIENTES A QUIENES NO SE PUEDE DESHERADAR Y NO PUEDE RECIBIR EL DESIGNADO EN PODER NOTARIAL POR EL "CURADO O INCAPAZ LLAMADO ANTIGUAMENTE", YA SEA PERSONA O SOCIEDAD, EMPRESA O RESIDENCIA (ES DECIR EL OPUS DEI EN CUALQUIERA DE SUS MUTANTES FORMAS), NI TESTAMENTO, NI PAGOS, NI BIENES, NI TRANSMISIONES PATRIMONIALES DEL "CURADO" (LLAMADO ANTES TUTELADO"), Y TODOS LOS ACTOS QUE NO SEAN DEL DIA A DIA NECESITAN AUTORIZACIÓN JUDICIAL Y DOCUMENTO PUBLICO DE AUTO O SETENCIA QUE LO AUTORICE, INCLUIDO EL TESTAR. OPUSINO MENTIROSO O MENTIROSO OPUSINO
Si existe la tutela de menores de edad bajo la figura de patria potestad con TUTOR LEGAL, curatela de incapacitados por REPRESENANTES BAJO CONTROL JUDICIAL el llamado "DEFENSOR JUDICIAL" PARA EVITAR DESPLUMAR A LOS HEREDEROS los que antes se llamaban TUTORES ¿a quien quiere engañar?. Ahora se llama curatela Y DEBEN HACER TODO CON CONTROL Y APROBACIÓN JUDICIAL, EL PATRIMONIO INICIAL, DISPOSICION Y EL TESTAMENTO.
Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
Artículo 250.
Las medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas que lo precisen son, además de las de naturaleza voluntaria, la guarda de hecho, la curatela y el defensor judicial.
"Para los que actualmente están incapacitados, la ley prevé un régimen de adaptación. Quienes están sometidos a tutela quedan automáticamente sometidos a curatela representativa. Y los curadores deberán regirse por los principios de la nueva norma. Esta curatela podrá ser ejercida por familiares, personas del entorno o fundaciones que trabajan con ellos"
"Defensor judicial: es una persona designada judicialmente a la que se le da potestad para actuar en momentos concretos y puntuales, especialmente cuando se da un conflicto de intereses entre la persona curadora y la persona con discapacidad"
EL patrimonio inicial de la curatela y la disposicion anual se deben presentar si o si a los herederos legales, la familia biologica. La familia Opus Dei nunca ha existido ni civil ni legalmente
Los testamentos solo son validos a los herederos legales hasta en 2/3 con el DEFENSOR JUDICIAL, antiguamente llamado TUTOR y si no hay, el 100% a los herederos legales
Otro opusino... incansables a la mentira y cambiar todo siempre a su favor
Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica
"Artículo 251.
Se prohíbe a quien desempeñe alguna medida de apoyo (OPUS DEI O RESIDENCIA DEL OPUS DEI NOMBRADOS EN EL PODER NOTARIAL):
1.º Recibir liberalidades de la persona que precisa el apoyo o de sus causahabientes, mientras que no se haya aprobado definitivamente su gestión, salvo que se trate de regalos de costumbre o bienes de escaso valor.
2.º Prestar medidas de apoyo cuando en el mismo acto intervenga en nombre propio o de un tercero y existiera conflicto de intereses.
3.º Adquirir por título oneroso bienes de la persona que precisa el apoyo o transmitirle por su parte bienes por igual título."
Es decir el CURADOR o REPRESENTANTE JUDICIAL lo que antes se llamaba TUTOR JUDICIAL, no puede recibir ni sueldos, patrimonio, ni enseres, casas, coches del adulto sometido a curatela, además de que hay 2/3 del patrimonio que pertenecen a los causahabientes o herederos legales: la familia hasta en 4 grado de línea de relación
SI EL "CURADOR" ENCIMA ES UN LAICO DEL OPUS DEI ESTA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO QUE ESA SOCIEDAD RECIBA NADA CONTRA EL DERECHO DE LOS HEREDEROS NI DEL PATRIMONIO DE ESTOS, SEA EL CURADOR LA SOCIEDAD OPUS DEI LA CUAL LEGALMENTE NO EXISTE O SEA UN LAICO DEL OPUS DEI EL CUAL ENCIMA TAMPOCO HA PERTENECIDO JAMAS AL OPUS DEI. ES LA FAMILIA BIOLOGICA LA HEREDERA Y SI HAY DONACIONES EN VIDA BAJO LA FORMA AHORA DE CURATELA, ES DELITO DE ESTAFA AGRAVADA Y APROPIACIÓN INDEBIDA POR EL RECEPTOR DE ESE PATRIMONIO FRENTE A LA FAMILIA BIOLOGICA, DUEÑA COMO MINIMO EN 2/3 DE LA MASA HEREDITARIA
Yo creo que al que está enfermo, no puede trabajar y se ha dado..lo ayudan o mantienen...
