En la papeleta legislativa yo escribí "E. M." en la columna de nominación directa bajo la candidatura de senador por acumulación y mi intención como elector fue votar por Edwin Mundo. 🤔
@@roberrzadkowski2789 ¿Por qué no escribir el nombre completo? Nadie olvida su nombre, a Edwin Mundo lo conocen hasta en ESPAÑA y JAPÓN. ¿Sabes cuántos años lleva el hombre en LA POLÍTICA PARTIDISTA? Desde que se fundó el Partido, cuando Don LUIS FERRÉ fue FUNDADOR y PRIMER GOBERNADOR de La Administración PNP.
@@user-NDYio3nf6yj2e Porque no tengo que hacerlo. En Puerto Rico se reconoce el derecho de todo elector a emitir su voto por vía del mecanismo de nominación directa, incluso si: 1. No escribe el nombre completo de la persona por quien quiere votar. 2. No escribe el nombre correcto de la persona por quien quiere votar. 3. La persona ya aparece en la papeleta como candidato de un partido político inscrito o como candidato independiente. 4. No se incluye una marca (X) en el encasillado apropiado. 5. Se escribe el nombre de la persona en un lugar distinto en la papeleta, siempre y cuando se pueda deducir razonablemente la clara intención del elector. Esto se debe a la doctrina de la intención del elector que está claramente establecida en nuestro ordenamiento jurídico. Véanse las decisiones del Tribunal Supremo: 1. P.S.P. v. Comisión Estatal de Elecciones, 110 DPR 400, (1980). 2. Santos v. Comisión Estatal de Elecciones, 111 DPR 351, 356 (1981). 3. Rodríguez Ramos v. Comisión Estatal de Elecciones, 2021 TSPR 3. La doctrina surge del derecho constitucional fundamental al sufragio, que debe ser libre, universal, directo y secreto. Véase la Sección 2 del Artículo II de la Constitución de Puerto Rico.
Porque no tengo.@user-NDYio3nf6yj2e En Puerto Rico se reconoce el derecho de todo elector a emitir su voto por vía del mecanismo de nominación directa, incluso si: 1. No escribe el nombre completo de la persona por quien quiere votar. 2. No escribe el nombre correcto de la persona por quien quiere votar. 3. La persona ya aparece en la papeleta como candidato de un partido político inscrito o como candidato independiente. 4. No se incluye una marca (X) en el encasillado apropiado. 5. Se escribe el nombre de la persona en un lugar distinto en la papeleta, siempre y cuando se pueda deducir razonablemente la clara intención del elector. Esto se debe a la doctrina de la intención del elector que está claramente establecida en nuestro ordenamiento jurídico. Véanse las decisiones del Tribunal Supremo: 1. P.S.P. v. Comisión Estatal de Elecciones, 110 DPR 400, (1980). 2. Santos v. Comisión Estatal de Elecciones, 111 DPR 351, 356 (1981). 3. Rodríguez Ramos v. Comisión Estatal de Elecciones, 2021 TSPR 3. La doctrina surge del derecho constitucional fundamental al sufragio, que debe ser libre, universal, directo y secreto. Véase la Sección 2 del Artículo II de la Constitución de Puerto Rico. Surge, además, de la prohibición constitucional de privar a las personas de su derecho al voto como consecuencia de no poder leer o escribir adecuadamente, o por su condición social o falta de escolaridad. Véase la Sección 4 del Artículo VI de la Constitución de Puerto Rico. Así que la Constitución de Puerto Rico establece en su Artículo VI, Sección 4, que no se puede prohibir el derecho al voto a un ciudadano debidamente inscrito en el registro electoral por razones de analfabetismo.
@user-NDYio3nf6yj2e: ¿Por qué no escribir el nombre completo? Porque no tengo. En Puerto Rico se reconoce el derecho de todo elector a emitir su voto por vía del mecanismo de nominación directa, incluso si: 1. No escribe el nombre completo de la persona por quien quiere votar. 2. No escribe el nombre correcto de la persona por quien quiere votar. 3. La persona ya aparece en la papeleta como candidato de un partido político inscrito o como candidato independiente. 4. No se incluye una marca (X) en el encasillado apropiado. 5. Se escribe el nombre de la persona en un lugar distinto en la papeleta, siempre y cuando se pueda deducir razonablemente la clara intención del elector. Esto se debe a la doctrina de la intención del elector que está claramente establecida en nuestro ordenamiento jurídico. Véanse las decisiones del Tribunal Supremo: 1. P.S.P. v. Comisión Estatal de Elecciones, 110 DPR 400, (1980). 2. Santos v. Comisión Estatal de Elecciones, 111 DPR 351, 356 (1981). 3. Rodríguez Ramos v. Comisión Estatal de Elecciones, 2021 TSPR 3. La doctrina surge del derecho constitucional fundamental al sufragio, que debe ser libre, universal, directo y secreto. Véase la Sección 2 del Artículo II de la Constitución de Puerto Rico.
