INCIDENCIAS DE LA SENTENCIA SC4027-2021 EN LA SOCIEDAD CONYUGAL Y PATRIMONIAL DE HECHO

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  • Опубліковано 24 січ 2025

КОМЕНТАРІ • 12

  • @javierQuintero-c7z
    @javierQuintero-c7z 8 місяців тому

    Gracias por el aporte.

  • @sebastiancamelosilvera1649
    @sebastiancamelosilvera1649 Рік тому

    Excelente doctora Sandra.

  • @KEVIN-xt3vb
    @KEVIN-xt3vb 2 місяці тому

    Pero la transferencia del bien inmueble no fue en 1988, en la sentencia dice que fue el 22 de junio de 2005 luego de disuelta la sociedad conyugal.

  • @martavasquez597
    @martavasquez597 Рік тому

    Es justo,por que hay personas tan malas,que por su cónyuge haber conseguido otra pareja quieran vengarse de muchas maneras terribles NO ESTOY DE ACUERDO QUE SE PONGA A METERSE EN COSAS QUE NO LE COMPETEN ,Y QUE LAS ALTAS CORTES YA LO HAN DEFINIDO,MEJOR VAYASE A ACOSTAR Y NO SE META EN LO Q NO CABE

  • @javierQuintero-c7z
    @javierQuintero-c7z 8 місяців тому

    Es aún esta sentencia vigente?.

    • @animeturnMMD
      @animeturnMMD 8 місяців тому

      Las sentencias nunca dejan de estar vigentes, el tema es que no es muy claro si la sentencia es doctrina probable o no, no puede tomarse como precedente jurisprudencial estricto, porque no ha habido otra sentencia de la Corte que hable específicamente del mismo tema y refuerce la postura, usualmente la doctrina probable se da cuando varias veces la corte reitera en un tipo de caso similar un fallo en un sentido u otro y hay jueces que aplican esta doctrina y otros que no, luego el argumento lo puedes presentar si quieres, pero ya es cosa del juez si te da la razón o no... Es un 50/50.

  • @martavasquez597
    @martavasquez597 Рік тому

    Docente y no es capaz de asimilar lo que dice la nueva sentencia?

  • @georginadiaz9553
    @georginadiaz9553 2 роки тому

    Buenas tardes

  • @Marenana55
    @Marenana55 4 місяці тому

    Es bueno que todo se modifique pues estamos en una realidad muy diferente! Dejar de ser tan conservadores! Ademas no es justo que despues de años que no convivan tengan derecho al patrimonio!

  • @juancarmona7826
    @juancarmona7826 Рік тому

    Agradezco sus aportes, pero no cabe que una docente con especialización, incurra en errores de pronunciación al referirse a los consortes como cónyugues; cuando la expresión correcta es cónyuges.

  • @yolypena2094
    @yolypena2094 2 роки тому

    CONSTANTEMENTE: CIERTO!, CIERTO!, CIERTO!, CIERTO!, CIERTO!...se torna aburrido!, cogerse el pelo, la cara distrae!.

  • @martavasquez597
    @martavasquez597 Рік тому

    Se cree magistrada quién es para ponerse a hacer dudar una sentencia tan justa,cuando con yuges que no han vivido x décadas,vengan a reclamar lo que no han ayudado a trabajar y no dieron el divorcio por esperar el momento de la muerte para reclamar lo que no les pertenece y cuando están conyuges han sido culpables de infidelidad