Hola Gaby Sug Vargas, queremos darte las gracias por tu comentario y seguiremos haciendo vídeos de diferentes temas, pero si tienes algun tema en especial que quieres que hablemos no dudes en decirnos, saludos.
El silencio administrativo es aplicable también para empresas privadas? ejemplo: envié 2 veces un documento a una entidad privada y no me responden ¿Qué debería hacer?
No, a menos que esa empresa privada ejerza función administrativa en virtud de concesión, autorización o delegación. En ese sentido, solo aplica la el Silencio Administrativo a las entidades públicas, las cuales están señaladas de forma expresa en el artículo I del Título Preliminar de la Ley 27444 TUO de la LPAG, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ojo, esto de acuerdo con las leyes peruanas.
Cordial Saludo Una sentencia administrativa firme ilegal dada por una entidad nacional se puede solicitar su revisión así pase más de cuatro años, agradezco su respuesta.
No, a partir de que se te notifica el acto administrativo tienes 15 días hábiles para impugnarlo en sede administrativa, una vez se vence ese plazo tienes 3 meses para impugnar ese acto administrativo a través de la vía judicial.
Consulta.. Si ingrese un estudio ambiental a una entidad designada para su revisión desde el 2009, y el mismo día que ingrese el estudio sale una nueva norma que designa a otra entidad para revisar el estudio ambiental.. en ese caso que puedo hacer?
Hola, primero tendría que saber saber si el rango de la norma con la que se cambia la competencia para realizar la revisión de los Estudios Ambientales es del mismo rango, si es asì hay que acordarnos que una ley solo puede ser derogada por otra ley y solo quedarìa revisar los Estudios Ambientales realizados hasta antes de la publicaciòn de esta norma. y que dice esta nueva norma con respecto a la competencia de tu entidad? si gustas me puedes dar la norma para revisarla y darte una respuesta mas detallada. Te dejo el Link del Facebook del canal: facebook.com/angel.oflaws.3 . Saludos
Usualmente, tienes que revisar la normativa ya que puede indicar que entra en vigencia a partir de su publicación, al día siguiente de su publicación o a partir de publicado su reglamento. Así mismo recordar que las normas no son retroactivas por lo cual,no debería afectar todo lo que fue presentado y aprobado antes de entrar en vigencia la nueva norma.
@@angeloflaws5584 La norma a la que me refiero es el reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Solidos.. el reglamento se publico en el Peruano el dia en que ingresamos un estudio ambiental a la Direccion de Salud Ambiental.
@@fiorellaquispe3937 Los reglamentos pesan menos que las leyes. En ese caso debes actuar de acuerdo a lo que te dice la Ley, pues ésta es más que un reglamento. En todo caso podrías presentar una acción popular para cuestionar al reglamento al que haces referencia. Peero, yo te recomendaría presentar el estudio ambiental a la nueva entidad si quieres evitarte todos los trámites.
Muy buena explicación Dr, pero en el minuto 6:40 incurre en un error, ya que el administrado por propia cuenta no puede rectificar el acto administrativo, quien esta facultado para poder reconsiderarlo es el superior jerárquico de la entidad pública a base del ofrecimiento de la nueva prueba
Hola Marco Estela Estela, gracia por tus comentarios y con respecto al error que señalas, al decir que "Que el administrado al presentar una nueva prueba podrá modificar el recurso no me refiero a que el rectifica, ya que el solicita a la Administración Publica y como bien tu lo dices es el Superior Jerárquico pero a solicitud del administrado". El grupo de Angel of Laws agradece la observación y te invitamos a que visites nuestra pagina de facebook y sigas los demás vídeos que publicaremos y si tienes algún tema que te interesa no dudes en decirnos. Un fuerte abrazo.
XD, el recurso de reconsideración lo resuelve la misma autoridad que emitió el acto administrativo, el de apelación si lo resuelve el superior jerárquico.
