la verdad es una verguenza por parte del juez del juzgado del trabajo de iquique, mostrandoles todas las pruebas, comprobando incluso y aceptada la parte demandada que yo trabajaba con articulo 22 y ellos me obligaban a trabajar con horario fijo y trabajar mas de 45 horas semanales, y ademas realizaba mas funciones de las que estaban estipuladas por contraro, me obligaban a realizar mas funciones y todo quedo demostrado y probado en juicio el juez del juzgado del trabajo de iquique, no le dio una gran importancia y perdono a la empresa en la demanda por tutela, osea uno demanda, lo comprueba y en juicio y para que ? para que el juez perdone a la empresa, yo iniciare acciones y reclamos en contra de este señor por su criterio o corrupcion de por medio pero es lamentable que no se haga justicia y se les de perdonazo a las empresas, entonces uno para que demanda si hay unos jueces permisivos que demostrada la vulneracion no toman accion de condena contra las empresas ?????
@@christianalejandro1607 hola 👋 Lamentable situación.... pero sepa usted que para eso también está la corte de apelaciones donde muchas veces se dan vuelta esas sentencias donde un juez no toma todas las pruebas, su abogado debería recomendarle esto para seguir con su causa y llevarla al siguiente nivel. Saludos
Se necesita de parte del demandante paciencia y perseverancia. Yo estuve casi 2 años en juicio. Después de obtener una sentencia a favor en el tribunal laboral, la parte demandada puede recurrir a la Corte de Apelaciones y a la Corte suprema.
Disculpen la ignorancia, pero, cuáles son considerados "derechos fundamentales"? Son estos? Derecho a la vida y a la integridad física Respeto a la vida privada y a la honra del trabajador y su familia Libertad de conciencia, de expresión, de opinión e información Libertad de trabajo y derecho a elegirlo libremente Garantía de que ningún trabajo puede ser prohibido, salvo las excepciones de la Constitución Derecho a no ser discriminado Libertad sindical y derecho a negociar colectivamente Agradezco la aclaración, saludos y excelente material el de Circulo Laboral!
Las leyes a veces están hechas a la conciencia de los jueces
Exelente vídeo
la verdad es una verguenza por parte del juez del juzgado del trabajo de iquique, mostrandoles todas las pruebas, comprobando incluso y aceptada la parte demandada que yo trabajaba con articulo 22 y ellos me obligaban a trabajar con horario fijo y trabajar mas de 45 horas semanales, y ademas realizaba mas funciones de las que estaban estipuladas por contraro, me obligaban a realizar mas funciones y todo quedo demostrado y probado en juicio el juez del juzgado del trabajo de iquique, no le dio una gran importancia y perdono a la empresa en la demanda por tutela, osea uno demanda, lo comprueba y en juicio y para que ? para que el juez perdone a la empresa, yo iniciare acciones y reclamos en contra de este señor por su criterio o corrupcion de por medio pero es lamentable que no se haga justicia y se les de perdonazo a las empresas, entonces uno para que demanda si hay unos jueces permisivos que demostrada la vulneracion no toman accion de condena contra las empresas ?????
@@christianalejandro1607 hola 👋
Lamentable situación.... pero sepa usted que para eso también está la corte de apelaciones donde muchas veces se dan vuelta esas sentencias donde un juez no toma todas las pruebas, su abogado debería recomendarle esto para seguir con su causa y llevarla al siguiente nivel. Saludos
Se necesita de parte del demandante paciencia y perseverancia. Yo estuve casi 2 años en juicio. Después de obtener una sentencia a favor en el tribunal laboral, la parte demandada puede recurrir a la Corte de Apelaciones y a la Corte suprema.
Disculpen la ignorancia, pero, cuáles son considerados "derechos fundamentales"? Son estos?
Derecho a la vida y a la integridad física
Respeto a la vida privada y a la honra del trabajador y su familia
Libertad de conciencia, de expresión, de opinión e información
Libertad de trabajo y derecho a elegirlo libremente
Garantía de que ningún trabajo puede ser prohibido, salvo las excepciones de la Constitución
Derecho a no ser discriminado
Libertad sindical y derecho a negociar colectivamente
Agradezco la aclaración, saludos y excelente material el de Circulo Laboral!
@@francisconicolas5588 hola 👋
Súper bien 👍 👏 👌 😌 😊 😉
Esos mismos son. Saludos 🤗