Excelente sus explicaciones en cada uno de los videos de su autorìa, me es de muchìsima utilidad, para lograr la comprensiòn total de cada una de las figuras penales. Gracias por pensar en las dificultades en las que muchas veces nos encontramos los estudiantes...
Excelente vídeo, me interesa saber si se estipulan penalizaciones a la captura de imágenes de personas desnudas en estado de ebriedad. Específicamente para el caso Coscu.
El bien juridico protegido es el derecho a lá indemnidad sexual del menor de dieciocho años . Si se tuviese una representación de la partes genitales de una persona que al momento de la foto era menor pero en la actualidad ya tiene mayoria de edad . tipificaria como art como art 128 a realizar algunas de las conductas descriptas en dicho articulo una vez que el sujeto pasivo ya es mayor de edad a pasar de que las representaciones de dicho sujeto eran de cuando era menor?
Valentino: en primer lugar, perdón por la demora en responder. Es muy buena pregunta. En el caso, parecería que se configuran los elementos de la tipicidad. Sin embargo, difícilmente podamos decir que se afecta el bien jurídico protegido. Parecería más una afectación a la intimidad de esa persona, que ahora ya es mayor de edad. Yo interpretaría que por no existir afectación al bien jurídico, no existe tipicidad (ppio. constitucional de lesividad)
Muy buena explicacion, una consulta si una persona mayor de edad se inscribe en una pagina de internet para mirar material ppornografico y para acceder a ellos tiene que pagar a traves de una targeta o red bsncaria estaria cometiendo un delito
Buen dia doctor. El que recibiera el material suministrado por el autor del crimen del parrafo primero seria tambien tambien autor o complice? Y si lo recibiera sin tener el conocimiento de que se trataba ese material? Gracias.
Camilo: si lo recibe sin conocer el contenido, no puede ser autor de ningún delito. Si supiera el contenido, podría ser autor del delito de tenencia, del segundo párrafo.
@@gonzalojaviermolina2503 Gracias por responder doctor. Me lo preguntaba porque pensaba a la accion de facilitar o distribuir algo, como una accion que requeriria de la persona que lo recibiera para concretarse, por ende el que lo recibiera seria un complice necesario, participe o un coautor. No se si me podra resolver esa duda, desde ya muchas gracias y que tenga una buena tarde.
Excelente como siempre. Una consulta... el primer párrafo habla del ...comerciare... y luego el tercero nombra la comercialización . Ahí no hay un concurso aparente? Me genera algo de duda que se repita el verbo. Como se analiza esto. ? Muchas gracias.
En el primer párrafo se refiere a comercializar. En el tercero a la tenencia con fines de comercialización. Algo similar ocurre con los estupefacientes en la ley 23737: se sanciona la comercialización y también la tenencia para comercializar.
Excelente sus explicaciones en cada uno de los videos de su autorìa, me es de muchìsima utilidad, para lograr la comprensiòn total de cada una de las figuras penales. Gracias por pensar en las dificultades en las que muchas veces nos encontramos los estudiantes...
Gracias por comentar, Liliana
Excelente vídeo, me interesa saber si se estipulan penalizaciones a la captura de imágenes de personas desnudas en estado de ebriedad. Específicamente para el caso Coscu.
No conozco el caso que menciona.
Capturar una imágen a una persona desnuda no está previsto como delito. No como hecho independiente.
@@gonzalojaviermolina2503 Aunque a persona este bajo los efectos del alcohol? ua-cam.com/video/GUEPHgm35Ko/v-deo.html
@@briggittelew No existe una figura penal que sancione esa conducta específica en el CP argentino
@@gonzalojaviermolina2503 que lamentable pero gracias por responder
Soy estudiante de abogacía y no encuentro la prescripción... Cuál sería la prescripción de está ley ???
La ley no prescribe. Se modifica, se abroga o se deroga.
Gracias por las explicaciones. Muy claro
Río Negro
Gracias por comentar, Soraya
El bien juridico protegido es el derecho a lá indemnidad sexual del menor de dieciocho años . Si se tuviese una representación de la partes genitales de una persona que al momento de la foto era menor pero en la actualidad ya tiene mayoria de edad . tipificaria como art como art 128 a realizar algunas de las conductas descriptas en dicho articulo una vez que el sujeto pasivo ya es mayor de edad a pasar de que las representaciones de dicho sujeto eran de cuando era menor?
Valentino: en primer lugar, perdón por la demora en responder.
Es muy buena pregunta.
En el caso, parecería que se configuran los elementos de la tipicidad. Sin embargo, difícilmente podamos decir que se afecta el bien jurídico protegido.
Parecería más una afectación a la intimidad de esa persona, que ahora ya es mayor de edad.
Yo interpretaría que por no existir afectación al bien jurídico, no existe tipicidad (ppio. constitucional de lesividad)
Muy buena explicacion, una consulta si una persona mayor de edad se inscribe en una pagina de internet para mirar material ppornografico y para acceder a ellos tiene que pagar a traves de una targeta o red bsncaria estaria cometiendo un delito
No habría delito, Guillermo
@@pepitito6191 exactamente
No es delito. Lo que está previsto como tal es la tenencia de ese material, pero no el hecho de mirar en una página web
Buen dia doctor. El que recibiera el material suministrado por el autor del crimen del parrafo primero seria tambien tambien autor o complice? Y si lo recibiera sin tener el conocimiento de que se trataba ese material? Gracias.
Camilo: si lo recibe sin conocer el contenido, no puede ser autor de ningún delito.
Si supiera el contenido, podría ser autor del delito de tenencia, del segundo párrafo.
@@gonzalojaviermolina2503 Gracias por responder doctor.
Me lo preguntaba porque pensaba a la accion de facilitar o distribuir algo, como una accion que requeriria de la persona que lo recibiera para concretarse, por ende el que lo recibiera seria un complice necesario, participe o un coautor.
No se si me podra resolver esa duda, desde ya muchas gracias y que tenga una buena tarde.
Facilita quien da, no quien recibe.
Lo mismo ocurre con otros delitos. Por ejemplo: estupefacientes o delitos vinculados a la prostitución.
@@gonzalojaviermolina2503 muchisimas gracias por aclararme las dudas doctor.
Que tenga una buena noche.
Excelente como siempre.
Una consulta... el primer párrafo habla del ...comerciare... y luego el tercero nombra la comercialización . Ahí no hay un concurso aparente? Me genera algo de duda que se repita el verbo. Como se analiza esto. ? Muchas gracias.
En el primer párrafo se refiere a comercializar. En el tercero a la tenencia con fines de comercialización.
Algo similar ocurre con los estupefacientes en la ley 23737: se sanciona la comercialización y también la tenencia para comercializar.