Buenas noches dr. Yo no soy abogada , fui denunciada por usurpacion. Y estoy interesada en el tema, porque estoy en medio de un juicio muy injusto. En mi caso, por ejemplo, el ingeniero presentado por mi oponente, desconoce haber hecho el plano, pero reconoce su cello y su firma, dicho ing. dice ser perito judicial, asi mismo de La superintendencia de banca, etc. y la jueza no lo considera como balida la declaracion pese a que mi abogada hizo mencion del hecho, por que a toda vista hay una falcificacion. Ahora acabo de escuchar al dr. Espinoza que se puede contra interrogar. Inicialmente mi caso fue sobreseido, pero la jueza luego de los alegatos probados a mi fabor por el fiscal encargado de la investigación, pidio que se formalice el caso y ahora está en la fiscalia, para que otro fiscal se encargue del tema. Pregunta en qué etapa se puede realizar el contra interrogatorio? Este tema está en provincia. Y todo es corrupto.
El alegato de clausura es lo que en el proceso convencional se conoció como conclusiones y alegatos, sólo que antes era en diversas ocasiones. Primero conclusiones y luego audiencia de alegatos. Sólo que ahora es oral.
Desde México para el mundo y soy admirador de la cultura y capacidad del titular de este espacio
buena exposicion DR
Muy buena ponencia, muchas gracias
Lo destacable del doctor Benji Espinoza Ramos siempre recurre a la filosofía clásica y china.
Gracias por la orientación magistral ...
Dr. Le agradeceré de todo corazon por su respuesta. En que momento se debe confrontar a un testigo con una declaración previa?
Felicitaciones al Dr. Abg. De Castillo
Es ego?? O el DICERTOR, no se entero
Buenas noches dr. Yo no soy abogada , fui denunciada por usurpacion. Y estoy interesada en el tema, porque estoy en medio de un juicio muy injusto. En mi caso, por ejemplo, el ingeniero presentado por mi oponente, desconoce haber hecho el plano, pero reconoce su cello y su firma, dicho ing. dice ser perito judicial, asi mismo de La superintendencia de banca, etc. y la jueza no lo considera como balida la declaracion pese a que mi abogada hizo mencion del hecho, por que a toda vista hay una falcificacion. Ahora acabo de escuchar al dr. Espinoza que se puede contra interrogar. Inicialmente mi caso fue sobreseido, pero la jueza luego de los alegatos probados a mi fabor por el fiscal encargado de la investigación, pidio que se formalice el caso y ahora está en la fiscalia, para que otro fiscal se encargue del tema. Pregunta en qué etapa se puede realizar el contra interrogatorio? Este tema está en provincia. Y todo es corrupto.
El alegato de clausura es lo que en el proceso convencional se conoció como conclusiones y alegatos, sólo que antes era en diversas ocasiones. Primero conclusiones y luego audiencia de alegatos. Sólo que ahora es oral.
Doctor buen día ...el juez tiene algún tiempo determinado para responder los alegatos de conclusión?
Una pregunta mi hijo falleció en un accidente de tránsito ya ase 7 año y hoy me dan la respuesta de ke esta desactimado
Un teatrero y otro disque capacitador también teatrero.
¿Porqué lo dice?
cuando eres lego en derecho que mas te queda decir
@@arturofelix7577 la viuda de su abogado favorito