ARRENDAMIENTO, REFLEXIONES SOBRE TACITA RECONDUCCIÓN Y OTROS MITOS

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  • Опубліковано 8 січ 2025

КОМЕНТАРІ • 41

  • @luisggutierrez_
    @luisggutierrez_ 6 місяців тому +1

    Excelente contenido, maestro. Y claro que lo explica muy bien. Soy estudiante aún. Me gusta irme empapando más sobre la carrera y me pongo a ver todo este tipo de contenido juridico para seguir aprendiendo. Aún no veo este tema en la escuela, pero ya lo aprendí gracias a usted. 👍👍👍
    Un gran saludo y abrazo desde Monterrey, N.L.

  • @mauriciovelascoesparza7641
    @mauriciovelascoesparza7641 Рік тому +1

    Buenas noches Licenciado excelente cápsula, agradezco su apoyo en compartir estos temas de relevancia y que están a la orden del día y que por falta de conocimiento jurídico no sabemos cómo actuar,

  • @miguelangelfelipealvarezhe7638

    Igualmente, bendiciones y que dios le siga dando mucha salud y vida

  • @miriamivonnequinterocortes2677

    Feliz año su Señoría. Gracias por el gran aporte que ofrece a nuestra praxis y criterio jurídico.

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому

      Ya me abandonó en los cursos

    • @miriamivonnequinterocortes2677
      @miriamivonnequinterocortes2677 Рік тому

      @@IUSETjorge70 de ninguna manera. Me uno en breve. Pero por favor Doctor, considere un horario entre semana 👏🏼

  • @gamadrummer
    @gamadrummer Рік тому +3

    Saludos Maestro!!! En CDMX, una vez que ocurre la tácita reconducción se puede dar por terminado el contrato de arrendamiento de manera unilateral por las partes si se notifica de manera fehaciente la voluntad de alguna de las partes para darlo por terminado, lo cual me parece una manera muy ágil de concluir la relación contractual sin mayor controversia independientemente del cumplimiento o incumplimiento del contrato. Saludos y gracias!!

    • @edgarlabastida7977
      @edgarlabastida7977 Рік тому +1

      Buenas noches Gama F. Castle, en CDMX, con solo notificarle o solicitarle la terminación de contrato, se da por terminad?

  • @edgarlabastida7977
    @edgarlabastida7977 Рік тому

    BUENAS NOCHES MAESTRO, GRACIAS POR SU APORTACION Y DESPRENDESRSE DE SUS CONOCIMIENTOS, MI DUDA ES, ENTONCES UNA VEZ LA FIGURA DE DE LA TACITA RECONDUCCION ENTRA EN VIGOR, EN QUE MOMENTO PROCEDE EL ESPECIAL DE DESAHUCIO?

  • @RuthVelazquez-hc9gc
    @RuthVelazquez-hc9gc 7 місяців тому

    Y que pasa si sigue pagando la renta después de terminado el contrato y ya pasaron los 10 días para solicitar la terminación en juicio ...no procede el desahucio, que juicio iniciaría para evitar siga el arrendatario en el inmueble

  • @marcoantoniosarabiarojas9127
    @marcoantoniosarabiarojas9127 Рік тому +1

    Maestro, mi cliente es el arrendador, es una renta de un predio donde almacenan carros detenidos por el Ayuntamiento donde el arrendatario son unas grúas, mi cliente le rentó a una persona física pero ya murió, el contrato fue de un año, pero mi cliente no realizó la terminación del contrato por lo tanto se hizo indeterminado, actualmente los hijos pagan la renta al precio que estipuló con el fallecido. La renta si la pagan pero al precio del otro contrato, el arrendador ya no los quiere ahí, mi pregunta es que opciones hay para el desalojo, en marzo de este año es otro año pero extenso al contrato por escrito con el fallecido.

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому

      Puede alegar un contrato verbal de novacion de un año anterior y llegado el plazo promover dentro de los diez días siguientes la terminación del contrato, dado que el arrendatario primario ya falleció, espetó haberme explicado

    • @marcoantoniosarabiarojas9127
      @marcoantoniosarabiarojas9127 Рік тому

      Maestro, el contrato fue por escrito , el contrato vence este 31 de marzo, entonces hago la terminación de contrato después del 31? Gracias por contestarme.

