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Ana Maria Ayats Vilanova
Приєднався 24 лип 2013
Contabilización IS Deducciones
Reconocimiento de las deducciones fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores o del ejercicio actual
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Відео
Contabilización IS Reconocimiento BINS
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Reconocimiento contable de las BINS pendientes de aplicar de la página 15 del Modelo 200.
Contabilización IS Ajustes Fiscales
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Registro de los ajustes fiscales de la página 12 y 13 del Modelo 200 según se trate de diferencias permanentes o temporarias.
Contabilización IS Impuesto corriente
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Registro de la cuota líquida o coste efectivo del Impuesto de Sociedades del período impositivo actual
Supuesto práctico cálculo cuota líquida mínima
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Enunciado y solución de un caso práctico de determinar la cuota líquida mínima
Cálculo de la cuota líquida mínima
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Explicación del artículo 30 bis LIS, determinar la cuota líquida mínima a ingresar
Limitaciones en la compensación BINS
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Limitación en la compensación de BINS en el impuesto de sociedades, la compra de empresas con pérdidas y el registro contable del crédito por BINS.
Reserva de nivelación
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Cálculo y contabilización de la reserva de nivelación para las empresas que tengan la condición de reducida dimensión.
Reserva de capitalización
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Cálculo de la reserva de capitalización y su tratamiento contable actualizado al IS del 2024.
IVA devengado e IVA deducible
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Incluye ejemplos prácticos del uso de las cuentas (477) HP, IVA repercutido e (472) HP, IVA soportado y los requisitos del devengo y la deducción del IVA, además de los supuestos de limitación del artículo 95 y 96 LIVA.
Funcionamiento del IVA
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El IVA es un impuesto indirecto, quién lo recauda, tipo impositivo y aspectos a tener en cuenta para incluirlo en la declaración
Ajustes del IVA deducible en el cálculo de la prorrata
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Ajuste de la prorrata provisional a la definitiva y la regularización de los bienes de inversión.
Prorrata especial
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Explicación del IVA deducible con prorrata especial, concepto sector diferenciado, incluye ejemplos prácticos.
Prorrata general
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Funcionamiento del cálculo del IVA deducible si aplica la prorrata general, incluye ejemplos prácticos.
Codificación cuentas de resultados o gestión
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Explicación de los códigos de las cuentas del grupo 6 y 7 del PGC
Recuperación del IVA devengado de créditos
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Modalidad de cálculo sistema bases Art 40 3 LIS
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Modalidad de cálculo sistema de cuotas Art 40 2 LIS
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Obligación realizar pagos a cuenta del IS
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Limitación deducción gastos financieros
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Contabilización de los deterioros de valor
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Hola buenas, si yo he creado una empresa hace un mes y aun no he realizado ventas, entonces no estaria obligada a realizar el pago fraccionado del IS?
CREDITOS COMERCIALES SE APLICAN TAMBIÉN A PYMES.
Si las rentas netas obtenidas en Francia son 50.000 el impuesto que pagaria en España sería el 28% de ese importe.en España en la contabilidad tendríamos un ingreso financiero de 50.000 y un gto no deducible del 25%pagado en Francia con lo que la base imponible sería 50.000e. correcto?
NO ENTIENDO LA DEDUCCIÓN DE CAPITAL NO ES LA MISMA QUE LA AMORTIZACIÓN
Hola Ana, muchas gracias por tu video! Me surge una pregunta en el ejercicio del min 8:15 ¿Si se abona en la cta 705 el importe equivalente al coste del servicio, no se estaría alterando la imagen fiel de la compañía ya que se está aumentando el "importe neto de la cifra de negocios" sin haber "facturación"? muchas gracias, un saludo,
AYUDARÍAS MUCHO SI RELLENAS UN MODELO 200 COMPLETO. CON UN SUPUESTO PRÁCTICO LO MÁS AMPLIO POSIBLE.
¡Gracias por el vídeo! En el caso del primer ejemplo de permuta no comercial en el que se intercambian terrenos por valor razonable de 500.000€, ¿Cuál sería la base imponible del IVA?, ¿se anotaría IVA repercutido y soportado por el 21% de 500.000€? Aunque el valor contable que registremos del bien sea de 300.000€ Gracias.