PR necesita sacar más dinero del presupuesto a infraestructura porque todo se va en salud y educación pero un economista que murió decía de los 33 mil millones del presupuesto se saca un % para infraestructura y hacen a PR nuevo para que la gente se sienta mejor hay que tener una infraestructura decente
Muy cierto! es un trabajo 🏗️ proceso, Espero que con la llegada de Donald Trump se ajusten a hacer estructuras y capitalismo 💵💸 para que se interesen en PR🇵🇷 y sea Estado.
@@Choco-hd8tcya los demócratas habían aprobado un plebiscito vinculante y votaron a favor todos y algunos republicanos pero lo tumbaron los republicanos conservadores que creen que PR seria un estado demócrata como otro Hawai! En cuanto a infraestructura se invertía mucho más para principios del 2000 y se está empezando a hacer ahora pero menos aunque hay mucho dinero para reconstruir luego de desastres naturales y pandemia
Es momento que nos pongamos para nuestro número y empecemos hacerle saber a los políticos que somos nosotros lo que les vamos a decir que hacer. Le vamos a dejar saber lo que queremos que pase en PR. No lo que nos impongan pq solo a ellos les conviene.
Esa tipa sacó las garras!!!! Estoy seguro que tiene un FONDITO aparte y muy escondidito!!!! Espero que le sirva de lección a todos a no cometer esa brutalidad!!! Pobrecito de DY. 🙄
Este caso se a convertido en un circo 🎪 este tribunal le a dado mas tiempo de lo debido y meredys se a reído en su propia cara que no le den más tiempo y se acabó
Pero porque tener acceso a las cuentas y porque si ella está en planes de divorcio no entiendo el por qué deberían de darle acceso si ella no le dió acceso a Daddy Yankee esto es increíble
Hebreo la Republica asociada no es el ELA actual que creen los populares y no fue incluido en el plebiscito es obvio si no incluyen el Estado Libre Asociado va a sacar más votos la libre asociación o la independencia
Esa ex está ocultando información de las cuentas , para que Daddy Yankee no se entere de que le vació las cuentas como dijo Primer Impacto que le compró casas a cada uno de su familia , una vez divorciados ella no tiene derecho a nada, ya que en el divorcio le tocará por ley lo que le toca y terminó toda relación el puerquito de oro se le acaba .El artista es el ella no es nada su ex .Sus hijo son adultos.
Creo que se debería de tener más respeto hacia el juez .está licenciada es tan grosera al expresarse de la forma en que lo ase .mireddys no le va a entregar nada porque entre ella y la hermana y sabrá Dios otras personas más le han robado mucho más dinero por eso no le an entregado esas claves .hasta la misma abogada es otra truquera
Esa ex está ocultando información de las cuentas , para que Daddy Yankee no se entere de que le vació las cuentas como dijo Primer Impacto que le compró casas a cada uno de su familia , una vez divorciados ella no tiene derecho a nada, ya que en el divorcio le tocará por ley lo que le toca y terminó toda relación el puerquito de oro se le acaba .El artista es el ella no es nada su ex .Sus hijo son adultos.
Pedir el territorio incorporado en ruta hacia la estadidad y tratar de que vuelva la marina de USA.
Que comiencen a trabajar la Estadidad para PR desde ya!
Eliezer no va no va.
En la papeleta legislativa yo escribí "E. M." en la columna de nominación directa bajo la candidatura de senador por acumulación y mi intención como elector fue votar por Edwin Mundo. 🤔
@@roberrzadkowski2789
¿Por qué no escribir el nombre completo?
Nadie olvida su nombre, a Edwin Mundo lo conocen hasta en ESPAÑA y JAPÓN.
¿Sabes cuántos años lleva el hombre en LA POLÍTICA PARTIDISTA?
Desde que se fundó el Partido, cuando Don LUIS FERRÉ fue FUNDADOR y PRIMER
GOBERNADOR de La Administración PNP.
@@user-NDYio3nf6yj2e
Porque no tengo que hacerlo.
En Puerto Rico se reconoce el derecho de todo elector a emitir su voto por vía del mecanismo de nominación directa, incluso si:
1. No escribe el nombre completo de la persona por quien quiere votar.
2. No escribe el nombre correcto de la persona por quien quiere votar.
3. La persona ya aparece en la papeleta como candidato de un partido político inscrito o como candidato independiente.
4. No se incluye una marca (X) en el encasillado apropiado.
5. Se escribe el nombre de la persona en un lugar distinto en la papeleta, siempre y cuando se pueda deducir razonablemente la clara intención del elector.
