ARTÍCULO 56. OBLIGATORIEDAD. Ley 675 de 2001

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  • Опубліковано 25 лип 2022
  • Diplomado Propiedad Horizontal: leydepropiedadhorizontal.org/...
    ARTÍCULO 56. OBLIGATORIEDAD. (Aparte tachado INEXEQUIBLE) Los conjuntos de uso comercial o mixto estarán obligados a contar con Revisor Fiscal, contador público titulado, con matrícula profesional vigente e inscrito a la Junta Central de Contadores, elegido por la asamblea general de propietarios.
    Jurisprudencia Vigencia
    El Revisor Fiscal no podrá ser propietario o tenedor de bienes privados en el edificio o conjunto respecto del cual cumple sus funciones, ni tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, ni vínculos comerciales, o cualquier otra circunstancia que pueda restarle independencia u objetividad a sus conceptos o actuaciones, con el administrador y/o los miembros del consejo de administración, cuando exista.
    Los edificios o conjuntos de uso residencial podrán contar con Revisor Fiscal, si así lo decide la asamblea general de propietarios. En este caso, el Revisor Fiscal podrá ser propietario o tenedor de bienes privados en el edificio o conjunto.

КОМЕНТАРІ • 3

  • @fernandolealgarcia6663
    @fernandolealgarcia6663 11 місяців тому +1

    Gracias, una pregunta: en este sentido el contador debe ser elegido por la asamblea general?

  • @mariaevamolina3346
    @mariaevamolina3346 10 місяців тому +1

    Como acceder a una consulta de PH cuanto vale

  • @user-si2zw6ye3g
    @user-si2zw6ye3g 5 місяців тому

    Buenos días, que hago coloque un amail a la administración por cosas que pasan en el conjunto y que me tocan de determinada manera, ella no contesta, voy a su OFC y me agrede verbalmente aduviendo qué le estoy atacando y que desmejoro su buena labor, cuando le digo que esta haciendo cosas que me perjudican se pone peor, le digo algo de un regla que se no se está incumpliendo y ella me amenaza, sube la voz, trato es malo, y además me dice sino le gusta le voy a hacer otra cosa, y estando personas del consejo 2, cambia reglas y me señala con el dedo,dice"vsmos a aumentar "esto es a propósito, (intimidación creo yo) , le digo, soy de la tercera edad, ud sabe de mi gravedad en mi salud cardio Vascular y no le importa, y dice" en la Asamblea le voy a echar todos los propietarios", le digo. "Atenta contra mi vida usted y lo hace a propósito, sabe de mi enfermedad, que le pasa", y nada, salí aterrada de su falta de conciencia, educación, etc. He dejado asi, pero la verdad creo que debo hacer algo, otras personas también las trata mal pero es (abogada) y abusa de su cargoy eso hizo conmigo, yo la evitó por mi estado alto de enfermedad. Temo muerte súbita ya que mi CARDIOLOGO lo certificó y x escrito, o un ataque cardíaco si me pongo de mal genio o alto stress. Como parar tanto atropello. Gracias
    Mosquera cundinamarca