Cozumel no te embales, la señora q le dicen q no la pueden cuidar..es que la vida moderna , como en tantas familias, no da para estar muy pendiente 24h de las mayores..puede hace ganchill9, estar en la adminisrración..
Mucha gente que le pasa eso no es muy simpatica...
"DELITO DE ABANDONO DE FAMILIA. artículo 226 del Código Penal". Dinero tienen de sobra, en España y fuera. Ya he hablado con fiscalía y ellos harán los informes. No podía Ud faltar... "Este delito contra las relaciones familiares, por tanto, es un delito de omisión, ya que lo que se castiga es una actitud consistente en dejar de hacer, en este caso, dejar de cumplir con una obligación. También es un delito semipúblico, que solo se puede perseguir mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal (artículo 228)." Esta señora maltratada tiene mal carácter, el mencionado la semana pasada ex director de la Iglesia del OD Basílica Pontificia de San Miguel de Madrid, ingresado sin tutela ni orden judicial alguna en Laguna, también era culpa de él por tener mal carácter ¿Qué les hacen Uds. para que acaben en la vejez así?
¿Ha llamado a su hermana y la ha ayudado en algo? No me tutee, no nos conocemos
@@Cozumel_ReefsExcelente respuesta. Tienen dinero para eso y para un millón de personas más. Es triste que se les esté permitiendo, dándoles tiempo, que lleven a cabo lo que a buen seguro se podría probar algún día como un alzamiento de bienes masivo. Saben hace mucho lo que se les viene encima, como sabían ya a finales de los 80s el destrozo que estaban causando a tanta gente, y animaban a estudiantes de medicina numerarios a que se especializaran en psiquiatría y se “formaran” un tiempo en la CUN de Navarra
Las numerarias tienen tiempo libre, a diferencia de las familias con hijos. De hecho no cocinan..no lavan la ropa..no ponen la mesa ni la levantan ni lavan los platos ni planchan ni hacen las compras ...buen pueden cuidar a una hermana mayor...sino para que entregan su vida a Dios en celibato Y viviendo en comunidad..?
1 Soy conciente de la santidad de José María Escriba
2 seguramente cometió muchos errores
3 quienes fallaron fueron los q forzaron la existencia de una organización totalmente absurda en el siglo XX
4 absolutamente absurdo arrodillarse ante el.poder y el dinero y hacer de está estupidez un camino de santidad
Orar si
Mortificarse Si
Misión Apostólica Si
Poder político No
Poder social No
Abusos pecado
Eres consciente? De que manera? A ver, que esa afirmación es muy aventurada. Te fías del juicio De la Iglesia y ya. Pero ser consciente de la santidad de Josemaria EscriVa….?
Que buen chiste jaja
El 24 se abre el año jubilar de la esperanza, dura un año. Dudo mucho que el papa Francisco intervenga o disuelva al opus dei en pleno año santo. Se irá al 2026 esto del opus.
@ o a ningún lado.
@@yomisma9114créeme q si
Y se comprobará
Ya lo veras
Legitimarios son los descendientes y en su defecto ascendientes , además de la legitima del conyuge viudo. El numerario , salvo que tenga ascendientes no tiene legitimarios. Tampoco herencia, porque dispone en favor del Opus en vida de su sueldo, y de lo que recibe por herencia.
Padres y en su defecto otros ascendientes sí son legitimarios. Ni hermanos ni otros parientes lo son. Sólo descendientes, ascendientes y cónyuge. Sí son sucesores abintestato los hermanos y los hijos de hermanos, ambos en defecto de descendientes y ascendientes. Pero eso es otra cosa. Hablamos del Código civil español
@@trecentoable
artículo 744 del Código Civil y herederos forzosos, se ha de acudir al artículo 807 del Código Civil: JAMAS UN CIVIL LAICO ES HEREDERO DE OTRO CIVIL LAICO
Los descendientes heredan primero. Si no existe un testamento, los hijos herederan a partes iguales. Además, si hay cónyuge, a este le corresponde 1/3 de la mejora en usufruto vitalicio.
