Recursos de Apelación según el COGEP - Ab. Xavier Cuadros

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  • Опубліковано 31 січ 2025

КОМЕНТАРІ • 14

  • @mariateresaareizavasquez5577
    @mariateresaareizavasquez5577 Рік тому +1

    Mis respectos por la capacidad de expresar, tramsmitir tus. Conocimiento

  • @llogouser
    @llogouser 5 років тому

    Muy buenas observaciones a éste COGEP hecho entre gallos y medianoches.

  • @FernandoLascanoOrtega
    @FernandoLascanoOrtega 6 років тому

    Buenas noches Dr. Cuadros, mi pregunta es: que consecuencia tiene si la parte procesal que sale favorecida con la sentencia no se adhiere a la apelación, el art. 263 de Cogep prescribe: "La falta de adhesión al recurso no impide la intervención y la sustanciación de la
    instancia", pero mi pregunta es si debe contestar por escrito la contestación de la apelación de quien apeló. Es decir tiene los mismo derechos quien no se adhirió para defenderse y contradecir en la audiencia? Muchas gracias.

    • @ab.mgs.xaviercuadrosanazco6216
      @ab.mgs.xaviercuadrosanazco6216 6 років тому +1

      Fernando Lascano Ortega Estimado, recién leo esta pregunta. El hecho que la parte procesal favorecida en sentencia, no se haya adherido al recurso de apelación interpuesto por la parte vencida, no impide que pueda emplear sus argumentos de contradicción en la audiencia de segunda instancia, por tratarse de un principio general del derecho procesal y sobre todo por ser una garantía básica del debido proceso. Así mismo, si no se adhirió al recurso de apelación, considero que si es necesario que realice la contestación de la fundamentación de dicho recurso vertical, para que de esta manera los jueces de segundo nivel puedan observar al momento de recibir el proceso, dos cosas: 1)Los fundamentos de la apelación propuesta por el recurrente; 2) Los argumentos de descargo que indiquen el porqué no debe aceptarse el recurso de apelación. Saludos cordiales y gracias por la pregunta.

    • @FernandoLascanoOrtega
      @FernandoLascanoOrtega 6 років тому

      Dr. Cuadros, Muchas gracias por su respuesta.

    • @roberto3358
      @roberto3358 6 років тому

      Buenas tardes primero su video es interesante es ilustrativo felicitaciones, un caso específico la parte actora no comparece a la audiencia preliminar , la juez por ende declara el abandono de la instancia , el abogado intenta proponer apelación , pero la juez le indica que por no ser parte procesal no puede interponer recurso de apelación , luego de ocho días la parte actora presenta un certificado médico del IESS pero aparentemente alterado la juez corre traslado a la parte demandada y por ende se rechaza dicha petición y la juez expone los motivos del rechazo , pasan cinco días y la parte actora presenta recurso de apelación , y ahora se corre traslado a la parte demandada por diez días para contestar el traslado sobre la apelación solicitada. Pregunta de acuerdo a este resumen ya estaría fuera de todo tiempo la parte actora para solicitar la apelación ??? Gracias

  • @williamivanvinces2690
    @williamivanvinces2690 7 років тому

    muy bien. gracias
    !

  • @owarsuarez9492
    @owarsuarez9492 2 роки тому

    Se puede ganar una apelación de denegación de matrimonio ante la dirección general de seguridad jurídica y fe pública en España

  • @dennisse2696
    @dennisse2696 7 років тому

    Excelente

  • @vicentaalcivarvera5315
    @vicentaalcivarvera5315 2 роки тому

    Una pregunta si un abogado deja un juicio en abandono el culpable es el ABOGADO SE PUEDE SEGUIR UN JUICIO AL ABOGADO INRESPO NSABLE

    • @vicentaalcivarvera5315
      @vicentaalcivarvera5315 2 роки тому

      Que se debe hacer se puede tomar el caso de nuevo

    • @diegomunoz7798
      @diegomunoz7798 7 місяців тому

      No es culpa del abogado, el COGEP es claro, cuando dice que el abandono se da cuando deja de existir impulso procesal de un termino de 6 meses a partir de la ultima providencia. En el caso de ser primera vez se puede volver a presentar 6 meses después y siendo la segunda vez ya se extingue el derecho.