Esto se debe a la doctrina de la intención del elector que está claramente establecida en nuestro ordenamiento jurídico.
Véanse las decisiones del Tribunal Supremo:
1. P.S.P. v. Comisión Estatal de Elecciones, 110 DPR 400, (1980).
2. Santos v. Comisión Estatal de Elecciones, 111 DPR 351, 356 (1981).
3. Rodríguez Ramos v. Comisión Estatal de Elecciones, 2021 TSPR 3.
La doctrina surge del derecho constitucional fundamental al sufragio, que debe ser libre, universal, directo y secreto. Véase la Sección 2 del Artículo II de la Constitución de Puerto Rico.
Porque no tengo.@user-NDYio3nf6yj2e
En Puerto Rico se reconoce el derecho de todo elector a emitir su voto por vía del mecanismo de nominación directa, incluso si:
1. No escribe el nombre completo de la persona por quien quiere votar.
2. No escribe el nombre correcto de la persona por quien quiere votar.
3. La persona ya aparece en la papeleta como candidato de un partido político inscrito o como candidato independiente.
4. No se incluye una marca (X) en el encasillado apropiado.
5. Se escribe el nombre de la persona en un lugar distinto en la papeleta, siempre y cuando se pueda deducir razonablemente la clara intención del elector.
Esto se debe a la doctrina de la intención del elector que está claramente establecida en nuestro ordenamiento jurídico.
Véanse las decisiones del Tribunal Supremo:
1. P.S.P. v. Comisión Estatal de Elecciones, 110 DPR 400, (1980).
2. Santos v. Comisión Estatal de Elecciones, 111 DPR 351, 356 (1981).
3. Rodríguez Ramos v. Comisión Estatal de Elecciones, 2021 TSPR 3.
La doctrina surge del derecho constitucional fundamental al sufragio, que debe ser libre, universal, directo y secreto. Véase la Sección 2 del Artículo II de la Constitución de Puerto Rico.
Surge, además, de la prohibición constitucional de privar a las personas de su derecho al voto como consecuencia de no poder leer o escribir adecuadamente, o por su condición social o falta de escolaridad. Véase la Sección 4 del Artículo VI de la Constitución de Puerto Rico.
Así que la Constitución de Puerto Rico establece en su Artículo VI, Sección 4, que no se puede prohibir el derecho al voto a un ciudadano debidamente inscrito en el registro electoral por razones de analfabetismo.
@user-NDYio3nf6yj2e: ¿Por qué no escribir el nombre completo?
Porque no tengo.
En Puerto Rico se reconoce el derecho de todo elector a emitir su voto por vía del mecanismo de nominación directa, incluso si:
1. No escribe el nombre completo de la persona por quien quiere votar.
2. No escribe el nombre correcto de la persona por quien quiere votar.
3. La persona ya aparece en la papeleta como candidato de un partido político inscrito o como candidato independiente.
4. No se incluye una marca (X) en el encasillado apropiado.
5. Se escribe el nombre de la persona en un lugar distinto en la papeleta, siempre y cuando se pueda deducir razonablemente la clara intención del elector.
Esto se debe a la doctrina de la intención del elector que está claramente establecida en nuestro ordenamiento jurídico.
Véanse las decisiones del Tribunal Supremo:
1. P.S.P. v. Comisión Estatal de Elecciones, 110 DPR 400, (1980).
2. Santos v. Comisión Estatal de Elecciones, 111 DPR 351, 356 (1981).
3. Rodríguez Ramos v. Comisión Estatal de Elecciones, 2021 TSPR 3.
La doctrina surge del derecho constitucional fundamental al sufragio, que debe ser libre, universal, directo y secreto. Véase la Sección 2 del Artículo II de la Constitución de Puerto Rico.
SALUDOS BUEN AMIGO BENDICIONES Y FELICIDADES MI MEJOR DESEO Y QUE TU NUEVO PROYECTO SIGA CRECIENDO
SALUDOS DESDE BROOKLYN NY QDTB GRACIAS 😂😂😂😂😂😂😂😂😂😂😂😂
Bendiciones corazón
Anden derechitos recuerden que son de la nueva derecha.. nada de andar zurdamente😂😂
Buenas noches bendiciones.
Dalmao lo que hace es sońar despierto
Muy bien hebreo .
PR necesita sacar más dinero del presupuesto a infraestructura porque todo se va en salud y educación pero un economista que murió decía de los 33 mil millones del presupuesto se saca un % para infraestructura y hacen a PR nuevo para que la gente se sienta mejor hay que tener una infraestructura decente
Muy cierto! es un trabajo 🏗️ proceso, Espero que con la llegada de Donald Trump se ajusten a hacer estructuras y capitalismo 💵💸 para que se interesen en PR🇵🇷 y sea Estado.
