Extinción del contrato de trabajo - Cálculos indemnizatorios

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  • Опубліковано 1 лис 2024

КОМЕНТАРІ • 15

  • @mariaantonellamasini9347
    @mariaantonellamasini9347 Рік тому

    excelente video! preparándome para rendir me viene bárbaro

  • @estebanmeaurio5577
    @estebanmeaurio5577 2 роки тому

    El mejor profe de la Facultad de derecho u.b.a!!!!!

  • @mariabelencaceres93
    @mariabelencaceres93 2 роки тому

    Impecable la explicación y es didactico el video. Tuve la oportunidad de realizar el curso de liquidación laboral con el Dr. Segura cuando lo organizaba la centeno (antes de la pandemia), y cursé laboral con usted y la Dra. Andrea. Unos genios, saludos!

  • @mauriciogomez804
    @mauriciogomez804 3 роки тому +2

    Jajajaja sos lo más, cuanta pedagogia, cuando los profesores se den cuenta que cuando hacen divertida y entretenida una clase, el alumno se distiende y aprende, la educación va a cambiar. Gracias por tanto. Saludos profesor.

  • @matimtm3868
    @matimtm3868 2 роки тому

    Un genio!

  • @vivianaesilva4729
    @vivianaesilva4729 3 роки тому

    EXCELENTE EXPLICACION! GRACIAS!!

  • @vickyulrich7637
    @vickyulrich7637 4 роки тому +2

    Excelente clase como todas !!! el mejor profe de la facultad .

  • @raulricava6521
    @raulricava6521 3 роки тому +1

    capooo.. yo soy el alumno..!!!

  • @gabrielagiselle3359
    @gabrielagiselle3359 2 роки тому

    Juan sos lo más,super claro.me ayudo muchísimo para el parcial, vos estás en alguna materia de puntos del depto laboral? Ya voy anotarme si es así ☺️

  • @juanmanuellagos8885
    @juanmanuellagos8885 3 роки тому

    Una pregunta, cual seria el fundamento filosófico para no otorgar la indemnización del art. 132 bis de la LCT a una relación laboral no registrada ? Solamente el hecho no haber sido registrada ? Si tenemos un juicio en el cual se ha condenado al demandado por falta de registración, porque no se le puede aplicar la está multa también ? Gracias.

    • @derechodeltrabajoencuarent5939
      @derechodeltrabajoencuarent5939  3 роки тому

      No creo que sea un tema filosófico, sino de interpretación de la ley: 1) Es una sanción, de modo que hay que tener un criterio estricto; 2) la ley establece dos requisitos que deben observarse de forma conjunta (la retención de los recibos y la falta de ingreso al sistema de la seguridad social, obra social, sindicato, etc.).
      No es lo mismo que una simple deuda salarial. Es el enorme fraude que implica anunciar en un documento (los recibos) que se están realizando aportes y luego quedarse con esa plata...

  • @fernandoenriquerolon7303
    @fernandoenriquerolon7303 3 роки тому +1

    *alumnos de laboral antes que se inventen las fracciones:
    -la pregunta cuántos meses son veinte días está mal hecha.

  • @vivianaesilva4729
    @vivianaesilva4729 3 роки тому

    Profesor, algún mail donde pueda realizar una consulta?. Gracias!!