mi hermano murió..y tenía un crédito Infonavit...hicimos los trámites ante el Infonavit para que liberará la casa...ya pagamos las escrituras..salieron a nombre de mi hermano...ahora bien mi hermano no era casado ,no tuvo hijos y nuestros padres ya fallecieron..mis hermanas y yo hemos decidido vender la casa ...pero mi duda es que si la podemos vender ya que las escrituras están a nombre de mi hermano fallecido.mi hermano no dejo testamento..podrías orientarme que debemos hacer para vender esa propiedad
Que pasa si los hijos no se ponen de acuerdo ni reclaman un inmueble y no les interesa viven en otro estado de la Republica todos solo yo vivo en dónde el municipio donde se encuentra y ya hasta fue invadido por gente extraña,yo como bisnieto puedo abrir un juicio para que me lo otorguen??
Hola me gustó tu video, pero me aclaras una duda.. En caso de que mi tío no tenga hijos, a quién pasarían sus bienes? A su padre o a sus hermanos primero?
Hola, los padres, hay dos principios hereditarios: “los parientes más cercanos excluyen a los más lejanos”, y “los parientes en línea recta excluyen a los colaterales”.
Buena tarde, tengo una duda. Mi abuela fallecio hace 7 años y mi papa heredo su casa, dejandole en el mismo terreno como herencia una parte del terreno a su otra hija (hermana de mi papá) Mi papá fallecio hace 3 semanas y mi tia me niega que haya testamento de mi abuela, cuando se que si lo hay. La casa esta a nombre de mi Papa en el testamento de mi abuela segun me dijo mi Papa en vida. Entonces esa casa pasa a ser de mi Propiedad?? Gracias!!
Hannah 12 hola, ¿sabes si de la herencia de tu abuela, se promovió cuando falleció, el juicio sucesorio?, porque es lo que se debió de hacer, si no se ha hecho todavía, se puede iniciar.
Primera pregunta. ¿Eres de Mexico? Segunda pregunta ¿de que estado de Mexico eres? Cada estado tiene su propio código y varía el procedimiento. Mándame mensaje si lo esa mi correo jorge141pu@gmail.com, iniciando con que miraste mi comentario aquí. Suerte
Muchas gracias por compartir los conocimientos. Les mando un gran abrazo desde la ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, República Argentina. Y por supuesto, desde ya también los invito a suscribirse a mi canal en donde encontrarán algunas clases referentes al Derecho Sucesorio Argentino. Saludos !
Licenciado un gusto saludarle. Le molestó con una duda. En un asunto en el que uno de los 3 hijos del cujus, es quien inicie los trámites correspondientes como es la denuncia, este hijo está obligado a mencionar a sus otros 2 hermanos ¿? En la denuncia. Digamos que esos hermanos no quieren cubrir ninguno tipo de gasto (honorarios del abogado, avaluo de los bienes etc.) en todo el proceso que conlleva el juicio sucesorio intestamentario. Puede el que si tiene interés, solo mencionarse ÉL en la denuncia. Existe dentro de la ley correspondiente algún artículo que lo "obligué" a pagar por todos los involucrados.... Y si no tiene los documentos de los bienes, se los llevaron los hermanos, que puede hacer. Esto en el EDO DE VERACRÚZ.
EXCELENTE VIDEO, gracias por compartir este conocimiento, preciso y sustancioso. En cuanto a la Indignidad o el desheredamiento tengo una pregunta: Si soy unico hijo y tengo un solo hijo, en caso de que yo sea declarado indigno, con las causales establecidas en el Codigo Civil Colombiano, si mi padre muere y yo fui declarado indigno, luego entonces vendrá mi hijo a representarme o siendo este el unico asignatario de la masa sucesoral, pero si mi hijo muere al paso de unos años yo podría heredarle los bienes que mi padre no me dio?. Muchas Gracias
Somos 6 hermanos, 4 hermanos decidimos que los vienes se repartan por partes iguales pero, 2 de ellos an abusado y se quieren adjudicar la mayor parte, actualmente uno de los 4 tiene nombramiento de albacea privicional, pero el jues que tiene turnada la sucecion ha bloquedo el abanse del caso debido a que mis dos hermanos que no estan deacuerdo vendieron una propiedad y, con frecuencia otorgan impulso prosesal para frenar la sucecion. deque manera podemos hacer a un lado esta conducta, y aque instancia debemos acudir para poner una queja de estas anomalias ya mencionadas?
Cuánto tiempo tengo para reclamar mi mejor derecho a heredar?
La sucesión es caro
De qué País son estos derechos???
México
mi hermano murió..y tenía un crédito Infonavit...hicimos los trámites ante el Infonavit para que liberará la casa...ya pagamos las escrituras..salieron a nombre de mi hermano...ahora bien mi hermano no era casado ,no tuvo hijos y nuestros padres ya fallecieron..mis hermanas y yo hemos decidido vender la casa ...pero mi duda es que si la podemos vender ya que las escrituras están a nombre de mi hermano fallecido.mi hermano no dejo testamento..podrías orientarme que debemos hacer para vender esa propiedad
Si gustas yo te puedo ayudar mi numero de celular es el 4181172640
Jajaj
Abre un juicio sucesorio legítima, ya a falta de padres, hijos y esposa será de ustedes los hermanos.
