Doctrina “Schiffrin”: después de los 75 años, los jueces no pueden continuar en el cargo sin nuevo decreto de nombramiento. palabrasdelderecho.com.ar/articulo/4388/Nuevo-fallo-que-ejecuta-la-doctrina-deSchiffrin-despues-de-los-75-anos,-los-jueces-no-pueden-continuar-en-el-cargo-sin-nuevo-decreto-de-nombramiento
PROFESOR ÁLVAREZ... UN GUSTO ENCONTRAR ESTE VIDEO, HACE POCO ME RECIBI DE ABOGADA, SIENDO ABUELITA! ... SU EXPOSICIÓN FUE CLARA Y NECESARIA PARA UN TRABAJO QUE ESTOY RELIZANDO SOBRE LOS DERECHOS INTERNACIONALES!!!
Sos un genio doc. Ésto por supuesto es una guía para los estudiantes y tenemos que apoyarnos en la lectura, sin embargo tener una exposición sintética aunque tan clara sin dudas ayuda mucho! Saludos de una estudiante de la UNLaM ❤
@@DrJulioAlvarez En la UAA (Universidad Atlántida Argentina) Mar de Ajo. Sigo complementando lo estudiado con sus videos explicativos, una vez mas, gracias!!
Hola profe, es un placer escucharlo. Dentro de poco tengo que rendir derecho constitucional y estudio a distancia en una universidad de mar del plata así que con sus vídeos me orienta bastante. Abrazo grande
Me salvó la vida 👏👏 por desgracia estoy cursando en plena pandemia y no puedo disfrutar de una clase completa del profesor, pero este video me ayudó bastante a orientarme. Muchas gracias. Saludos desde la unlz 🥰
Hola Doc, excelentes sus videos. Estoy dando mis primeras clases de Derecho Constitucional y me sirve mucho escucharlo para planificar.. estoy a la espera del vídeo de Poder de Policía. Saludos desde Santa Fe, Coronel Domínguez
@@DrJulioAlvarez en el Instituto se Seguridad pública, la escuela de cadetes de policía. Es mí primer experiencia como docente de Derecho Constitucional. Muchas gracias por sus videos.
Según entiendo yo, es un nuevo estándar de control de constitucionalidad. En este control de convencionalidad, se establece que el juez no solo verificara que la norma se apegue al texto de la Constitución, sino que tambien verificara si la norma que se está analizando también se apega a nuestro sistema interamericano, es decir, que la norma respete tanto el texto de la constitución como tambien los Tratados Internacionales de derechos humanos a los que Argentina está suscripto. Lo recién mencionado va de la mano con la re jerarquización del artículo 75 inciso 22, que le da jerarquia constitucional superior a las leyes a aquiellos tratados internacionales de los Argentina es parte tambien. ( Te recomiendo leerlo ya que te da algunos ejemplos y explica el proceso de aprobacion) De modo que, ahora el estándar de constitucionalidad no está dado solo por el texto de la constitución, sino que además hay que agregar las convenciones internacionales de derechos humanos de los cuales argentina es parte. Espero que te sirva de algo!!
Me gustaría que me recomiende un libro sobre como se efectúa el control de constitucionalidad. Porque es en el análisis de varios principios generales del derecho donde se hace, según tengo entendido, pero se presta a subjetividades y respetables criterios.-
Le sugiero Dr, que desarrolle EL PERSALTUM, COMO FACULTAD DEL ALTO TRIBUNAL PARA DEFENDER EL ORDEN CONSTITUCIONAL Y LEGAL, TAN AFECTADO POR SISTEMA ANGLO_SAJON EN LA PROPUESTA Y APROBACION DE LEYES INCONSTITUCIONALES DE HECHO
cuáles son las condiciones en las que la CSJN ha establecido jurisprudencialmente que una reforma constitucional puede ser inconstitucional. podría explicar los fundamentos ofrecidos por la Corte.