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому

      @@marcoantoniosarabiarojas9127 si pero con una narrativa donde el último. Contrato ya lo celebra con quien está pagando la renta como verbal, espero haberme explicado

  • @jorgearmandosilvacarreno1918
    @jorgearmandosilvacarreno1918 Рік тому +1

    Hola, por favor puede usted titular el video para que anuncie su valioso contenido o para futuras referencia e incluso para facilitar compartirlo. Gracias.

  • @marlacruise8158
    @marlacruise8158 3 місяці тому

    Que pasá si antes del terminado el contrato, se demandó el desahucio por incumplimiento de pago de rentas, el arrendamiento se tiene por tácita reconducción?

  • @cobu12
    @cobu12 Рік тому

    HOla, que acción puedo iniciar cuando el arrendatario deja el local sin avisar con candados, amenazando que si abro el local, me meto en problemas, hace dos semanas que lo tiene serrado sin pagar renta de antemano, gracias

  • @juanluismartinezrivera1520
    @juanluismartinezrivera1520 Рік тому +1

    Entonces para efectos del clausulado del contrato de arrendamiento, podría poner una cláusula sobre una tácita reconducción limitada?

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому +1

      Podría ponerse no de esa manera textual, empero si poner un plazo máximo e incluso los incrementos de renta de continuar habitando el inmueble, no obstante lo más recomendable es solicitar esa terminación del contrato dentro de esos 10 días de terminado el contrato, espetó haberme explicado

    • @juanluismartinezrivera1520
      @juanluismartinezrivera1520 Рік тому +1

      @@IUSETjorge70 Gracias Maestro. Me sirvió mucho su explicación ☺️

  • @GatielParso
    @GatielParso Рік тому +1

    He puesto en una clausula que el contrato se renovara unicamente con la elaboracion de uno nuevo esto por voluntad de las partes que la ley no prohibe, deberia bastar para evitar la tacita no lo cree Maestro?

    • @victormanuelhernandez6158
      @victormanuelhernandez6158 5 місяців тому

      Es lo que llamamos novación de contrato pero en un asunto personal en el que realice un contrato de arrendamiento y establecí la novación en el mismo por medio de cláusula Pero aún así se volvió indeterminado y solicite entonces la recision del contrato y dieron dos meses para el aviso indubitable y que desalojará el bien inmueble, esto en Hidalgo.

  • @carmenrico8925
    @carmenrico8925 Рік тому +1

    Buena tarde, entonces lo ideal es renovar el contrato a su vencimiento por voluntad de las partes para que no se de la figura tacita?

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому

      Si celebrar uno nuevo antes donde se estipulen las nuevas condiciones del contrato o bien si ya no es su deseo continuar con esa relación contractual dentro de los diez días siguientes a su terminación demandarlo

    • @carmenrico8925
      @carmenrico8925 Рік тому

      Mil gracias maestro por la respuesta, excelente día

  • @gerardolupercio8562
    @gerardolupercio8562 Рік тому +1

    BUENA NOCHE MAESTRO. NUEVAMENTE MUCHAS GRACIAS POR COMPARTIR SUS CONOCIMIENTOS.
    PODRÍA AUXILIARME CON UNA DUDA QUE TENGO?. PERO ES EN MATERIA DE USUCAPION.
    SI EL INMUEBLE A USUCAPIR CARECE DE ANTECEDENTE REGISTRAL EN EL INFREM , Y POR LO TANTO NO HAY PERSONA FISICA A QUIEN DEMANDAR, ¿DEBO DEMANDAR AL IFREM O SIMPLEMENTE NO SEÑALAR PARTE DEMANDADA? .
    EL CONTRATO DE COMPRAVENTA TIENE MAS DE 30 AÑOS, EL TRASLADO DE DOMINIO, LUZ Y AGUA, TIENEN UNA ANTIGÜEDAD DE 25 ÅÑOS APROXIMADAMENTE, Y LA PARTE VENDEDORA TIENE 10 AÑOS QUE FALLECIO.
    AGRADEZCO DE ANTEMANO SU APOYO Y AUNQUE UN POCO EXTEMPORANEO, PERMITAME HACERLE LLEGAR MIS MEJORES DESEOS PARA QUE ESTE 2023 LE SEA DE SALUD Y PROSPERIDAD.

