NOTA INFORMATIVA: El vídeo incluye un pequeño error al mostrar que la prorrata de las pagas extras es el SalarioBruto/12, cuando en realidad es el Salario Base/12, o lo que es lo mismo: Salario Bruto/14
Por fin encuentro un vídeo que me lo explica muy bien, muchas gracias de verdad. Lo necesitaba por un curso que estoy haciendo y me sirvió de gran ayuda. Un saludo.
Buenos días. En primer lugar, muchas gracias por el vídeo que resulta muy clarificador. Os presento una duda. Mi empleada del hogar ha cumplido 65 años pero no se va a jubilar hasta dentro de unos meses. Pensaba que nada cambiaría a nivel de nómina pero he visto como mis cuotas a la seguridad social han bajado significativamente. Entiendo que esto es debido a que han cambiado los porcentajes de las deducciones por contingencias y desempleo y que debo rehacer la nómina. ¿Podríais confirmar si esto es así? ¿Qué porcentajes aplicarían a estas deducciones? Hasta ahora, los porcentajes eran de 4.80% para contingencias y 1.55% para desempleo. Muchas gracias
Hola. Los % a deducir que señala, de manera generalizada, son correctos. Ahora bien, se puede dar la circunstancia de que tenga que realizar una nómina en la que la persona empleada se encuentre de baja por enfermedad y, por el hecho de tratarse de una persona mayor de 62 años, tiene derecho a una bonificación del 75% en las cuotas por Contingencias Comunes del empleador y además las cuotas de la trabajadora se las descuenta la Seg. Social de las prestaciones que le esté pagando. Si lo necesitara, con nuestro programa podrá elaborar las nóminas en las que se producen este tipo de bonificaciones especiales de la Seg. Social
Bendecida tarde trabajo 4 horas al día semanal 20 horas ,ganó 800, y me dieron de alta .con contrato .pero tengo que pagar yo seguridad social ?y ahora cobraré menos 😢
Trabajo 26 horas se manuales y mi empleador dice que ya están ahí mis pagas extras? Esto está bien?...dado que del total de mi sueldo paga ala seguridad social 😭 saquenme de duda porfavor
Hola Weronika, sólo lo que se notifica en la Seguridad Social cotiza. Desde el punto de vista legal, si de manera regular se efectúa el pago de un complemento salarial se debería comunicar a la SS y cotizar por este. Los únicos complementos que no se deberían de notificar a la SS y, por tanto, no cotizan son los que se realizan de manera puntual esporádicamente, como por ejemplo las horas extras.
Hola y gracias por vuestra ayuda tengo contratada una empleada por 20 horas/mes y 8€/hora incluidas las extras entiendo el salario base es los 160 menos las extra y que el 4,70% de contingencias se deduce a la empleada ¿ no?
Hola Pedro. Dependerá. Si el importe al que te refieres lo consideras como bruto, entonces tu apreciación sobre el salario base es correcta, pero has de tener en cuenta que cada una de las prorrata de las pagas extras, a su vez es el Salario Base, que no conoces, dividido entre 12 pero a partir de ahí obtendrías el Salario Base como un pequeño sistema de ecuaciones simple. Luego al salario bruto que resulte efectivamente se deberá deducir la cuota de la seguridad social de la empleada del 4,70% de la base de cotización y se obtendría el salario líquido a pagar. Ponte en contacto con www.nominahogar.es/ si lo deseas y puedes solicitar la preparación del programa de nóminas que necesite
Si el empleado quiere el sueldo en 14 pagas , hay que prorratear las pagas extras en la nómina mensual, o en la paga extra se hacen los pagos a la tesorería? gracias
Hola Francisca. Precisamente al abonar 14 pagas, las pagas extras no se reflejaran prorrateadas en la nómina de cada mes, sino que se entregarán en una nómina aparte. No obstante, a efectos de la tesorería, la declaración del salario mensual siempre deberá incluir las pagas extras prorrateadas, ya que sólo emite 12 recibos y las pagas extras se pagan íntegras al no tener descuento alguno por parte de la seguridad social.
Hola Francisca, en la seguridad social se notifica el salario bruto mensual con las pagas extras prorrateadas. Por tanto, cuando se abonan las pagas extras no se tiene que incluir ninguna información ni deducciones de cuotas a la seguridad social.
Hola una duda soy trabajadora de hogar que es lo que debe pagar a la SS la empleadora? Y yo debo pagar algo también. Pues pedí un contrato laboral y me dice mi empleadora que debe pagar mucho de SS.