Correcto la base imponible del IVA son 500.000 euros, que es valor razonable tal como recoge las reglas especiales del artículo 79 LIVA, pero es neutral, soportado y repercutido por el mismo importe. Saludos.
Buenas tardes! En el asiento de amortización de la máquina a fecha 31/12/2020, el importe de la amortización pone el mismo que el año anterior pero en 2019 sólo estuvo en funcionamiento 3 meses. En el año 2020 la amortización no debería ser de un año completo (500.000 / 10) = 50.000€???
Que pasa si antes de 3 años la empresa tiene pérdidas
Esto comienza
CÓMO PUEDO DESCARGAR EL MODELO 200 ACTUALIZADO.
Hola, pon modelo 200-2023 en pdf en Google y te saldrá, sino lo encuentras me mandas un correo annaayats@cef.es y te lo mando. Saludos
ENTONCES EL EMPRESARIO QUE CONTRATA AL FRANCÉS EN CANARIAS, NO TIENE QUE PAGAR EL IVA???
POR EJEMPLO LOS SERVICIOS, CONTRATO UN ARQUITECTO AMERICANO PARA QUE ME HAGA UN PROYECTO EN LA PENÍNSULA, CÓMO HAGO, VOY Y PAGO EL IVA DIRECTAMENTE HACIENDA, PORQUE SI ES UN BIEN AL ENTRAR EN ADUANA TE CARGAN EL IVA.
Hola, como bien dices se localiza en la península, pero si quién contrata el arquitecto tiene la condición de empresario va por inversión sujeto pasivo, (472) a (477). Saludos.
NO ACABO DE ENTENDER SI ALGUNA DE LAS EMPRESAS HA TENIDO QUE SOLTAR EL DINERO DEL IVA.
Pero una cosa que no entiendo si el cierre del ejercicio se hizo el 31 agosto del año x0 tienes 3 meses desde ese momento para cerrar ejercicio. Si llega octubre del año x0 y aún no lo has cerrado ejercicio fiscal, el primer pago a cuenta corrsspondiente a ese ejercicio fiscal sería en diciembre año x0. Que es cuando ya has presentado el resultado del cierre del ejercicio fiscal..Es que comentas en el video que el primer pago a cuenta en este caso sería en octubre de año x0..Y quería consultarte que opinas.
Las fechas de presentación de los pagos a cuenta del IS son 1 al 20 de abril, octubre y diciembre, esto no se modifica, luego el tema es cada pago fraccionado a cuenta de qué declaración corresponde, si cierro el ciclo contable a 31 de agosto, el primer pago a cuenta es el de 1 al 20 de diciembre, el segundo es el 1 al 20 de abril y el tercero el 1 al 20 de octubre.
Hola Ana. En primer lugar, muchísimas gracias por todo el aporte. Necesitaría que me ayudases, porque no sé dónde consultarlo. Si yo soy dueño de una gasolinera y reposto gasolina para mi coche, sin pagarlo, sería un autoconsumo de bienes externo. No entiendo cómo debería hacer el asiento contable (o los asientos). Me puedes ayudar, por favor...aunque sea, indicarme un libro tuyo y lo compro (donde hubiese ejemplos parecidos). Saludos.
Debes valorar el coste de los litros que te suministras, realizar una factura con IVA y registrarlo como gasto excepcional no deducible, supongamos que el coste de la gasolina fuera de 100 euros, el asiento es 121 (678) Gastos excepcionales y por el haber como contrapartida (610) Variación existencias por 100 y la cuenta 477 HP, iva repercutido 21
Hola Ana, gracias por tu trabajo , nos ayuda mucho en el día a día.
HOLA EN EL RENTING DEL AUTOBÚS EN LA DIAPOSITIVA 21, LA PERIODIFICACIÓN DE LOS DOS GASTOS DE 3 MESES QUE SON DEL AÑO SIGUIENTE. MANTENIMIENTO 3000 Y 600 DE SEGURO, YA QUE SON GASTOS SEMESTRALES.
Seria interesante Contabilidad y valoracion de stock con recargo de equivalencia.
La prorrata es insoportable, yo la dejo cero todo el año y al final ajusto
Una pregunta: y si la aplicación del resultado solo da para por ejemplo dotar reserva de capitalización y compensar BINS para no para dotar la reserva de nivelación, que se hace? Entiendo que se dota cuando haya resultado suficiente en el futuro? Muchas gracias!
