Si en una demanda reinvidicatoria, me contestan y me contrademandan la prescripción positiva en el mismo escrito, en mi vista a la contestación de 3 días puedo referirme únicamente a la contestación, aunque la reconvención esté en el mismo escrito? Por otro lado aún no no me emplazan la reconvención solo me notificaron la contestación, no pasa nada si en los tres días contesto la contestación, y me espero hasta que me emplacen la reconvención para contar los seis días para contestar la reconvención? El demandado principal después de que me notifican si contestación no puede alegar que me hice sabedor de la reconvención cuando me notificaron la contestación ya que está en el mismo escrito? O sin bronca me espero a que me emplacen para contestar la reconvención?
1. Si, la vista puede referirse solo en lo relacionado a la contestación. (creo pudo ser un error porque no debieron darte traslado de la reconvención por que esta implica emplazamiento) 2. La reconvención sigue las reglas del emplazamiento, no debieron correrte traslado con los documentos, pero este error no implica que te obliguen a contestar en el plazo de 6 días, ahora bien, como sugerencia y si tienes el tiempo para hacer te recomendaría de una vez presentar la contestación. 3. Puedes esperar el emplazamiento de la reconvención, ya que insisto, sigue las reglas del emplazamiento del proceso principal y su violación procesal sería bastante grave. Aunque insisto en mi recomendación, para evitar problemas si tienes oportunidad deberías contestar de una vez.
@@CarlosLang muchas gracias, pero se me ocurre que yo no tendría legitimación para de una vez contestar la reconvención sino la parte actora como tal, ella tendría que ser emplazada primeramente para después autorizarme no? No pasaría nada si solo contesto la vista de la contestación y me espero a que la emplacen para la reconvención, no podría alegar el demandado principal que ya tuve conocimiento y que se me tenga por no contestada la reconvención?
Una pregunta si en un matrimonio quien se fue es la mujer o más dicho abandono al menor en ese entonces 13 siempre bajo el cuidado del padre Y ahora lo estan demandó al padre La mujer Kiere la guarda y custodia del menor pero el menor ahora tienes 15 años y no Kiere con vivir con ella ni verla por que Eya de a echo daño pues cuando lo cuidaba tuvo un accidente en la cabeza rompiendo le el traneo y siendo operado El dice que nunca se a echo cargo del el siempre lo dejaba con sus hermanos y siempre se iba a trabajar El niño no Kiere con vivir con la madre pues ella le a causado mucho daño que pasa en una demanda El padre pude obtener la guarda y custodia del menor Y que no conviva con el hijo por qué el mismo lo expresa el ya tiene 15 años y 2 años que su progenitora no se a echo cargo económico y emocional
Si es posible que se quede con la custodia, porque a esa edad se toma mucho en cuenta la opinión del menor. Sin embargo, un juzgador con un poco de empatía mandará a valoraciones y terapia psicológica a las partes para reanudar el vínculo madre-hijo aun cuando no necesariamente le otorgue la custodia.
Buenas tardes. Tengo una consulta con respecto a este tema. A mi papá lo demandaron en 2016 por prescripción extraordinaria (+ de 15 años). En 1ra instancia se da sentencia a favor del demandante. Para esto se recurre a la apelación y se da paso a la misma. Ya en 2da instancia la Sala resuelve REVOCAR LA SENTENCIA y dictar sentencia inhibitoria ya que la parte demandante no demandó a la ex cónyuge de mi papá y no se conformó el litis consorcio. Resulta que el terreno en cuestión está cercado por el demandante. Para esto mi papá procede a donarme dicho terreno, ya poseo escrituras desde hace un mes. Hemos conversado y tenido audiencia de mediación pero sin llegar a un buen fin, ya que la persona no quiere permitir el ingreso. Quisiera llevar una acción judicial de reivindicación, y quería saber si el futuro demandado puede hacer uso la reconvención por prescripción adquisitiva extraordinaria nuevamente?
Es posible que lo reconvenga ya que el asunto no se juzgo por cuanto al fondo, sino que se determinó la improcedencia de su acción, por no reunir los requisitos adecuados de forma en el proceso. Si la decisión hubiere sido de fondo, hablaríamos de la existencia de cosa juzgada, pero no es el caso.
Saludos cordiales Jurídicamente, como siempre buena información, gracias
Muy bien explicado ...!!!
Excelente video abogado, un saludo 👍🏻
Deberías de hace uno explicando el procedimiento civil ordinario
O
Excelente video
Gracias!
Compartido en telegramxD
Espero sigas con esta serie de videos
Muy buen video
Y que bien contenido
hagan videos de los procesos declarativos
Lo tendré en cuenta. Alguno en particular?
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Gracias! 😊
O tipo de procedimientos civiles
Si en una demanda reinvidicatoria, me contestan y me contrademandan la prescripción positiva en el mismo escrito, en mi vista a la contestación de 3 días puedo referirme únicamente a la contestación, aunque la reconvención esté en el mismo escrito?
