A nivel nacional se debe dar observación a lo mencionado durante el desarrollo de la pregunta 5 de este video y respecto de los exámenes de la UNI porque respuestas así desestima la seguridad de los estudiantes sembrando dudas y generando debates innecesarios en lo abstracto; es generar pérdida de tiempo y puntos en contra 😮
La "Condición necesaria y suficiente" para que una función dada tenga inversa, es ser, SÓLO INYECTIVA; por que el Dominio de la función inversa respectiva es "el rango (NO el codominio y/o conjunto de llegada de la función inyectiva dada; luego toda función inyectiva dada es Biyectiva respecto de su Rango implicito o explicito ( NO respecto de su Codominio y/o Conjunto de llegada implicito o explicito ). De aquí que la Condición de Biyectividad para que una función dada sea invertble es una "Condicion suficiente pero NO NECESARIA" . Demostración: NO EXISTE "función Inyectiva" alguna que no sea invertible; pues el Dominio de (f inversa) es el Rango de f (NO el Codominio y/o conjunto de llegada de f); luego la condición de Sobreyectiva es una Redundancia y por ende tambien la Condición de Biyectividad.
Necesitaba el video antes de mi examen de calculo 😂🥲
Igual lo veré si lo vuelvo a llevar 😢
Profesor muchas gracias por el tema saludos.
A nivel nacional se debe dar observación a lo mencionado durante el desarrollo de la pregunta 5 de este video y respecto de los exámenes de la UNI porque respuestas así desestima la seguridad de los estudiantes sembrando dudas y generando debates innecesarios en lo abstracto; es generar pérdida de tiempo y puntos en contra 😮
❤❤
La "Condición necesaria y suficiente" para que una función dada tenga inversa, es ser, SÓLO INYECTIVA; por que el Dominio de la función inversa respectiva es "el rango (NO el codominio y/o conjunto de llegada de la función inyectiva dada; luego toda función inyectiva dada es Biyectiva respecto de su Rango implicito
o explicito ( NO respecto de su Codominio y/o Conjunto de llegada implicito o explicito ). De aquí que la Condición de Biyectividad para que una función dada sea invertble es una "Condicion suficiente pero NO NECESARIA" .
Demostración:
NO EXISTE "función Inyectiva" alguna que no sea invertible; pues el Dominio de
(f inversa) es el Rango de f (NO el Codominio y/o conjunto de llegada de f); luego la condición de Sobreyectiva es una Redundancia y por ende tambien la Condición de Biyectividad.
no entiendo