Mi duda es: existe termino para denunciar un testamento...
No
Que pasa si los hijos no se ponen de acuerdo ni reclaman un inmueble y no les interesa viven en otro estado de la Republica todos solo yo vivo en dónde el municipio donde se encuentra y ya hasta fue invadido por gente extraña,yo como bisnieto puedo abrir un juicio para que me lo otorguen??
Pues si, ve con un Abogado y échale ganas
Gracias
@@alejandrogalicia9854 sabras de casualidad Cuánto tiempo tienen si se enteran que lo gané para reclamar su mejor derecho a heredar?
Hola me gustó tu video, pero me aclaras una duda.. En caso de que mi tío no tenga hijos, a quién pasarían sus bienes? A su padre o a sus hermanos primero?
Hola, los padres, hay dos principios hereditarios: “los parientes más cercanos excluyen a los más lejanos”, y “los parientes en línea recta excluyen a los colaterales”.
Buena tarde, tengo una duda.
Mi abuela fallecio hace 7 años y mi papa heredo su casa, dejandole en el mismo terreno como herencia una parte del terreno a su otra hija (hermana de mi papá)
Mi papá fallecio hace 3 semanas y mi tia me niega que haya testamento de mi abuela, cuando se que si lo hay.
La casa esta a nombre de mi
Papa en el testamento de mi abuela segun me dijo mi
Papa en vida. Entonces esa casa pasa a ser de mi
Propiedad??
Gracias!!
Hannah 12 hola, ¿sabes si de la herencia de tu abuela, se promovió cuando falleció, el juicio sucesorio?, porque es lo que se debió de hacer, si no se ha hecho todavía, se puede iniciar.
No hubo juicio segun se pero no me quieren dar ningún documento. Debo promover un juicio intestamentario aun sabiendo que mi abuela si lo hizo?
Primera pregunta. ¿Eres de Mexico? Segunda pregunta ¿de que estado de Mexico eres?
Cada estado tiene su propio código y varía el procedimiento. Mándame mensaje si lo esa mi correo jorge141pu@gmail.com, iniciando con que miraste mi comentario aquí. Suerte
En mi caso los mas lejanos excluyeron a los mas cercanos.
Pueden reclamar el mejor derecho a heredar
Muchas gracias por compartir los conocimientos. Les mando un gran abrazo desde la ciudad de Posadas, Provincia de Misiones, República Argentina. Y por supuesto, desde ya también los invito a suscribirse a mi canal en donde encontrarán algunas clases referentes al Derecho Sucesorio Argentino. Saludos !
Licenciado un gusto saludarle.
Le molestó con una duda.
En un asunto en el que uno de los 3 hijos del cujus, es quien inicie los trámites correspondientes como es la denuncia, este hijo está obligado a mencionar a sus otros 2 hermanos ¿? En la denuncia.
Digamos que esos hermanos no quieren cubrir ninguno tipo de gasto (honorarios del abogado, avaluo de los bienes etc.) en todo el proceso que conlleva el juicio sucesorio intestamentario.
Puede el que si tiene interés, solo mencionarse ÉL en la denuncia.
Existe dentro de la ley correspondiente algún artículo que lo "obligué" a pagar por todos los involucrados....
Y si no tiene los documentos de los bienes, se los llevaron los hermanos, que puede hacer.
Esto en el EDO DE VERACRÚZ.
Vuen video e inf peeo mi duda es cuando fallese la albacea que pasara por que ya un hermano se a adueñado de todo ayuda por favor
Muchas gracias por la información excelente vídeo
EXCELENTE VIDEO, gracias por compartir este conocimiento, preciso y sustancioso. En cuanto a la Indignidad o el desheredamiento tengo una pregunta: Si soy unico hijo y tengo un solo hijo, en caso de que yo sea declarado indigno, con las causales establecidas en el Codigo Civil Colombiano, si mi padre muere y yo fui declarado indigno, luego entonces vendrá mi hijo a representarme o siendo este el unico asignatario de la masa sucesoral, pero si mi hijo muere al paso de unos años yo podría heredarle los bienes que mi padre no me dio?. Muchas Gracias
Somos 6 hermanos, 4 hermanos decidimos que los vienes se repartan por partes iguales pero, 2 de ellos an abusado y se quieren adjudicar la mayor parte, actualmente uno de los 4 tiene nombramiento de albacea privicional, pero el jues que tiene turnada la sucecion ha bloquedo el abanse del caso debido a que mis dos hermanos que no estan deacuerdo vendieron una propiedad y, con frecuencia otorgan impulso prosesal para frenar la sucecion. deque manera podemos hacer a un lado esta conducta, y aque instancia debemos acudir para poner una queja de estas anomalias ya mencionadas?
Muy bien, ¡excelente!
los nietos??'
Excelente!!!!
bueno