Por otro lado aún no no me emplazan la reconvención solo me notificaron la contestación, no pasa nada si en los tres días contesto la contestación, y me espero hasta que me emplacen la reconvención para contar los seis días para contestar la reconvención?
El demandado principal después de que me notifican si contestación no puede alegar que me hice sabedor de la reconvención cuando me notificaron la contestación ya que está en el mismo escrito? O sin bronca me espero a que me emplacen para contestar la reconvención?
1. Si, la vista puede referirse solo en lo relacionado a la contestación. (creo pudo ser un error porque no debieron darte traslado de la reconvención por que esta implica emplazamiento)
2. La reconvención sigue las reglas del emplazamiento, no debieron correrte traslado con los documentos, pero este error no implica que te obliguen a contestar en el plazo de 6 días, ahora bien, como sugerencia y si tienes el tiempo para hacer te recomendaría de una vez presentar la contestación.
3. Puedes esperar el emplazamiento de la reconvención, ya que insisto, sigue las reglas del emplazamiento del proceso principal y su violación procesal sería bastante grave. Aunque insisto en mi recomendación, para evitar problemas si tienes oportunidad deberías contestar de una vez.
@@CarlosLang muchas gracias, pero se me ocurre que yo no tendría legitimación para de una vez contestar la reconvención sino la parte actora como tal, ella tendría que ser emplazada primeramente para después autorizarme no?
No pasaría nada si solo contesto la vista de la contestación y me espero a que la emplacen para la reconvención, no podría alegar el demandado principal que ya tuve conocimiento y que se me tenga por no contestada la reconvención?
EXCELENTE INFORMACION. GRACIAS
La reconvencion es lo mismo que Accion Reconvencional , o es diferente?
Se puede considerar lo mismo para fines prácticos
Hola, muy buenos vídeos. ¿Crees que los pueda usar de fondo para un vídeo si recomiendo tu canal?
Mientras se respete la atribución al canal sin problema.
Saludos!
@@CarlosLang Gracias. Me gusto mucho tu contenido
Una pregunta si en un matrimonio quien se fue es la mujer o más dicho abandono al menor en ese entonces 13 siempre bajo el cuidado del padre
Y ahora lo estan demandó al padre
La mujer Kiere la guarda y custodia del menor pero el menor ahora tienes 15 años y no Kiere con vivir con ella ni verla por que Eya de a echo daño pues cuando lo cuidaba tuvo un accidente en la cabeza rompiendo le el traneo y siendo operado
El dice que nunca se a echo cargo del el siempre lo dejaba con sus hermanos y siempre se iba a trabajar
El niño no Kiere con vivir con la madre pues ella le a causado mucho daño que pasa en una demanda
El padre pude obtener la guarda y custodia del menor
Y que no conviva con el hijo por qué el mismo lo expresa el ya tiene 15 años y 2 años que su progenitora no se a echo cargo económico y emocional
Si es posible que se quede con la custodia, porque a esa edad se toma mucho en cuenta la opinión del menor.
Sin embargo, un juzgador con un poco de empatía mandará a valoraciones y terapia psicológica a las partes para reanudar el vínculo madre-hijo aun cuando no necesariamente le otorgue la custodia.
Buenas tardes.
Tengo una consulta con respecto a este tema.
A mi papá lo demandaron en 2016 por prescripción extraordinaria (+ de 15 años). En 1ra instancia se da sentencia a favor del demandante. Para esto se recurre a la apelación y se da paso a la misma. Ya en 2da instancia la Sala resuelve REVOCAR LA SENTENCIA y dictar sentencia inhibitoria ya que la parte demandante no demandó a la ex cónyuge de mi papá y no se conformó el litis consorcio.
Resulta que el terreno en cuestión está cercado por el demandante.
Para esto mi papá procede a donarme dicho terreno, ya poseo escrituras desde hace un mes. Hemos conversado y tenido audiencia de mediación pero sin llegar a un buen fin, ya que la persona no quiere permitir el ingreso.
Quisiera llevar una acción judicial de reivindicación, y quería saber si el futuro demandado puede hacer uso la reconvención por prescripción adquisitiva extraordinaria nuevamente?
Es posible que lo reconvenga ya que el asunto no se juzgo por cuanto al fondo, sino que se determinó la improcedencia de su acción, por no reunir los requisitos adecuados de forma en el proceso.
Si la decisión hubiere sido de fondo, hablaríamos de la existencia de cosa juzgada, pero no es el caso.
@@CarlosLang Gracias por la información.
Aaaa osea que la reconvención, al momento de contestar la demanda se incluye ahí, pero con las pruebas que tiene también al demandado. jaja
Porque no identifican pais
En la descripción general del canal se indica que es un canal mexicano.