Hola Paola. Si. Cualquier norma, incluso de la misma constitución, o inferior, se puede controlar. Si se trata de tratados internacionales, se habla de control de convencionalidad. Es un tema más complejo, que no se puede ver en un comentario.
una pregunta, ya q la constitucion reconoce el derecho natural, en caso d disputa, el juez puede actuar bajo ese derecho? ley comun o ley moral, si es asi, hay q declararle al juez q ocupe ese lugar?
Hola. Estimado mi duda es si no se puede plantear llanamente un recurso de inconstitucionalidad de una ley si ser damnificado .- Es decir una ley es inconstitucional y pido a un juez que la declare tal.- No sé si hay doctrina sobre el control de constitucionalidad en las legislaturas antes de sancionar leyes.-
Por lo tanto, podemos decir que las características del control de constitucionalidad y convencionalidad en nuestro país son: a petición de parte o de oficio, judicial, difuso y con efecto inter partes.
Cuando hay duda o conflicto en la aplicación de una ley, la que prevalece es la de mayor jerarquía, se continúa la duda, LA RAZÓN LA TIENE LA LEY, NO EL CRÍTICO, toda ley se deroga por otra ley. Las leyes no son retroactivas, rigen desde el momento de su publicación al país.
Hola Sofia: es un tema un poco largo para un comentario, y siempre opinable, al no estar escrito en la ley. Pero los Derechos Fundamentales sólo podrían ser modificados para ampliarlos, o protegerlos mejor, a través de una Reforma, o incorporando nuevos tratados con jerarquía constitucional. Incluso se puede decir que por ley infraconstitucional podes mejorarlos. Pero nunca modificarlos para restar. Las constitucionaes provinciales también podrían ampliar los derechos fundamentales, más allá de los contemplados en la Nacional. Obviamente siempre para mejorarlos, con el limite del art. 31. Pero subsiste la gran pregunta: quién dice cuales son los verdaderos derechos humanos? y caemos en el viejo problema del jusnaturalismo vs positivismo. Ahora si por límites te referís a restringirlos para conciliarlos con todos, entraríamos en las facultades del art. 28 CN, como facultad del Congreso. Ese sería el tema de Policía y Poder de Policia, que veremos en otra oportunidad. Espero que al menos haya sido una orientación.
40 años viviendo una incogruencia a través de partidos políticos no republicanos, completamente infiltrados en sus ideologias mandantes y sin ninguna advertencia de la justicia ⚖ electoral al respecto, debiendo ser intervenidos al momento, para evitar daños mayores, tema Aborto por ejemplo
Hola! Me interesa saber cuáles son los requisitos para realizar una demanda a una norma o ley que se considere inconstitucional Y que pasa con el demandante si se le da la razón o no? Por favor, muchas gracias
Doctrina “Schiffrin”: después de los 75 años, los jueces no pueden continuar en el cargo sin nuevo decreto de nombramiento. palabrasdelderecho.com.ar/articulo/4388/Nuevo-fallo-que-ejecuta-la-doctrina-deSchiffrin-despues-de-los-75-anos,-los-jueces-no-pueden-continuar-en-el-cargo-sin-nuevo-decreto-de-nombramiento
Un genio, muy amable por compartir su enseñanza
PROFESOR ÁLVAREZ... UN GUSTO ENCONTRAR ESTE VIDEO, HACE POCO ME RECIBI DE ABOGADA, SIENDO ABUELITA! ... SU EXPOSICIÓN FUE CLARA Y NECESARIA PARA UN TRABAJO QUE ESTOY RELIZANDO SOBRE LOS DERECHOS INTERNACIONALES!!!
Norma, se merece entonces doble felicitaciones!!! Por abogada y por abuelita! Un orgullo para la familia!
Doctor Julio, lo adoro y adoro su contenido! Super didactico. Gracias gracias gracias
Gracias Camila, y espero rindas bien la materia en la primera oportunidad!!!
Gracias Doc!! Mañana rindo Procesal constitucional. Me sirvió mucho el video!!