Hola Raul Alvarado, primero agradecerte por escribirnos y segundo necesito tener mas información de tu caso ¿Como de que te quieres defender ante el Tribunal de Disciplina Policial? o ¿Cual es la falta por la cual tienes un proceso? si gustas te dejo el enlace de nuestra pagina de Facebook : facebook.com/Angel-of-Laws-365568907565340/?modal=admin_todo_tour y aquí poder tener una mejor comunicación. Saludos del Grupo de Angel of Laws.
Hola estimado José Luis Zanabria, te quiero agradecer por escribirnos, te envio el correo del canal el cual es angeloflaws@gmail.com, para cualquier consulta o también puedes escribirnos a nuestra cuenta de facebook. Saludos
Hola Angie, gracias por escribir tu duda, la cual en el minuto 1:12 es Revisión de Oficio, un abrazo y no dudes en preguntar o solicitarnos otros temas de derecho que te interesen. Gracias
Ok, voy hablar de esos temas, pero primero publicare el Titulo II que habla del Procedimiento Administrativo General, referente al Procedimiento de Aprobación Automática y el de Evaluación Previa, y de luego publicare el video que me pides con ejemplos.
Gracias por tu comentario Yudy, espero nos escribas sobres los temas que te interesen y si crees que le puede servir esta informaciòn no dudes en compartirla.
El vídeo estuvo bien bacano, gracias a usted aprobé Empresa, esta asignatura me da soroche. Bendiciones
Muy bien..muy buena exposición
Buena exposición
Me pueden enviar el link o la forma como puedo ver los 06 videos acerca de la ley de procedimientos administrativos
Te Trabas Mucho Bro.
😊 gracias excelente... sigue realizando mas vídeos porfavor
Hola Gaby Sug Vargas, queremos darte las gracias por tu comentario y seguiremos haciendo vídeos de diferentes temas, pero si tienes algun tema en especial que quieres que hablemos no dudes en decirnos, saludos.
Me gustaria sobre el sistema nacional de presupuesto en Perú
El silencio administrativo es aplicable también para empresas privadas? ejemplo: envié 2 veces un documento a una entidad privada y no me responden ¿Qué debería hacer?
No, a menos que esa empresa privada ejerza función administrativa en virtud de concesión, autorización o delegación. En ese sentido, solo aplica la el Silencio Administrativo a las entidades públicas, las cuales están señaladas de forma expresa en el artículo I del Título Preliminar de la Ley 27444 TUO de la LPAG, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ojo, esto de acuerdo con las leyes peruanas.
Cordial Saludo
Una sentencia administrativa firme ilegal dada por una entidad nacional se puede solicitar su revisión así pase más de cuatro años, agradezco su respuesta.
No, a partir de que se te notifica el acto administrativo tienes 15 días hábiles para impugnarlo en sede administrativa, una vez se vence ese plazo tienes 3 meses para impugnar ese acto administrativo a través de la vía judicial.
No encontré el video del Título II del Procedimiento Administrativo
Consulta.. Si ingrese un estudio ambiental a una entidad designada para su revisión desde el 2009, y el mismo día que ingrese el estudio sale una nueva norma que designa a otra entidad para revisar el estudio ambiental.. en ese caso que puedo hacer?
Hola, primero tendría que saber saber si el rango de la norma con la que se cambia la competencia para realizar la revisión de los Estudios Ambientales es del mismo rango, si es asì hay que acordarnos que una ley solo puede ser derogada por otra ley y solo quedarìa revisar los Estudios Ambientales realizados hasta antes de la publicaciòn de esta norma. y que dice esta nueva norma con respecto a la competencia de tu entidad? si gustas me puedes dar la norma para revisarla y darte una respuesta mas detallada. Te dejo el Link del Facebook del canal: facebook.com/angel.oflaws.3 . Saludos
Usualmente, tienes que revisar la normativa ya que puede indicar que entra en vigencia a partir de su publicación, al día siguiente de su publicación o a partir de publicado su reglamento. Así mismo recordar que las normas no son retroactivas por lo cual,no debería afectar todo lo que fue presentado y aprobado antes de entrar en vigencia la nueva norma.