Hola Silvia. Lo que se suele pagar mensualmente a la seguridad social suele ser aproximadamente un 30% del salario bruto mensual, incluidas las pagas extras, de los cuales deducen por nómina alrededor del 5% de la parte correspondiente a la trabajadora
Hola! A la hora de seleccionar la base de cotización, estamos hablando de un salario de 240, por tanto la base de cotización sería 206 y no la elegida de 340, ya que el tramo comprende desde 0 a 240, y la siguiente comprende desde 240,01 a 375. Saludos
Hola Rosa, Gracias por tu comentario. Si te das cuenta, el salario es de 240€ netos al mes, que corresponde a un salario bruto de 255,98€ al mes y el salario que se debe considerar a efectos de cotización a la seguridad social es precisamente el salario bruto, incluida la prorrata de las pagas extras. Luego, la base de cotización (BC) pasa al siguiente tramo y sería de 340€, en lugar de los 206€ del primer tramo. Precisamente escogí el ejemplo de 240€ netos al mes para que se viese fácilmente que la BC pasaba al siguiente tramo, pues si hubiese escogido un salario de 225€ netos al mes, ya no sería tan fácil ver si el salario bruto que le corresponde se pasa al siguiente tramo o no. De ahí la importancia de usar un programa como el que hemos desarrollado en Nómina Hogar con el que si deseas pagar 225€ netos al mes, o cualquier otra cantidad, te muestre instantáneamente la nómina con la BC que le corresponde de manera automática, sin tener que hacer pruebas para saber que BC le debería corresponder.
Hola Leticia. Gracias por tu comentario. Cierto que ha habido cambios en los tipos (desempleo, MEI,...) y tablas de Bases de Cotización de la Seg. Social, pero el procedimiento para calcular la nómina sigue siendo el mismo. Para el 2024 están previstos cambios importantes que pueden variar el procedimiento, al pasar a cotizar por salarios reales, en lugar de por tramos como hasta ahora. Si se producen estos cambios lo actualizaríamos
Esta explicacion muy irreal, no se baso a un salario minimo de una empleada del hogar como ejemplo un sueldo al mes en jornada completa y mucho menos interna este señor solo hablo con supuestos y lo mas minimo de horas, esto ya es obsoleto pues las ventajas para este año 2.023 es muy distinto a esta mala y supuesta explicacion
Hola Blanca. Efectivamente, el vídeo no expone el ejemplo de cómo representar el sueldo del mes para una empleada a jornada completa, sino que se expone un caso en el que el importe es neto y es un poco más complicado de representar; de tal manera, que el que entienda cómo hay que hacer los cálculos en este caso, lo más probable es que pueda resolver sin problema el caso de jornada completa al SMI que es más sencillo y puede seguir ese cálculo en www.cuestioneslaborales.es/modelo-nomina-empleada-hogar/
NOTA INFORMATIVA: El vídeo incluye un pequeño error al mostrar que la prorrata de las pagas extras es el SalarioBruto/12, cuando en realidad es el Salario Base/12, o lo que es lo mismo: Salario Bruto/14
Por fin encuentro un vídeo que me lo explica muy bien, muchas gracias de verdad. Lo necesitaba por un curso que estoy haciendo y me sirvió de gran ayuda. Un saludo.
Muchas gracias Cris
Gracias
Buenos días. En primer lugar, muchas gracias por el vídeo que resulta muy clarificador. Os presento una duda. Mi empleada del hogar ha cumplido 65 años pero no se va a jubilar hasta dentro de unos meses. Pensaba que nada cambiaría a nivel de nómina pero he visto como mis cuotas a la seguridad social han bajado significativamente. Entiendo que esto es debido a que han cambiado los porcentajes de las deducciones por contingencias y desempleo y que debo rehacer la nómina. ¿Podríais confirmar si esto es así? ¿Qué porcentajes aplicarían a estas deducciones? Hasta ahora, los porcentajes eran de 4.80% para contingencias y 1.55% para desempleo. Muchas gracias
Hola. Los % a deducir que señala, de manera generalizada, son correctos. Ahora bien, se puede dar la circunstancia de que tenga que realizar una nómina en la que la persona empleada se encuentre de baja por enfermedad y, por el hecho de tratarse de una persona mayor de 62 años, tiene derecho a una bonificación del 75% en las cuotas por Contingencias Comunes del empleador y además las cuotas de la trabajadora se las descuenta la Seg. Social de las prestaciones que le esté pagando. Si lo necesitara, con nuestro programa podrá elaborar las nóminas en las que se producen este tipo de bonificaciones especiales de la Seg. Social
¡Muchas gracias!
Bendecida tarde trabajo 4 horas al día semanal 20 horas ,ganó 800, y me dieron de alta .con contrato .pero tengo que pagar yo seguridad social ?y ahora cobraré menos 😢
Trabajo 26 horas se manuales y mi empleador dice que ya están ahí mis pagas extras? Esto está bien?...dado que del total de mi sueldo paga ala seguridad social 😭 saquenme de duda porfavor
Hola Buenos días quería preguntar si se puede añadir los complementos? Pj si pago 500€ esto cotizan en ss +250€ complementos sin SS. Gracias antemano
Hola Weronika, sólo lo que se notifica en la Seguridad Social cotiza. Desde el punto de vista legal, si de manera regular se efectúa el pago de un complemento salarial se debería comunicar a la SS y cotizar por este. Los únicos complementos que no se deberían de notificar a la SS y, por tanto, no cotizan son los que se realizan de manera puntual esporádicamente, como por ejemplo las horas extras.