Un genio doctor, nos da una mano enorme a todos los que por razones laborales nos vemos obligados a realizar de modo libre esta hermosa carrera.
Gracias doctor, muy clara su voz, muy didáctico, preciso y conciso!! Muchas gracias por su canal!! 🙂🤩
Muchas gracias profesor, estoy estudiando para él final en la Uni del Chaco virtual y es muy claro en su explicación😁👏🏻👏🏻👏🏻
Excelentes los videos. Con estos videos seguro apruebo el martes Derecho Constitucional.
💪
Gracias Dr. por esta clase magistral. Ayuda a los estudiantes y a los profesionales también nos ayuda.
muchas gracias!! me estoy preparando para mi primer parcial en la carrera LIC EN COMERCIO EXTERIOR! Agradezco un monton, gracias❤❤❤❤
Excelente profesor, estudio en la UNT y sus videos y explicaciones me sirvieron muchísimo. Gracias
👏👏👏
Muy bien explicado Doctor. muchas gracias
Sos un genio doc. Ésto por supuesto es una guía para los estudiantes y tenemos que apoyarnos en la lectura, sin embargo tener una exposición sintética aunque tan clara sin dudas ayuda mucho! Saludos de una estudiante de la UNLaM ❤
Gracias Melis! Muy buena universidad! Que sigas bien
Buenas Doctor, quiero dejar un agradecimiento por sus clases, son precisas y concretar, a mi en particular me son muy útiles, de nuevo mil gracias 🫂
Hola bendiciones para todos todas excelente profesor Julio Alvarez les amamos 🙏💟💚😁🔏✋
🙏💟✋
🙏💟✋
me encanta como explica doc
¡Hola, doctor! Muy claro su video! Muchas gracias!
Saludos desde Mendoza
Gracias Doc. por compartir sus saberes tan bien explicados! Saludos desde San Bernardo del Tuyu, Partido de la Costa. Prov. Buenos Aires.
Gracias Agostina! Qué linda Buenas Aires!!! Donde estudias?
@@DrJulioAlvarez En la UAA (Universidad Atlántida Argentina) Mar de Ajo. Sigo complementando lo estudiado con sus videos explicativos, una vez mas, gracias!!
que profesor mas hermosooo asi daan ganas de aprender
Gracias Doc. Estoy repasando, y me sirvio mucho el video. Gracias
Hola profe, es un placer escucharlo. Dentro de poco tengo que rendir derecho constitucional y estudio a distancia en una universidad de mar del plata así que con sus vídeos me orienta bastante. Abrazo grande
Cristian, espero rindas bien. Avisa!!!
@@DrJulioAlvarez hola profe un 8. Ahora a prepararse para el final.
gracias dr por sus temas....
Muchas gracias por tus vídeos!!!
Mil Gracias por tus videos, son de muchisima ayuda!
Me salvó la vida 👏👏 por desgracia estoy cursando en plena pandemia y no puedo disfrutar de una clase completa del profesor, pero este video me ayudó bastante a orientarme. Muchas gracias. Saludos desde la unlz 🥰
Gracias Debora! Suerte! 😃
Qué bueno sería tenerlo como profe! Saludos desde la UNT!
Saludos Nahuel! Y un gusto!
Profe! Muy buen video. Te faltó subir el control de convencionalidad y las cuestiones pol. no judiciales
Hola Doc!! Excelentes sus videos, súper claro, saludos desde Tucumán!!!!
Gracias Leonel! con ganas de visitar Tucumán! Dónde estudias?
@@DrJulioAlvarez Estudio en la facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Tucumán!! Tiene alguna red social de contacto?
Hola Doc, excelentes sus videos. Estoy dando mis primeras clases de Derecho Constitucional y me sirve mucho escucharlo para planificar.. estoy a la espera del vídeo de Poder de Policía. Saludos desde Santa Fe, Coronel Domínguez
Qué bueno Marilna! En qué fac?