@@angeloflaws5584 La norma a la que me refiero es el reglamento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Solidos.. el reglamento se publico en el Peruano el dia en que ingresamos un estudio ambiental a la Direccion de Salud Ambiental.
@@fiorellaquispe3937 Los reglamentos pesan menos que las leyes. En ese caso debes actuar de acuerdo a lo que te dice la Ley, pues ésta es más que un reglamento. En todo caso podrías presentar una acción popular para cuestionar al reglamento al que haces referencia. Peero, yo te recomendaría presentar el estudio ambiental a la nueva entidad si quieres evitarte todos los trámites.
Muy buena explicación Dr, pero en el minuto 6:40 incurre en un error, ya que el administrado por propia cuenta no puede rectificar el acto administrativo, quien esta facultado para poder reconsiderarlo es el superior jerárquico de la entidad pública a base del ofrecimiento de la nueva prueba
Hola Marco Estela Estela, gracia por tus comentarios y con respecto al error que señalas, al decir que "Que el administrado al presentar una nueva prueba podrá modificar el recurso no me refiero a que el rectifica, ya que el solicita a la Administración Publica y como bien tu lo dices es el Superior Jerárquico pero a solicitud del administrado".
El grupo de Angel of Laws agradece la observación y te invitamos a que visites nuestra pagina de facebook y sigas los demás vídeos que publicaremos y si tienes algún tema que te interesa no dudes en decirnos. Un fuerte abrazo.
XD, el recurso de reconsideración lo resuelve la misma autoridad que emitió el acto administrativo, el de apelación si lo resuelve el superior jerárquico.
Excelente vídeo.
Gracias, seguiremos haciendo mas vídeos sobre este tema.
DR
Cómo defenderme ante el tribunal de disciplina policial
Hola Raul Alvarado, primero agradecerte por escribirnos y segundo necesito tener mas información de tu caso ¿Como de que te quieres defender ante el Tribunal de Disciplina Policial? o ¿Cual es la falta por la cual tienes un proceso? si gustas te dejo el enlace de nuestra pagina de Facebook : facebook.com/Angel-of-Laws-365568907565340/?modal=admin_todo_tour y aquí poder tener una mejor comunicación. Saludos del Grupo de Angel of Laws.
Estimado angel me purde proporcionar d
Su correo?
Hola estimado José Luis Zanabria, te quiero agradecer por escribirnos, te envio el correo del canal el cual es angeloflaws@gmail.com, para cualquier consulta o también puedes escribirnos a nuestra cuenta de facebook. Saludos
En el minuto 1:12 dices rectificacion de oficio :/ quisiste decir revision de oficio o rectificacion de errores? Ahí si ya me perdí:(
Hola Angie, gracias por escribir tu duda, la cual en el minuto 1:12 es Revisión de Oficio, un abrazo y no dudes en preguntar o solicitarnos otros temas de derecho que te interesen. Gracias
donde puedo ver el título 2😩
Muy pronto los publicare. Gracias.
no tocaste a fondo la revocación :c
ACTUALIZA EL VÍDEO DR. LA LEY 27444 FUE MODIFICADA...
me gustaría sobre el procedimiento trilateral, sancionador y de consulta
Ok, voy hablar de esos temas, pero primero publicare el Titulo II que habla del Procedimiento Administrativo General, referente al Procedimiento de Aprobación Automática y el de Evaluación Previa, y de luego publicare el video que me pides con ejemplos.
ok, me encanta sus videos son clarisimas.
Gracias por tu comentario Yudy, espero nos escribas sobres los temas que te interesen y si crees que le puede servir esta informaciòn no dudes en compartirla.
Falta 3 videos mas 😢
Si ya culmine dos, solo falta editarlos y los publico. Gracias.
ANGEL OF LAWS Gracias a ti explicas Hermoso 🙋
Gracias por tus comentarios, pronto publicare los otros vídeos. Gracias por la espera. Saludos.
Por que hablas así