Hola y gracias por vuestra ayuda tengo contratada una empleada por 20 horas/mes y 8€/hora incluidas las extras entiendo el salario base es los 160 menos las extra y que el 4,70% de contingencias se deduce a la empleada ¿
no?
Hola Pedro. Dependerá. Si el importe al que te refieres lo consideras como bruto, entonces tu apreciación sobre el salario base es correcta, pero has de tener en cuenta que cada una de las prorrata de las pagas extras, a su vez es el Salario Base, que no conoces, dividido entre 12 pero a partir de ahí obtendrías el Salario Base como un pequeño sistema de ecuaciones simple.
Luego al salario bruto que resulte efectivamente se deberá deducir la cuota de la seguridad social de la empleada del 4,70% de la base de cotización y se obtendría el salario líquido a pagar.
Ponte en contacto con www.nominahogar.es/ si lo deseas y puedes solicitar la preparación del programa de nóminas que necesite
@@nominahogar Muchísimas gracias por la contestación.
Si el empleado quiere el sueldo en 14 pagas , hay que prorratear las pagas extras en la nómina mensual, o en la paga extra se hacen los pagos a la tesorería? gracias
Hola Francisca. Precisamente al abonar 14 pagas, las pagas extras no se reflejaran prorrateadas en la nómina de cada mes, sino que se entregarán en una nómina aparte. No obstante, a efectos de la tesorería, la declaración del salario mensual siempre deberá incluir las pagas extras prorrateadas, ya que sólo emite 12 recibos y las pagas extras se pagan íntegras al no tener descuento alguno por parte de la seguridad social.
Hola Francisca, en la seguridad social se notifica el salario bruto mensual con las pagas extras prorrateadas. Por tanto, cuando se abonan las pagas extras no se tiene que incluir ninguna información ni deducciones de cuotas a la seguridad social.
Hola una duda soy trabajadora de hogar que es lo que debe pagar a la SS la empleadora? Y yo debo pagar algo también. Pues pedí un contrato laboral y me dice mi empleadora que debe pagar mucho de SS.
Hola Silvia. Lo que se suele pagar mensualmente a la seguridad social suele ser aproximadamente un 30% del salario bruto mensual, incluidas las pagas extras, de los cuales deducen por nómina alrededor del 5% de la parte correspondiente a la trabajadora
Hola! A la hora de seleccionar la base de cotización, estamos hablando de un salario de 240, por tanto la base de cotización sería 206 y no la elegida de 340, ya que el tramo comprende desde 0 a 240, y la siguiente comprende desde 240,01 a 375.
Saludos
Hola Rosa,
Gracias por tu comentario. Si te das cuenta, el salario es de 240€ netos al mes, que corresponde a un salario bruto de 255,98€ al mes y el salario que se debe considerar a efectos de cotización a la seguridad social es precisamente el salario bruto, incluida la prorrata de las pagas extras. Luego, la base de cotización (BC) pasa al siguiente tramo y sería de 340€, en lugar de los 206€ del primer tramo.
Precisamente escogí el ejemplo de 240€ netos al mes para que se viese fácilmente que la BC pasaba al siguiente tramo, pues si hubiese escogido un salario de 225€ netos al mes, ya no sería tan fácil ver si el salario bruto que le corresponde se pasa al siguiente tramo o no. De ahí la importancia de usar un programa como el que hemos desarrollado en Nómina Hogar con el que si deseas pagar 225€ netos al mes, o cualquier otra cantidad, te muestre instantáneamente la nómina con la BC que le corresponde de manera automática, sin tener que hacer pruebas para saber que BC le debería corresponder.
Actualícese, con una nómina del 2023
Hola Leticia. Gracias por tu comentario. Cierto que ha habido cambios en los tipos (desempleo, MEI,...) y tablas de Bases de Cotización de la Seg. Social, pero el procedimiento para calcular la nómina sigue siendo el mismo. Para el 2024 están previstos cambios importantes que pueden variar el procedimiento, al pasar a cotizar por salarios reales, en lugar de por tramos como hasta ahora. Si se producen estos cambios lo actualizaríamos
Soy yo la que tengo que pagarlo?
Vamos que de una miseria de sueldo le deducen otro tanto .Que vergüenza de paissss
Esta explicacion muy irreal, no se baso a un salario minimo de una empleada del hogar como ejemplo un sueldo al mes en jornada completa y mucho menos interna este señor solo hablo con supuestos y lo mas minimo de horas, esto ya es obsoleto pues las ventajas para este año 2.023 es muy distinto a esta mala y supuesta explicacion
Hola Blanca. Efectivamente, el vídeo no expone el ejemplo de cómo representar el sueldo del mes para una empleada a jornada completa, sino que se expone un caso en el que el importe es neto y es un poco más complicado de representar; de tal manera, que el que entienda cómo hay que hacer los cálculos en este caso, lo más probable es que pueda resolver sin problema el caso de jornada completa al SMI que es más sencillo y puede seguir ese cálculo en www.cuestioneslaborales.es/modelo-nomina-empleada-hogar/