@@DrJulioAlvarez en el Instituto se Seguridad pública, la escuela de cadetes de policía. Es mí primer experiencia como docente de Derecho Constitucional. Muchas gracias por sus videos.
Muchas gracias Dr
Muy Claro Dr. , excelente ! Gracias.
Gracias Laura! Espero rindas bien!
Hola, me interesaría saber acerca del Control de convencionalidad. Muchas gracias ,muy buen vídeo!
Según entiendo yo, es un nuevo estándar de control de constitucionalidad.
En este control de convencionalidad, se establece que el juez no solo verificara que la norma se apegue al texto de la Constitución, sino que tambien verificara si la norma que se está analizando también se apega a nuestro sistema interamericano, es decir, que la norma respete tanto el texto de la constitución como tambien los Tratados Internacionales de derechos humanos a los que Argentina está suscripto. Lo recién mencionado va de la mano con la re jerarquización del artículo 75 inciso 22, que le da jerarquia constitucional superior a las leyes a aquiellos tratados internacionales de los Argentina es parte tambien. ( Te recomiendo leerlo ya que te da algunos ejemplos y explica el proceso de aprobacion) De modo que, ahora el estándar de constitucionalidad no está dado solo por el texto de la constitución, sino que además hay que agregar las convenciones internacionales de derechos humanos de los cuales argentina es parte. Espero que te sirva de algo!!
@@facs0n265 me quedo super claro jsjsj geniop
Muy claro !! 👏👏👏
muy buen video! gracias!!!
Excelente explicación
Buen dia profe Julio, podria explicar la Consulta popular
de 1984 y La iniciativa popular?
Gracias genio🙌
Muy bueno, gracias
Me gustaría que me recomiende un libro sobre como se efectúa el control de constitucionalidad. Porque es en el análisis de varios principios generales del derecho donde se hace, según tengo entendido, pero se presta a subjetividades y respetables criterios.-
Excelente Dr. !!! me sirvio para sacarme algunas dudas. Saludos!
Doctor una consulta , los tratados supra legales que son y algunos ejemplos como para poder comprenderlo , le agradeceria
Hola Mariela. Aquí podés encontrar algo. Sdos. ua-cam.com/video/TIgzpRbIw-U/v-deo.html
Muy bueno! Gracias!
Le sugiero Dr, que desarrolle EL PERSALTUM, COMO FACULTAD DEL ALTO TRIBUNAL PARA DEFENDER EL ORDEN CONSTITUCIONAL Y LEGAL, TAN AFECTADO POR SISTEMA ANGLO_SAJON EN LA PROPUESTA Y APROBACION DE LEYES INCONSTITUCIONALES DE HECHO
Gracias por la sugerencia, Charly! Es un lindo tema, y muy controvertido. En cuanto pueda, subo uno. Sdos.!
Hola Julio, como estas? Acabo de rendir el tema con aportes de tu video y me fue espectacular. Muchísimas gracias!
👏👏👏 Me alegro Lucas!!! Abzo.
Hola, queria saber cual es la diferencia entre derechos civiles y libertades civiles
Hola Dr. Podria explicar en un video los recursos del estado federal. Muchas gracias.
cuáles son las condiciones en las que la CSJN ha establecido jurisprudencialmente que una reforma constitucional puede ser inconstitucional. podría explicar los fundamentos ofrecidos por la Corte.
Usted explica, que cualquier norma puede ser objeto de control de constitucionalidad. También los decretos sobre derechos humanos?
Hola Paola. Si. Cualquier norma, incluso de la misma constitución, o inferior, se puede controlar. Si se trata de tratados internacionales, se habla de control de convencionalidad. Es un tema más complejo, que no se puede ver en un comentario.
Hola, cuales serian las caracteristicas del control cosnstitucional?
Genial ! Gracias
una pregunta, ya q la constitucion reconoce el derecho natural, en caso d disputa, el juez puede actuar bajo ese derecho? ley comun o ley moral, si es asi, hay q declararle al juez q ocupe ese lugar?