Gracias, de corazón, por tan excelentes explicaciones.
Estimada Anna, gracias por tus vídeos, los cuales son muy aclaratorios y útiles. Respecto a este video me gustaría aclarar si en la diapositiva 23, cuando cancelamos la cuenta clientes al cobrar el anticipo, el importe acreedor de la 470 Clientes debería ser 18150 en vez 15000. Muchas gracias de antemano y saludos cordiales
Gracias, gracias, gracias
Qué te gusta más contasol o contaplus?
Buenos días, Gracias por el contenido. Me gustaría preguntarle si los cursos de formación tienen IVA aplicado, si se tratan por ejemplo de idiomas. Gracias
HOLA, TE ATREVERÍA CON LA RESERVA DE INVERSIÓN CANARIAS, LLEVA MÁS DE 20 AÑOS FUNCIONANDO Y NO HAY TUTORIALES EN UA-cam, NI EN NINGÚN OTRO SITIO. ES UN TEMA QUE TIENE MUCHA TELA.
Un videotutorial molt complert i com, sempre, molt ben explicat. La veritat és que costa trobar vídeos d'aquesta qualitat. Només puc dir moltes gràcies Anna per els teus videos!!
Gracias por la explicación...❤
HOLA, AUNQUE EL VÍDEO ES DE HACE CUATRO AÑOS, AHORA ME HA SURGIDO UNA DUDA, SI EL CRÉDITO POR LA VENTA DEL INMOVILIZADO SE HUBIERA REALIZADO CON UN EFECTO COMERCIAL, EN QUÉ CUENTA IRÍA. PORQUE HACIENDO COMPARACIÓN CON LA 525, NO HAY CUENTA LIBRE, GRACIAS.
Hola, si te vas al plan y te lees la definición de la cuenta 543 y 253 que es para indicar el nombre de quién me debe el activo verás que dicha cuenta es la misma se documente en factura, pagaré o letra. Saludos.
@@anamariaayatsvilanova9625 HOLA OTRA VEZ NO TE REFERIRÁS A LA 542 EN ELLA SI APARECE LOS FORMALIZADOS EN EFECTOS DE GIRO.
NO SE ENTIENDE, SE CORTA, EL SONIDO ES MUY MALO, Y DA RABIA PORQUE ES UN TEMA MUY IMPORTANTE.
has encontrado algun video bueno? pq lo necesito urgentemente
Excelente exposición.
EN EL EJEMPLO PONE SEMESTRAL.
En el vídeo te comento que el pago es trimestral, que es la frecuencia que figura en el cuadro. Saludos.
CÓMO LE EXPLICO AL COMPRADOR QUE TIENE QUE PAGAR MÁS IVA, TE DIRÁ NO ES MI PROBLEMA, NO TIENE LÓGICA. 🤔🤔🤔
No entiendo tu duda las subvenciones es al margen que el bien que compres lleve IVA
Buenas tardes, podrías grabar un vídeo de cómo sería la contabilización de un préstamo de 100.000 € que se amortizaria en 10 años a razón de 5.000 € mensual ?
Una explicación mas detallada, amplia y mejor explicada imposible, gracias por compartir el video!
en x0, ¿por qué la financiación genérica es de 300.000 euro pero luego capitalizamos por 400.000?
Hola Ana, muchas gracias por tus vídeos. Me surge una duda, si los (6_) gastos por dividendos de acciones consideradas como pasivo financiero según el Art 15.a.1 Lis no son deducibles. ¿Por qué si que los tenemos en cuenta a la hora de calcular los gastos financieros netos que me puedo deducir…? Muchas gracias!
Hola, Ana! Muchísimas gracias por todos tus vídeos, son muy útiles, explicas todo con mucha claridad. Eres una gran docente, aquí tienes un fiel seguidor. Un abrazo.
