Usurpación de los caminos públicos - La administración nos dan la razón

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  • Опубліковано 2 гру 2024

КОМЕНТАРІ • 2

  • @petranca
    @petranca Місяць тому +1

    ¿esa acción (la del propietario del camino que mueve la señal) no conlleva sanción?

    • @ddnatura1110
      @ddnatura1110  Місяць тому +1

      Si le han sancionado lo desconozco, pero si que puede llevarla, puesto q ha alterado un elemento público, es una señal oficial, sin autorización ,para su beneficio própio y contra el interés general.