@@Choco-hd8tcya los demócratas habían aprobado un plebiscito vinculante y votaron a favor todos y algunos republicanos pero lo tumbaron los republicanos conservadores que creen que PR seria un estado demócrata como otro Hawai! En cuanto a infraestructura se invertía mucho más para principios del 2000 y se está empezando a hacer ahora pero menos aunque hay mucho dinero para reconstruir luego de desastres naturales y pandemia
Hebreo los tiene sudando 😰 me cure con el programa de hoy intelpretando a Eliezer. 🤣
JGO tiene que invertir millones de dólares para la causa estadista contratar cabilderos
Incorporating a Puerto Rico 🇵🇷
Es momento que nos pongamos para nuestro número y empecemos hacerle saber a los políticos que somos nosotros lo que les vamos a decir que hacer. Le vamos a dejar saber lo que queremos que pase en PR. No lo que nos impongan pq solo a ellos les conviene.
🤣🤣🤣🤣🤣🤣🤣 me muero!!!!! ME ENCANTO LOS ZURDOS AWARDS!!!!!!
Saludos
Esa tipa sacó las garras!!!! Estoy seguro que tiene un FONDITO aparte y muy escondidito!!!!
Espero que le sirva de lección a todos a no cometer esa brutalidad!!! Pobrecito de DY. 🙄
No debe ser a si .
Este caso se a convertido en un circo 🎪 este tribunal le a dado mas tiempo de lo debido y meredys se a reído en su propia cara que no le den más tiempo y se acabó
🔉🔈🔊Pelea de invalidos 😭Eliezer 🆚 Dalmau 📊😂
El juez muy tibio,mucha vuelta le está dando ...
Mireddys está ahí con la abogada en esa oficina se están riendo de todos en su cara
🇺🇸
Aunque Eliezer Molina ganará. No va a cualificar. Tiene muchos casos.
Ésa hermana...
59:06 tírate una pista un deep house ❤️🔥👍🏽" esto está malo " 🤣😂
Pero porque tener acceso a las cuentas y porque si ella está en planes de divorcio no entiendo el por qué deberían de darle acceso si ella no le dió acceso a Daddy Yankee esto es increíble
Hebreo la Republica asociada no es el ELA actual que creen los populares y no fue incluido en el plebiscito es obvio si no incluyen el Estado Libre Asociado va a sacar más votos la libre asociación o la independencia
Ese no me pasa la prueba sicologica.
La mijo. Si llegas al senado. Eres minoría. Te puedes oponer a todo. Y será en vano. La mayoría manda. Tu voto no hace falta.
Aqui hay gato encerrado, cuantas cuentas abran de los catologos musicales, aqui hay dinero con cojones directo para los paraiso fiscales
El caso de Yanqui esta super caliente
E . Cocolia
HOLA
CONSTITUTIONAL REPUBLIC
Le robó los fondos a los campamentos. Y lo van a reclamar
Esa ex está ocultando información de las cuentas , para que Daddy Yankee no se entere de que le vació las cuentas como dijo Primer Impacto que le compró casas a cada uno de su familia , una vez divorciados ella no tiene derecho a nada, ya que en el divorcio le tocará por ley lo que le toca y terminó toda relación el puerquito de oro se le acaba .El artista es el ella no es nada su ex .Sus hijo son adultos.
Eluser hab la de lo que debes
Aquí el culpables fue Daddy Yankee.por haber no estado al pendiente de su dinero y haber delegado en su esposa la responsabilidad que le tocaba a él
Ella tiene todo esos millones en otros bancos fuera de puerto rico ganando intereses
Está abogada está arriesgando su pellejo acuérdense que le tocan pal de miles de dólares por la representación de mireddys
Creo que se debería de tener más respeto hacia el juez .está licenciada es tan grosera al expresarse de la forma en que lo ase .mireddys no le va a entregar nada porque entre ella y la hermana y sabrá Dios otras personas más le han robado mucho más dinero por eso no le an entregado esas claves .hasta la misma abogada es otra truquera
Ekiser habka de lo que debes y del dinero que hsn dado y tu los has cojido .pars darte buena vida con tus hijos
Ahi hay truco de La ex de Yankee
Para ser bocón lo que ahí es ser pequeño
Saludos
Esa ex está ocultando información de las cuentas , para que Daddy Yankee no se entere de que le vació las cuentas como dijo Primer Impacto que le compró casas a cada uno de su familia , una vez divorciados ella no tiene derecho a nada, ya que en el divorcio le tocará por ley lo que le toca y terminó toda relación el puerquito de oro se le acaba .El artista es el ella no es nada su ex .Sus hijo son adultos.
Saludos