El pasado martes, el BOE publicó el Real Decreto-ley 6/2024, mediante el cual se han adoptado medidas urgentes para responder a los daños causados por la DANA. Esta normativa establece que se suprime la franquicia en los daños materiales provocados directamente por la DANA en establecimientos industriales, comerciales y de servicios, siempre que los asegurados sean pequeñas o medianas empresas (pymes), bajo la cobertura del seguro de riesgos extraordinarios gestionado por el Consorcio de Compensación de Seguros. Para simplificar el proceso de indemnización, se considerará como pymes a aquellas empresas con una cifra anual de negocios que no supere los 6.000.000 de euros, alineándose con los límites establecidos en la normativa mercantil.
El pasado martes, el BOE publicó el Real Decreto-ley 6/2024, mediante el cual se han adoptado medidas urgentes para responder a los daños causados por la DANA. Esta normativa establece que se suprime la franquicia en los daños materiales provocados directamente por la DANA en establecimientos industriales, comerciales y de servicios, siempre que los asegurados sean pequeñas o medianas empresas (pymes), bajo la cobertura del seguro de riesgos extraordinarios gestionado por el Consorcio de Compensación de Seguros.
Para simplificar el proceso de indemnización, se considerará como pymes a aquellas empresas con una cifra anual de negocios que no supere los 6.000.000 de euros, alineándose con los límites establecidos en la normativa mercantil.