doctor esas visitas con externamiento y pernoctación desde cuantos años del menor se puede solicitar porque algunos abogados me dijeron que eso se puede solicitar desde que e menor tiene 7 años todavía yo quisiera un régimen de visita como Ud. esta planteando pero mi hijo tiene 3 años y 6 meses por favor quisiera pedirle su respuesta
Pero se separan x k no tienen prueba la madre y el hombre kierr manosear y futuro violar a esos niños osea a su propio hija o hijo menor y usted dice k duerma el padre con su hijo , cuando la madre justifico sin pruebas el mañoso padre .recapacite dr
Nada, ya con el DL 1384 las personas con discapacidad tienen capacidad de goce en igualdad de condiciones en derechos civiles, salvó lo dispuesto en los art 43 y 44 del C.Civ. Así mismo solicitan apoyo, salvaguardas y ajustes razonables para asegurar su voluntad jurídica y sus efectos.
Felicitaciones Dr. Del Aguila, Y Agradecimientos por compartir su conocimiento, Dios le bendiga y le provea siempre de buena salud.
Buen video, gracias doctor sali de muchas dudas
Este video vale oro!!
Excelente clase, práctica dinámica y explícita 👌. Gracias Dr. Juan Carlos 💯
felicitaciones doctor, la pregunta en el interior del Peru, estos casos pueden ser conocidos por un Juez de Paz
doctor esas visitas con externamiento y pernoctación desde cuantos años del menor se puede solicitar porque algunos abogados me dijeron que eso se puede solicitar desde que e menor tiene 7 años todavía yo quisiera un régimen de visita como Ud. esta planteando pero mi hijo tiene 3 años y 6 meses por favor quisiera pedirle su respuesta
y que se puede hacer si es abierto
doctor pero si mi hijo vive en Inglaterra yo voy de vacaciones a visitarlo su padre se opone como seria la estrategias de visitas ?
Pero se separan x k no tienen prueba la madre y el hombre kierr manosear y futuro violar a esos niños osea a su propio hija o hijo menor y usted dice k duerma el padre con su hijo , cuando la madre justifico sin pruebas el mañoso padre .recapacite dr
excelente Dr. muy practico y degerible gracias
Que pasa si uno de los herederos es sordomudo.
Nadie tiene la respuesta a esta pregunta
Nada, ya con el DL 1384 las personas con discapacidad tienen capacidad de goce en igualdad de condiciones en derechos civiles, salvó lo dispuesto en los art 43 y 44 del C.Civ. Así mismo solicitan apoyo, salvaguardas y ajustes razonables para asegurar su voluntad jurídica y sus efectos.
Muchas gracias Dr. Muy buena clase
es una gran mentira lo que dice este abogado la realidad es otra
Y cual es la realidad