Gracias
Hola. Estimado mi duda es si no se puede plantear llanamente un recurso de inconstitucionalidad de una ley si ser damnificado .- Es decir una ley es inconstitucional y pido a un juez que la declare tal.- No sé si hay doctrina sobre el control de constitucionalidad en las legislaturas antes de sancionar leyes.-
Hola como le va
Estoy repasando por clases que no pude ir.
Puede recomendar libros de fuera de los manueles o cosas fuera que usted recomienda leer😊
Podria hacer un video de garantías constitucionales
Hola Agustin. Hoy subí uno de amparo, y en cuanto pueda, hago de garantías penales. Suerte!
Por lo tanto, podemos decir que las características del control de
constitucionalidad y convencionalidad en nuestro país son: a petición de parte o
de oficio, judicial, difuso y con efecto inter partes.
¿Podría un tratado internacional firmado por la República Argentina ser declarado inconstitucional por un juez argentino?
Muy buen video Dr, podria explicarnos como implementar el Habeas corpus y Habeas data en un caso de control de constitucionalidad? Gracias!
Muchisimas gracias Julio ❤
Si promociono con 10 es gracias a vos jajajaj
Seguro que vas a promocionar! Suerte!
Buenas, que texto recomienda para leer sobre el tema?
hola podrías porfavor tratar el tema de responsabilidad del estado. saludos
Podriamos ver un analisis del BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD ARG?
Hola Darío! Tenés razón. Es un tema importante. En cuando pueda subo algo, aunque si ya rendiste llegue tarde! Saludos y que sigas bien.
Hola doctor, una pregunta está a favor de la constitucionalidad y convencionalidad o solo uno de los dos
Cuando hay duda o conflicto en la aplicación de una ley, la que prevalece es la de mayor jerarquía, se continúa la duda, LA RAZÓN LA TIENE LA LEY, NO EL CRÍTICO, toda ley se deroga por otra ley. Las leyes no son retroactivas, rigen desde el momento de su publicación al país.
Gracias por el comentario, Juan! . Es una posición filosófica muy interesante para desarrollar en alguna oportunidad. Sdos.!
Hola profe puede explicar quien puede limitar los derechos fundamentales 🙏🙏
Hola Sofia: es un tema un poco largo para un comentario, y siempre opinable, al no estar escrito en la ley. Pero los Derechos Fundamentales sólo podrían ser modificados para ampliarlos, o protegerlos mejor, a través de una Reforma, o incorporando nuevos tratados con jerarquía constitucional. Incluso se puede decir que por ley infraconstitucional podes mejorarlos. Pero nunca modificarlos para restar. Las constitucionaes provinciales también podrían ampliar los derechos fundamentales, más allá de los contemplados en la Nacional. Obviamente siempre para mejorarlos, con el limite del art. 31. Pero subsiste la gran pregunta: quién dice cuales son los verdaderos derechos humanos? y caemos en el viejo problema del jusnaturalismo vs positivismo.
Ahora si por límites te referís a restringirlos para conciliarlos con todos, entraríamos en las facultades del art. 28 CN, como facultad del Congreso. Ese sería el tema de Policía y Poder de Policia, que veremos en otra oportunidad. Espero que al menos haya sido una orientación.
te amo capo, que ideología te representa mas?
Ideología sobre qué aspectos o materias?
Video Cuestiones Políticas no Judiciables. ua-cam.com/video/4WaeZkhwtyo/v-deo.html
40 años viviendo una incogruencia a través de partidos políticos no republicanos, completamente infiltrados en sus ideologias mandantes y sin ninguna advertencia de la justicia ⚖ electoral al respecto, debiendo ser intervenidos al momento, para evitar daños mayores, tema Aborto por ejemplo
crack
Hola! Me interesa saber cuáles son los requisitos para realizar una demanda a una norma o ley que se considere inconstitucional
Y que pasa con el demandante si se le da la razón o no?
Por favor, muchas gracias
ea