Tengo una duda. Que pasa la que ha sido demandada es la que después de la sentencia solicita la retroactividad de la pensión? Me explico. Mi pareja le ha pagado una pensión (cuando no había nada fijado, ni había pareja de hecho ni nada) de 150 euros al mes desde siempre a la madre de su hija. Ahora, por motivos varios entre ellos incumplimientos de ellas, el denuncia para que haya convenio regulador. Ahora ella una vez fijada la pensión a 200 €(50€)mas de lo que el pagaba, pide la retroavtividad de la pensión. ¿Esto es así? Quiero decir. ¿La parte que ha sido demandada puede pedirlo?
Contrariamente a lo afirmado en la ponencia el Tribunal Supremo, sin diferenciar entre hijos mayores y menores de edad, ha proclamado que la limitación temporal «no tiene cabida en los alimentos a los hijos, al proscribirlo el art. 152 del C. Civil» (STS 11/02/2016 nº de Recurso: 470/2015, nº de Resolución: 55/2016).
Buena charla cargada de conceptos interesantes. Un saludo.
Tengo una duda. Que pasa la que ha sido demandada es la que después de la sentencia solicita la retroactividad de la pensión? Me explico. Mi pareja le ha pagado una pensión (cuando no había nada fijado, ni había pareja de hecho ni nada) de 150 euros al mes desde siempre a la madre de su hija. Ahora, por motivos varios entre ellos incumplimientos de ellas, el denuncia para que haya convenio regulador.
Ahora ella una vez fijada la pensión a 200 €(50€)mas de lo que el pagaba, pide la retroavtividad de la pensión. ¿Esto es así? Quiero decir. ¿La parte que ha sido demandada puede pedirlo?
Estupenda ponencia. Instituto de coaching jurídico
Me ha resultado muy interesante.
Contrariamente a lo afirmado en la ponencia el Tribunal Supremo, sin diferenciar entre hijos mayores y menores de edad, ha proclamado que la limitación temporal «no tiene cabida en los alimentos a los hijos, al proscribirlo el art. 152 del C. Civil» (STS 11/02/2016 nº de Recurso: 470/2015, nº de Resolución: 55/2016).