Poderes - Poder Especial, Poder General Amplio, Poder General de Administración, Poder Judicial

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  • Опубліковано 3 гру 2024
  • En este video el escribano Adrián Comas trata los Poderes, y sus distintos tipos (Poder Especial, Poder General Amplio de Administración y Disposición, Poder General de Administración, Poder Judicial, etc.), como así también ciertos requisitos para el asentimiento.
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    PODERES
    Un poder es un documento mediante el cual una persona le otorga a otra la capacidad de actuar en nombre suyo. Podrá otorgar un poder toda persona humana o jurídica que necesite ser representada en algún acto. Por ejemplo, ante la necesidad de formalizar un negocio (compraventa, locación, hipoteca o sociedad, entre otros), cobrar o realizar trámites en bancos o instituciones, contestar una demanda o llevar a cabo una sucesión.
    Personas físicas o humanas
    Todos los poderes pueden ser otorgados ante un escribano. En principio, la documentación a presentar al escribano para el otorgamiento del poder por parte de una persona humana es el DNI.
    Personas jurídicas
    Si se actúa en nombre de una persona jurídica, se deberán presentar sus estatutos o constitución y modificaciones, los libros con la respectiva designación del representante legal (presidente, gerente) y, según el caso, el acta especial del órgano de administración que resuelva el otorgamiento del poder (además del DNI del representante legal que vaya a firmar la escritura).
    Apoderado
    Si quien concurre a otorgar el poder es un apoderado que lo hace en nombre de otra persona (sea humana o jurídica), deberá también presentar el pertinente poder con facultades suficientes.
    Tipos de poderes
    Los poderes pueden ser especiales para uno o más actos, o generales. Pueden ser revocados por la sola voluntad de la persona que lo otorga. Caducan cuando el otorgante padece una incapacidad posterior al otorgamiento del poder, y también cuando muere quien lo dio o la persona apoderada.

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