Hola! Existen determinados delitos en los que no solo se exige el conocimiento y voluntad por parte del autor, sino que se exige además que este actúe con un propósito específico o concreto. Un ejemplo de ello es el delito de genocidio, ya que el CP (art. 607) castiga a “los que, CON PROPÓSITO DE destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial, religioso o determinado por la discapacidad de sus integrantes…” Se exige el dolo específico de actuar con la intención de destruir total o parcialmente el grupo. Por lo tanto, si un sujeto actúa sin ese dolo específico, sin esa intención concreta, no estará cometiendo un delito de genocidio (con independencia de que pueda cometer otro delito). Si únicamente se exigiese un dolo directo, bastaría que el sujeto actuase con conocimiento e intención de matar a esas personas, en cambio, al exigir el dolo específico, es necesario no solo que el autor busque esas muertes, sino que lo haga con el objetivo de destruir total o parcialmente el grupo. Otro ejemplo sería el delito de humillación a las víctimas del terrorismo (art.578), en el que es necesario que el sujeto tenga ánimo de desacreditar, menospreciar o humillar a las víctimas o a sus familiares. Espero haberte ayudado. Saludos!
Si tienes alguna duda sobre qué es el dolo o los tipos de dolo no dudes en dejarla en comentarios!😊
Muchas gracias, con estos ejemplos me quedó claro el tema 💚
Muchas gracias por la explicación!
Excelente información! Podrías dar más ejemplos de dolo indirecto y eventual?
Genial! Podéis subir más de penal porfaaa se entiende muy bien!!!
Con comentarios así seguro que si 😊
Muchisimas gracias. Super bueno el vídeo
Gracias! 😍
Me suscribo muy buen video 🙋🏻♀️
Me suscribo, buen vídeo!
Gracias!!! 😄
Muy bueno!
muy bueno gracias
Gracias Ricardo! :)
La podrías enfocar en materia civil porfa me serviría muchas gracias
Una pregunta y lo que es dolo especifico que vendría a ser?
Hola!
Existen determinados delitos en los que no solo se exige el conocimiento y voluntad por parte del autor, sino que se exige además que este actúe con un propósito específico o concreto.
Un ejemplo de ello es el delito de genocidio, ya que el CP (art. 607) castiga a “los que, CON PROPÓSITO DE destruir total o parcialmente un grupo nacional, étnico, racial, religioso o determinado por la discapacidad de sus integrantes…”
Se exige el dolo específico de actuar con la intención de destruir total o parcialmente el grupo. Por lo tanto, si un sujeto actúa sin ese dolo específico, sin esa intención concreta, no estará cometiendo un delito de genocidio (con independencia de que pueda cometer otro delito).
Si únicamente se exigiese un dolo directo, bastaría que el sujeto actuase con conocimiento e intención de matar a esas personas, en cambio, al exigir el dolo específico, es necesario no solo que el autor busque esas muertes, sino que lo haga con el objetivo de destruir total o parcialmente el grupo.
Otro ejemplo sería el delito de humillación a las víctimas del terrorismo (art.578), en el que es necesario que el sujeto tenga ánimo de desacreditar, menospreciar o humillar a las víctimas o a sus familiares.
Espero haberte ayudado. Saludos!
Fuente??
En la descripción está un link al boe donde se recoge la legislación