Excelente explicación. Mi consulta es: ¿cuál es el sentido de la diferencia entre situación jurídica y relación jurídica a efectos prácticos? Me refiero, ¿no podría decir simplemente que tanto derechos reales (unisubjetivas) como derechos creditorios (plurisubjetivas) son relaciones jurídicas en definitiva? ¡Gracias! Saludos
Hola, gracias! La diferencia central está dada en que mientras en un caso hay un nexo intersubjetivo, entre personas (rel. jca), en el otro no existe tal cosa sino un modo de ser o estar la persona en la comunidad (ser hijo, madre, propietario, consumidora, etc.) captado y regulado por el Derecho de un modo uniforme para todos quienes se encuentren en esa misma situación. A partir de allí surgen distintas consecuencias prácticas
Todo vínculo intersubjetivo, todo nexo, relación entre personas captado y regulado por el derecho, a propósito de entender que el ser humano es un ser social por excelencia, seres gregarios y el derecho viene a normar todo ese tipo de relaciónes.
Buena explicación!
Muy conciso y preciso. Gracias.
Muy claro y valioso su aporte a mis estudios! Muchísimas gracias!!!
Excelente explicación, me sirvio mucho
Buenísimo, me sirvió mucho. Gracias.
Excelente explicación
Muy buena explicacion Profe
Excelente explicación. Mi consulta es: ¿cuál es el sentido de la diferencia entre situación jurídica y relación jurídica a efectos prácticos? Me refiero, ¿no podría decir simplemente que tanto derechos reales (unisubjetivas) como derechos creditorios (plurisubjetivas) son relaciones jurídicas en definitiva? ¡Gracias! Saludos
Hola, gracias! La diferencia central está dada en que mientras en un caso hay un nexo intersubjetivo, entre personas (rel. jca), en el otro no existe tal cosa sino un modo de ser o estar la persona en la comunidad (ser hijo, madre, propietario, consumidora, etc.) captado y regulado por el Derecho de un modo uniforme para todos quienes se encuentren en esa misma situación. A partir de allí surgen distintas consecuencias prácticas
Relación jurídica: se conoce como todo vínculo intersubjetivo, todo nexo o vaso comunicante entre personas
Todo vínculo intersubjetivo, todo nexo, relación entre personas captado y regulado por el derecho, a propósito de entender que el ser humano es un ser social por excelencia, seres gregarios y el derecho viene a normar todo ese tipo de relaciónes.