Gracias por el vídeo. Mi pregunta es, ¿Por qué no envían las actas de propietarios después de la junta de vecinos? Las suelen enviar cuando se convoca la siguiente reunión anual. Si no se está de acuerdo con lo aprobado en la anterior reunión, no se puede oponer ni de manera judicial porque ya se habrá ejecutado lo aprobado.
Estimada Festina. No hay una fecha exacta para entregar un acta. La ley dice en su art 19 lo siguiente: "3. El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario". Normalmente no se suele cumplir y hay Administradores que lo llevan a meses posteriores a la fecha de la realización de la reunión. Malos profesionales los hay en todos los lados. De todas formas recuerde que desde el cierre de la reunión todos los acuerdos son ejecutivos y por lo tanto vd. puede impugnar algún acuerdo con el que no se encuentre de acuerdo y por lo tanto puede hacer la impugnación inmediata aunque no tenga el acta por escrito. Saludos Miguel 691564359
Buenos días muchas gracias por su vídeo me gustaría saber si el caso de celebrarse una junta extraordinaria y aprobar una derrama de más de 4000 € están obligados a dejar el acta después de la reunión con los acuerdos pactados? La estoy pidiendo y se niegan a dármela
Buenos días. Que dice la LPH con respecto al Acta y concretamente el artículo 19: 3. "El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario. El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 9. La jurisprudencia nos viene a decir que los acuerdos serán ejecutivos en el mismo momento del cierre de la reunión para evitar la demora de la entrega del acta y que estos sean ejecutivos. Un cordial saludo Miguel 691564359
En mi comunidad hay 53 propietarios muchos con pocos ingresos y 3 de ellos morosos,uno debe mucho. Hay un grupo de unos 15 que quiere hacer una reforma completa de tejado,bajantes y fachada, que cuesta más de medio millón de euros y quieren hacerlo con un préstamo comunitario. Hubo una votación y salió no,el administrador no ha mandado el acta y los que perdieron la votación quieren una nueva votación. Como conseguimos que el administrador nos mande el acta? Se puede hacer esa obra si un solo propietario se opone? Se puede negar un propietario a acogerse a ese préstamo comunitario? En la votación se optó por un mantenimiento de tejado y canales de 8500 euros.
Estimado Jorge: En principio se debe esperar a que el acta llegue a todos los propietarios. Así lo debería de hacer el Secretario-Administrador lo antes posible. Cuando llegue y se vea quien ha votad, que se ha decidido y cuales son las mayorías se podría solicitar otra convocatoria sobre los mismos temas. Aunque ya se debería haber puesto en marcha el mantenimiento del tejado y las canalizaciones por 8.500 € que es lo que se aprobó. Un cordial saludo Miguel 691564359
Y cuando en tres años, no dan las actas, ni llaman a asambleas y se ha pedido la reunión y la deniegan? Encima el presidente no quiere dejar a otro que sea presidente y se dedica amedrentar y tocar puertas y repartir firmas a otros comuneros que no firmaron?
Estimada Charo, en este caso deben solicitar una asamblea pero con el 25% de los propietarios o bien el 25% de los coeficientes e indicar la intención del cambio de Presidente. Deben de dar un paso hacia delante.
Buenos días. Cuando a vd. se le ofrece la posibilidad de incorporarse a un préstamo comunitario para la realización de las obras se le debería dar la oportunidad que vd. pueda pagarlo al contado sin necesidad de que vd. tenga que entrar en dicho préstamo. Tendrá un ahorro de las comisiones e intereses bancarios y además tendrá la oportunidad de adelantar el dinero a la cuenta del banco de la comunidad que le vendrá muy bien para adelantar ciertos pagos hasta que se normalice el préstamo. Un saludo. Miguel 691564359
Gracias por el vídeo.
Mi pregunta es, ¿Por qué no envían las actas de propietarios después de la junta de vecinos? Las suelen enviar cuando se convoca la siguiente reunión anual. Si no se está de acuerdo con lo aprobado en la anterior reunión, no se puede oponer ni de manera judicial porque ya se habrá ejecutado lo aprobado.
Estimada Festina. No hay una fecha exacta para entregar un acta. La ley dice en su art 19 lo siguiente: "3. El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario". Normalmente no se suele cumplir y hay Administradores que lo llevan a meses posteriores a la fecha de la realización de la reunión. Malos profesionales los hay en todos los lados. De todas formas recuerde que desde el cierre de la reunión todos los acuerdos son ejecutivos y por lo tanto vd. puede impugnar algún acuerdo con el que no se encuentre de acuerdo y por lo tanto puede hacer la impugnación inmediata aunque no tenga el acta por escrito.
Saludos
Miguel
691564359
Buenos días muchas gracias por su vídeo me gustaría saber si el caso de celebrarse una junta extraordinaria y aprobar una derrama de más de 4000 € están obligados a dejar el acta después de la reunión con los acuerdos pactados? La estoy pidiendo y se niegan a dármela
Buenos días.
Que dice la LPH con respecto al Acta y concretamente el artículo 19: 3. "El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario.
El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 9.
La jurisprudencia nos viene a decir que los acuerdos serán ejecutivos en el mismo momento del cierre de la reunión para evitar la demora de la entrega del acta y que estos sean ejecutivos.
Un cordial saludo
Miguel
691564359
En mi comunidad hay 53 propietarios muchos con pocos ingresos y 3 de ellos morosos,uno debe mucho.
Hay un grupo de unos 15 que quiere hacer una reforma completa de tejado,bajantes y fachada, que cuesta más de medio millón de euros y quieren hacerlo con un préstamo comunitario.
Hubo una votación y salió no,el administrador no ha mandado el acta y los que perdieron la votación quieren una nueva votación.
Como conseguimos que el administrador nos mande el acta? Se puede hacer esa obra si un solo propietario se opone? Se puede negar un propietario a acogerse a ese préstamo comunitario?
En la votación se optó por un mantenimiento de tejado y canales de 8500 euros.
Estimado Jorge:
En principio se debe esperar a que el acta llegue a todos los propietarios. Así lo debería de hacer el Secretario-Administrador lo antes posible. Cuando llegue y se vea quien ha votad, que se ha decidido y cuales son las mayorías se podría solicitar otra convocatoria sobre los mismos temas. Aunque ya se debería haber puesto en marcha el mantenimiento del tejado y las canalizaciones por 8.500 € que es lo que se aprobó.
Un cordial saludo
Miguel
691564359
Y cuando en tres años, no dan las actas, ni llaman a asambleas y se ha pedido la reunión y la deniegan? Encima el presidente no quiere dejar a otro que sea presidente y se dedica amedrentar y tocar puertas y repartir firmas a otros comuneros que no firmaron?
Estimada Charo, en este caso deben solicitar una asamblea pero con el 25% de los propietarios o bien el 25% de los coeficientes e indicar la intención del cambio de Presidente. Deben de dar un paso hacia delante.
Me puedo negar a pagar un futuro préstamo comunitario si pago mi parte por adelantado?
Buenos días. Cuando a vd. se le ofrece la posibilidad de incorporarse a un préstamo comunitario para la realización de las obras se le debería dar la oportunidad que vd. pueda pagarlo al contado sin necesidad de que vd. tenga que entrar en dicho préstamo. Tendrá un ahorro de las comisiones e intereses bancarios y además tendrá la oportunidad de adelantar el dinero a la cuenta del banco de la comunidad que le vendrá muy bien para adelantar ciertos pagos hasta que se normalice el préstamo.
Un saludo.
Miguel
691564359