Buenas tardes Ana, en el caso de la deducción para el financiador de obras cinematográficas en España y la posible aplicación del 1,2 por el importe financiado, considerando que se cumplen todos los límites y está todo claro. He visto una resolución que habla que ese aumento del 1,2 del importe financiado hay algo de controversia de si considerarlo ingreso financiero y por tanto tributaríamos por ese aumento vamos a suponer un caso de 100.000 euros que pasan a ser 120.000 euros pero si recojo esos 20.000 euros como ingreso financiero realmente no me estoy beneficiando de dicha mejora. Entiendo lo más sencillo sería hacer el registro contable únicamente minorando la cuenta 630 y no pasar por ingreso financiero aunque creo había alguna consulta antigua al ICAC que si indicaba que había que recogerlo como ingreso financiero (aunque no era para esta deducción en concreto). Por si me puedes comentar algo al respecto, muchas gracias
Buenas tardes, la idea de participar en la financiación del proyecto vía préstamo como bien has dicho es que el artículo 39.7 LIS limita a una rentabilidad máxima del 20% que deberá registrar como ingreso financiero y va a tributar por tanto le quedaría un rendimiento neto del 15%, de ahí que muchas colaboraciones se sigan hacienda AIE.
Muy interesante! Gracias por subir esto Ana!
Entonces si tengo un AF a Coste Amortizado y tengo entendido que en el mercado la obligación cotiza un 5% menos que su valor contable, no debería de añadir una cuenta de deterioro de ese activo?
Hola Ana, en primer lugar gracias por el increible trabajo que realizas y la claridad y calidad de tus explicaciones. Si he entendido bien, según el volumen de la cifra de negocio el 70, 50 y 25% de la base imponible previa, y en todo caso, 1 M€. La duda que se me plantea es: ¿Podría aplicar dichos límites aunque la compensación de las BINS diese lugar a una nueva base imponible negativa en el ejercicio? Me lo invento: Empresa que por el importe neto de la cifra de negocio puede compensar BINS hasta el 70%. Base imponible previa del ejercicio actual: 500.000€ BINS: 600.000€ ¿Podría amortizar la totalidad de las BINS aunque me genere nuevamente una base negativa en este ejercicio? Gracias de antemano y muchas gracias!
Entiendo que el porcentaje es de la base imponible, no de las bins, por lo tanto nunca dará lugar a una bin ese año que compensas
A parte de lo dicho, podrías compensar el 100% de la base imponible si es inferior a 1millon de euros. O eso he entendido
Una pregunta, la parte de la periodificación del ingreso cobrado por adelantado (en el ejemplo de la entrega de la máquina) conlleva a realizar ajuste extracontable temporario positivo de cara a IS?
Eres una gran docente, explicas muy bien, increible¡¡¡
Gracias por el comentario, saludos
Ana María, muchas gracias por la explicación, me ha servido mucho.
Buenos días Ana, Muchas gracias por la explicación, pero solamente me surge una serie de dudas, no sé si pudieras ayudarme. En relación al cálculo del pago fraccionado, al volcar la información al modelo en cuestión, en la casilla "05 Correcciones al resultado contable", es el pago por el IS, habiendo usado como Base Imponible la ajustada y no la Base Imponible contable antes de impuestos, ¿cierto? Gracias de antemano, Un abrazo,
Buenos días Ana. Según entiendo yo la Cuota Mínima no afecta a la compensación de BINS, pues el artículo 30bis habla de la cuota mínima sobre la Base Imponible, no sobre la Base imponible previa. "1. La base imponible estará constituida por el importe de la renta obtenida en el período impositivo minorada por la compensación de bases imponibles negativas de períodos impositivos anteriores"
El cálculo de la cuota líquida mínima la debes hacer sobre la base imponible que obtienes en el modelo después de aplicar reserva de capitalización y compensar BINS, reviso el ppt si está bien explicado. Saludos
Buenas tardes, Anna. He estado viendo en el Manual IS 2022 de la AEAT, la resolución de un caso práctico del cálculo de la cuota líquida mínima. En primer lugar, hace los cálculos según el Art. 30.bis 1 y pone que se partirá de la Base imponible después de la Reserva de Nivelación, casilla [ 01330], y ese es el importe que multiplica por el 15%, para hallar la cuota líquida minima. Y en segundo lugar, calcula el importe según el Art. 30.bis 2 a) No sé, es que el resultado puede ser muy diferente, ¿no? Me refiero a incluir la Reserva de Nivelación antes del 15% Muchísimas gracias por todos tus vídeos.
Tus vídeos y explicaciones son extraordinarios. Muchas gracias de un exalumno del Master en Dirección Económico Financiera prom. 1995