Cosa juzgada

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  • Опубліковано 24 гру 2024

КОМЕНТАРІ • 11

  • @dsk2240
    @dsk2240 Рік тому +1

    Buen vídeo lo hace de manera sencilla y bien explícita

  • @jacquitorreszanabria9635
    @jacquitorreszanabria9635 7 місяців тому +1

    gracias

  • @fatimacaballero4904
    @fatimacaballero4904 Рік тому +1

    👏🏻👏🏻👏🏻👏🏻

  • @rodrigo4399
    @rodrigo4399 2 роки тому +4

    Le mando saludos desde la CDMX, utilizo sus videos antes de empezar a leer los libros para entender mejor, me ha ayudado mucho en la carrera en la Escuela Libre de Derecho, le agradezco profundamente por el tiempo que se toma de subir los videos! Ojalá un día pueda realizar un video sobre los derechos reales dudosos, el otro día mi Lic. de bienes casi me acribilla por no entender el embargo. Buen fin de semana Lic.!

    • @DerechoCivilparaEstudiantes
      @DerechoCivilparaEstudiantes  2 роки тому +1

      Hola trataré. No se enganche Usted con profesores que para presentar un tema desconocido aprovechan para hacer sentir mal a quien no lo sabe o para sentirse bien ellos. Como alumno me pasó con el tema de lucro cesante, que se refería a perjuicio.

  • @nictehernandez4622
    @nictehernandez4622 2 роки тому +1

    Lic. Muchas gracias por realizar estos videos que son de mucha ayuda, espero poder colaborar a su canal con mis vistas en agradecimiento y le aconsejo revisar si tiene activa la publicidad en todos sus videos para que realmente los espectadores podamos aportarle como usted a nosotros.
    Le envío un cordial saludo

  • @rebeccarojas4894
    @rebeccarojas4894 2 роки тому

    Hola, ¿Podrían explicarme la diferencia entre sentencia ejecutoriada y cosa juzgada?

    • @DerechoCivilparaEstudiantes
      @DerechoCivilparaEstudiantes  2 роки тому +1

      Hola. Entiendo que cosa juzgada se refiere al litigio que ya fue juzgado, es decir, se refiere al fondo del asunto; sentencia ejecutoria se refiere a la forma, a la sentencia como acto procesal. Aunque en se usan indistintamente para referirse a que una sentencia ya no es modificable por ningún recurso ordinario.