Los ascendientes son los siguientes en la línea de herencia. Primero están los padres, y luego los abuelos. Aún existiendo ascendientes a los que corresponda la herencia, si hay cónyuge, le toca 1/2 de los bienes en usufruto vitalicio.
Si no existen descendientes ni ascendientes directos (nietos incluidos porque heredan lo que le corresponde al hijo), el cónyuge hereda.
Cuando no hay hijos, nietos, ni padres o abuelos, ni tampoco hay cónyuge los hermanos y sobrinos tienen prioridad con la misma regla que aplica a descendientes directos.
Si no existen ninguna de las figuras anteriormente citadas, heredan los familiares hasta cuarto grado de cosanguineidad.
En caso contrario, es el Estado el que gestiona la herencia. Generalmente, reparte 1/3 a instituciones sin ánimo de lucro sociales del municipio, 1/3 a idénticas pero provinciales y el otro tercio se lo quedan en los Presupuestos del Estado
@@trecentoable jajaja ¿no es un hermano y sus descendientes herederos? Porque tu lo digas, majete.
Herederos forzosos y legales en España: hasta el 4 grado
¿Cuál es el cuarto grado para heredar?
Primer grado de consanguinidad: padres e hijos.
Segundo grado de consanguinidad: hermanos, abuelos y nietos.
Tercer grado de consanguinidad: bisabuelos, bisnietos, tíos y sobrinos.
Cuarto grado de consanguinidad: primos, sobrinos nietos, tíos abuelos
Código civil: Del parentesco
Artículo 915
La proximidad del parentesco se determina por el número de generaciones. Cada generación forma un grado.
Artículo 916
La serie de grados forma la línea, que puede ser directa o colateral.
Se llama directa la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una de otra.
Y colateral la constituida por la serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero que proceden de un tronco común.
Artículo 917
Se distingue la línea recta en descendente y ascendente.
La primera une al cabeza de familia con los que descienden de él.
La segunda liga a una persona con aquellos de quienes desciende.
Artículo 918
En las líneas se cuentan tantos grados como generaciones o como personas, descontando la del progenitor.
En la recta se sube únicamente hasta el tronco. Así, el hijo dista del padre un grado, dos del abuelo y tres del bisabuelo.
En la colateral se sube hasta el tronco común, y después se baja hasta la persona con quien se hace la computación. Por esto, el hermano dista dos grados del hermano, tres del tío, hermano de su padre o madre, cuatro del primo hermano, y así en adelante.
@@trecentoable Quien no es heredero es un civil sin relación alguna y sin ser familia con otro civil que jamás pertenecieron civilmente a esa sociedad civil. No se puede DESPOJAR DE LA LEGITIMA 1/3 Y DE LA MEJORA OTRO 1/3 JAMAS A LOS HEREDEROS LEGALES CON O SIN TESTAMENTO (FAMILIARES EN 4 GRADO Y TRAS ELLOS EL CONYUGE) Y SI NO HA TESTADO A FAVOR DE ELLOS ESTANDO VIVOS, ESE TESTAMENTO A UN LAICO AJENO A LA FAMILIA ES NULO Y SE DEBE DEJAR, HASTA EN 4 GRADOS A LOS HEREDEROS LEGALES (SIENDO HERMANOS, SOBRINOS, PRIMOS, NIETOS, SOBRINOS NIETOS Y ABUELOS), ESOS 2/3 AL NO HABER OTRO. NO INTOXIQUE, QUE YA SABEMOS QUE LE HAN MANDADO PARA ESO, CADA SEMANA UNO DISTINTO
@@Cozumel_ReefsLos hermanos y sobrinos no son herederos legitimarios o forzosos. Pueden llegar a heredar si no hay testamento , y no hay otros parientes en linea recta descendente o ascendente, o si el testador así lo ha dispuesto. Cuando no hay testamento es abintestato.
Entonces era por aparentar ya que en Roma entonces esraba lleno de aristócratas empezando por Pio xii de la nobleza negra...luego en la Obra sí se agregó gente de alcurnia..en fin
Y seguís aparentando hoy, lo que nunca habéis sido