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Orgulloso de mi docente Dra. Sandra Tosocahua, excelente maestra.
Gracias, Diego, me sirve tu explicación porque es claro y preciso.
Gracias por su ponencia es de suma ayuda, saludos desde Moquegua
Desde Bogota muy agradecido. Refresca conocimientos
BIEN DIEGO PARA TODO EL PERU
muchas gracias y felicidades estaré atento a las próximas ponencias 😊
buenas tardes gracias por la informacion
ERES GRANDE HERMANO
saludos desde tijuana baja california
Buenas tardes. Interesante tema. Gracias
gracias doctor
Gracias
Minuto 03:42 indica que los sujetos procesales a tenor del articulo 177, han tenido cinco días para ofrecer una pericia de parte; considero que eso no es correcto, dado que ese es el plazo para que designe y proponga quien va ser su Perito de parte.
Sabes mucho pero te falta pedagogía ser más concreto no repetir mucho lo mismo sin embargo bien tu exposicion
Le falta experiencia
insuficiente
Orgulloso de mi docente Dra. Sandra Tosocahua, excelente maestra.
Gracias, Diego, me sirve tu explicación porque es claro y preciso.
Gracias por su ponencia es de suma ayuda, saludos desde Moquegua
Desde Bogota muy agradecido. Refresca conocimientos
BIEN DIEGO PARA TODO EL PERU
muchas gracias y felicidades estaré atento a las próximas ponencias 😊
buenas tardes gracias por la informacion
ERES GRANDE HERMANO
saludos desde tijuana baja california
Buenas tardes. Interesante tema. Gracias
gracias doctor
Gracias
Minuto 03:42 indica que los sujetos procesales a tenor del articulo 177, han tenido cinco días para ofrecer una pericia de parte; considero que eso no es correcto, dado que ese es el plazo para que designe y proponga quien va ser su Perito de parte.
Sabes mucho pero te falta pedagogía ser más concreto no repetir mucho lo mismo sin embargo bien tu exposicion
Le falta experiencia
insuficiente