Cálculo de liquidación de beneficios sociales de un trabajador y declaración en la AFPNET.
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- Опубліковано 14 жов 2024
- En este video te explicamos como calcular los beneficios sociales de un trabajador y declara en la AFPNET.
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Gracias por el aporte; acoto lo siguiente: Las empresas que figuren como microempresa NO PAGAN BENEFICIOS LABORAL, las pequeñas empresas SI PAGAN PERO AL 50%; Con respecto al calculo de CTS TRUNCA, el ejemplo señala que se le pago en MAYO ( Del periodo Nov - Abril ), se le debe del periodo Mayo - 23 de setiembre ( 4 meses y 23 días ). Saludos.
Muy bien. Pero no cesó en agosto, fue en set. Aunque era un ejemplo. Así lo tomé.
El régimen laboral de la microempresa no paga ni Cts ni gratificación, solo las vacaciones por 15 días.
TENGO UNA DUDA, LA GRATIFICACION TRUNCA, SE PAGA POR MES LABORADO COMPLETO, EN DIFRERENCIA DE CUANDO ESTA TRABAJANDO, Q SE PAGA POR LOS DIAS
Mes laborado completo de trabajo la Ley 27735, así lo establece.
buenas, si encaso liquide a 5 trabajadores e hice el plame de los sueldos y aparte hice la liquidacion de los beneficios, no realice el mismo procedimiento q muestra usted , simplemente declare el afp del sueldo mensual
Hola en la AFP tienes que considerar las vacaciones truncas de la liquidación, en caso que no se consideró, envía nuevamente de ese trabajor solo el monto de las vacaciones y con estado de baja.
@@elcontador. muchas gracias🤗
Interesante video, agradecido con el aporte. Tengo una consulta el pago de CTS en Mayo corresponde al periodo hasta Abril. Porque el calculo que realiza en excel comienza en Junio, no debió comenzar en Mayo (Mayo a Octubre) ?
Hola Jose, el calculo de la CTS de trabajadores activos es Mayo 202x - Octubre 202x., que se deposita la quincena de noviembre, y Noviembre 202x - Abril 202x., que se deposita la quincena de mayo. Saludos.
Prof, pero si esta en micro no le corresponde beneficios. Los beneficios a 1/2 son de la pequeña empresa 🤔
Depende mucho si la empresa a tenido trabajadores en planilla antes que se acoja a ley de la micro y pequeña empresa, en realidad es analizar muchos factores, no todos los trabajadores tienen los mismos beneficios, muchos pueden haber ingresaron antes que la empresa se acoja a la ley mencionada y muchos después que se acogió a la ley.
Buenas noches, excelente video. Una consulta: si mi trabajador cesó en setiembre pero en octubre olvidé declarar su liquidación, ¿puedo declararlo para noviembre? Muchas gracias de antemano.
Hola profesor, gracias por la información. Una consulta: si mi trabajador cesó en setiembre y olvidé declarar el afp de la liquidación en octubre, ¿lo puedo hacer en noviembre?
Claro envía la información solo del trabajador que cesó con el periodo que dejo de laborar osea setiembre.
Le robaste el mes de mayo en su CTS.