sí, claro. y la fecha desde la cual comienza el cómputo del período de retroacción, es la de la presentación del concurso preventivo. Ello por cuanto la presentación del concurso preventivo importa el pedido de quiebra condicionado para el caso de su frustración, incumplimiento o nulidad del acuerdo.
La cesación de pagos, seria la plata que se gasta el deudor en el concurso? porque el concurso tiene gastos "efectos". y por tema de inflación etc. nl puede pagar. y pide la cesación de pagos, es así?
No Braian.. la cesación de pagos es in estado de impotencia del patrimonio que constituye el presupuesto objetivo del concurso (preventivo o liquisativo-quiebra) por lo cual ya está presente al tiempo del inicio del proceso.
Se le agradece mucho Doctor, estoy cursando la materia actualmente y su material me ha ayudado mucho.
Esa es la idea. Me alegro que te sean de utilidad los videos
Hay periodo de sospecha en la quiebra indirecta?
sí, claro. y la fecha desde la cual comienza el cómputo del período de retroacción, es la de la presentación del concurso preventivo. Ello por cuanto la presentación del concurso preventivo importa el pedido de quiebra condicionado para el caso de su frustración, incumplimiento o nulidad del acuerdo.
@@hectorricardofragapane7985 muchas gracias Dr. Saludos!!!
La cesación de pagos, seria la plata que se gasta el deudor en el concurso? porque el concurso tiene gastos "efectos". y por tema de inflación etc. nl puede pagar. y pide la cesación de pagos, es así?
No Braian.. la cesación de pagos es in estado de impotencia del patrimonio que constituye el presupuesto objetivo del concurso (preventivo o liquisativo-quiebra) por lo cual ya está presente al tiempo del inicio del proceso.