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому

      Agradezco sus saludos y parabienes lo mismo para ud y su familia
      Por otro lado, tiene que hacer una inmatriculacion judicial, le invito a que vea el video de su srvidor

    • @gerardolupercio8562
      @gerardolupercio8562 Рік тому

      @@IUSETjorge70 MUCHAS GRAC IAS MAESTRO. DIOS LO BENDIGA

  • @lope86agui
    @lope86agui 4 місяці тому

    La tacita reconducción, favor del demandado, se hace valer como excepción o como acción reconvencional.? Gracias

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  4 місяці тому

      se puede hacer valer como excepción no tanto como reconvención, dado que, lo que implica esta figura es la continuidad en la relación contractual en caso de demandarle la terminacion de contrato, espero haberme explicado

  • @ivanlmx
    @ivanlmx Рік тому +1

    ENTONCES DE AHI VIENE LA RENTA CONGELADA? ..
    SI NO SE PIDE CON TIEMPO LA TERMINACION?

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому +1

      No, no esto no provoca la renta congelada ese fue un decreto presidencial que ya fue abrogado, al terminar el contrato y no existir acuerdo previo sobre el aumento de renta, el inquilino paga lo que venía estipulado en el contrato por ello, es importante una cláusula en ese sentido

    • @ivanlmx
      @ivanlmx Рік тому

      @@IUSETjorge70 ok gracias

    • @GatielParso
      @GatielParso Рік тому

      He puesto en una clausula que el contrato se renovara unicamente con la elaboracion de uno nuevo esto por voluntad de las partes que la ley no prohibe deberia bastar para evitar la tacita no lo cree Maestro?

  • @antomagdaleno1473
    @antomagdaleno1473 Рік тому

    Saludos!! Como arrendador ya no quiero renovar el contrato a mi inquilino, se vence el 1/octubre/23. Mi pregunta es le tengo que avisar con anticipación y por escrito o como es?

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому

      Eso es potestativo, lo que si tiene que hacer es que dentro de los diez prometo días de vencido el contrato es demandar la terminación del contrato

    • @antomagdaleno1473
      @antomagdaleno1473 Рік тому

      No entiendo me podría dar una asesoría Lic. Cuánto me cobra, soy del estado de México.

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому

      Mándeme un correo electrónico a jsandovalr7029@gmail.com

    • @IUSETjorge70
      @IUSETjorge70  Рік тому

      Me avisa por este medio

  • @aicosdegaruda1
    @aicosdegaruda1 Рік тому

    EXCELENTE EXPLICACIÓN LICENCIADO. QUIERO PREGUNTARLE SOBRE UN SUPUESTO:
    SE FIRMA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO ENTRE LAS PARTES ARRENDADORA Y ARRENDATARIA (PERSONA MORAL) EN 2016 Y FENECE EN 2017 (UNICO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO)
    FALLECE ARRENDADORA 2020
    SE NOMBRA ALBACEA Y ESTA PIDE INCREMENTO DE RENTA A ARRENDATARIA Y CELEBRAR NUEVO CONTRATO A LO CUAL ACCEDE LA ARRENDATARIA (PERSONA MORAL) PERO NO SE FIRMA BAJO EL PRETEXTO QUE NO HAY PERSONA AUTORIZADA LEGALMENTE (REPRESENTANTE) PARA FIRMAR EL NUEVO CONTRATO.
    EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO YA ES INDETERMINADO, TODA VEZ QUE NUNCA SE LE NOTIFICO DE MANERA CORRECTA POR PARTE DE LA ARRENDADORA LA DESOCUPACIÓN DEL INMUEBLE EN TIEMPO Y FORMA A LA ARRENDADORA.
    PREGUNTA: ES VIABLE LA ACCIÓN RESCISORIA DE CONTRATO A TIEMPO INDETERMINADO, BAJO EL ARGUMENTO DE QUE DESOCUPE EL INMUEBLE EN EL PLAZO DE 6 MESES POR QUE EL ALBACEA NO DESEA TENER NINGUN TIPO DE TRATO CON DICHA PERSONA MORAL AUNQUE ESTA DEPOSITA MENSUALMENTE VIA CONSIGNACIÓN EN JUZGADO LA RENTA ANTERIORMENTE PACTADA CON LA ARRENDADORA FINADA Y SIMULA ESTAR AL CORRIENTE DE LA RENTA AUNQUE VERBALMENTE PACTO CON EL ALBACEA UN INCREMENTO DE RENTA.